UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM
Resolución 14/2018
Hurlingham, 14/03/2018
VISTO la Ley de Educación Superior N° 24.521, el Estatuto de la
UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM, el Reglamento Interno del Consejo
Superior de la Universidad, las Resoluciones C.S. N° 60/16 y 5/17 y los
Expedientes N° 49/16 y 35/18 del registro de la Universidad, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 60/16 este Consejo Superior aprobó el
Reglamento General de Becas y los anexos Reglamento de Becas de
Movilidad, Reglamento de Becas de Elementos de Estudio, y Reglamento de
Becas de Apuntes de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM.
Que mediante la Resolución N° 5/17 este Consejo Superior aprobó una
modificación al Reglamento General de Becas y los anexos Reglamento de
Becas de Movilidad, Reglamento de Becas de Elementos de Estudio, y
Reglamento de Becas de Apuntes de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM
en función de la experiencia adquirida en las anteriores convocatorias.
Que la reglamentación vigente en la materia contempla como
destinatarios de las becas de la Universidad a los estudiantes, con los
objetivos fundamentales de facilitar el acceso, permanencia y
finalización de estudios, reconocer el desempeño académico y fomentar
la participación en proyectos de investigación.
Que se estima conveniente para la Universidad contar con una
reglamentación general que aborde la totalidad de destinatarios
posibles dentro de la comunidad universitaria, debiendo entonces
incluir también al personal Docente y No docente.
Qué asimismo, corresponde introducir modificaciones en relación a las líneas de becas actualmente vigentes.
Que en función de todo ello, resulta conveniente aprobar una normativa
que defina un nuevo marco general de becas de esta Universidad y, a
través de resoluciones posteriores, reglamentar cada una de las líneas
específicas.
Que ha tomado intervención la Secretaria de Planeamiento y Evaluación Institucional.
Que el Departamento de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.
Que el Rector lo remite para su tratamiento a las Comisiones de
Investigación, Bienestar Estudiantil y Servicios a la Comunidad e
Interpretación y Reglamento de este Consejo Superior.
Que las mencionadas comisiones de este Consejo Superior han emitido despacho con criterio favorable.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Estatuto de la Universidad y por el Reglamento Interno del
Consejo Superior de la Universidad Nacional de Hurlingham, y luego de
haberse resuelto en reunión del día 14 de marzo de 2018 de este Consejo
Superior.
Por ello,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Reglamento General de Becas Universitarias de
la UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM, de conformidad con el Anexo I,
que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Dejar sin efecto las Resoluciones C.S. N° 60/16 y 5/17 del registro de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese
y archívese. — Jaime Perczyk, Rector. — Nicolás Vilela, Secretario
General.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 16/03/2018 N° 16446/18 v. 16/03/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS UNIVERSITARIAS
Universidad Nacional de Hurlingham
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- Las Becas Internas Universitarias de la Universidad
Nacional de Hurlingham, en adelante BECAS UNAHUR, tienen por objetivo
facilitar el acceso, la permanencia y la finalización de estudios
universitarios de grado y pregrado de dicha casa de estudios; reconocer
el desempeño académico destacado de sus estudiantes de grado y
pregrado; fomentar la participación en proyectos de investigación y de
vinculación con la sociedad; o facilitar la capacitación del personal
docente y no docente de esta Universidad.
ARTÍCULO 2.- Las Becas Universitarias se asignarán de acuerdo a los
criterios establecidos en el Reglamento particular de cada una de las
líneas de Becas Universitarias, estipuladas en el Capítulo II del
presente Reglamento.
ARTÍCULO 3.- Las Becas Universitarias consisten en una asignación de
fondos y/o en el otorgamiento de un aporte no monetario, en la forma
establecida por la Universidad para cada convocatoria.
ARTÍCULO 4.- La duración de las Becas Universitarias otorgadas, así
como su eventual compatibilidad con otros beneficios similares, serán
establecidas en los reglamentos particulares de cada línea y sus
correspondientes convocatorias.
ARTÍCULO 5.- Las Becas Universitarias constituirán un beneficio de carácter personal e intransferible del becario/a.
ARTÍCULO 6.- La cantidad de Becas Universitarias a otorgar en cada
ciclo lectivo, dependerá del presupuesto anua! asignado por la
Universidad Nacional de Hurlingham para tal fin, y del monto
establecido para cada línea de beca por el Consejo Superior, a partir
de la propuesta elevada por el Rector de la Universidad. A solicitud de
las Secretarías de la Universidad que tengan a su cargo líneas de
becas, el Secretario Administrativo Financiero y Técnico podrá
modificar la distribución del monto asignado del presupuesto anual para
cada línea de becas aprobada por el Consejo Superior, mediante
disposición debidamente fundada y cuando razones de necesidad así lo
ameriten.
ARTÍCULO 7.- La presentación de la solicitud de Beca Universitaria
implicará el conocimiento y aceptación de! presente Reglamento General
y de los Reglamentos Específicos, de! Estatuto Universitario, del
Reglamento Académico y demás reglamentos de la Universidad Nacional de
Hurlingham, así como el compromiso de cumplimiento de las obligaciones
que de ellos resultan por parte de los/las candidatos/as.
CAPÍTULO II
DE LAS BECAS Y SU FINANCIAMIENTO
ARTÍCULO 8.- Para financiar las Becas Universitarias se creará un Fondo
Especial equivalente al 1% del presupuesto anual de la Universidad
Nacional de Hurlingham.
ARTÍCULO 9.- La distribución de dicho Fondo entre las distintas líneas
de Becas Universitarias se establecerá anualmente por resolución del
Consejo Superior, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y
garantizando su efectividad como incentivo.
ARTÍCULO 10.- Las líneas de becas de la Universidad Nacional de Hurlingham serán las siguientes:
Becas de Ayuda Económica para Estudiantes de Grado y pregrado:
Beca de Movilidad: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional de
Hurlingham, a través de la Secretaría de Bienestar Estudiantil y
Servicios a la Comunidad, y estarán orientadas a solventar los gastos
vinculados al transporte público correspondientes a los traslados hacia
y desde la Universidad.
Beca de Apuntes: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional de
Hurlingham, a través de la Secretaría de Bienestar Estudiantil y
Servicios a la Comunidad, y estarán orientadas a solventar los gastos
vinculados a la compra de copias de contenidos de estudio
correspondientes al material bibliográfico requerido por la materia.
Beca de Elementos para el Estudio: Son becas otorgadas por la
Universidad Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaría de
Bienestar Estudiantil y Servicios a la Comunidad, y estarán orientadas
a solventar los gastos vinculados a la compra de elementos específicos
necesarios para la cursada de las carreras, y requeridos por las mismas
para favorecer las condiciones de estudio.
Beca de Estímulo a Estudiantes con Discapacidad: Son becas otorgadas
por la Universidad Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaria de
Bienestar Estudiantil y Servicios a la Comunidad, a estudiantes que
presenten una discapacidad de cualquier tipo debidamente acreditada, y
cuyas necesidades no estén cubiertas por otros organismos públicos.
Beca de Extensión Universitaria: Son becas otorgadas por la Universidad
Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaria de Bienestar
Estudiantil y Servicios a la Comunidad, a los/las estudiantes que
desempeñen roles protagónicos en algún proyecto de Extensión
Universitaria acreditado en la Universidad.
Beca Académica:
Beca de Estímulo a Carreras: Son becas otorgadas por la Universidad
Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaría Académica, a
estudiantes de las carreras cuya graduación esta Universidad decida
estimular. Beca de Estímulo al Desempeño Académico: Son becas otorgadas
por la Universidad Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaría
Académica, a los/las estudiantes que acrediten un desempeño académico
destacado.
Beca de Investigación:
Beca de Estímulo a la Investigación: Son becas otorgadas por la
Universidad Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaría de
Investigación, a los/las estudiantes que participen activamente de
algún equipo de investigación acreditado en la Universidad, como
incentivo a su formación.
Becas de Posgrado: Son becas otorgadas por las Universidad Nacional de
Hurlingham, a través de la Secretaría de Investigación, destinadas a la
formación de investigadores, de calidad académica y científica en las
diversas áreas disciplinarias, a través de! desarrollo de actividades
de investigación en la Universidad y/o en e! ámbito de otras
instituciones, si así se hubiese estipulado en los convenios
correspondiente.
Beca de Intercambio Estudiantil y Participación en Actividades
Artísticas o Científicas: Son becas otorgadas por la Universidad
Nacional de Hurlingham, a través del el Rectorado, para facilitar la
participación de estudiantes de grado y pregrado en intercambios
académicos, actividades artísticas y/o científicas, que la Universidad
considere de interés institucional.
Beca de Capacitación: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional
de Hurlingham, a través del Rectorado, para la capacitación del
personal docente y personal auxiliar técnico, administrativo y de
servicio, respectivamente.
Becas de Capacitación para Docentes de la UN AHUR previstas en acta
paritaria aprobada por Res. CS n° 82/2017: Son becas otorgadas por la
Universidad Nacional de Hurlingham, acordadas en acta paritaria firmada
con el Sindicato Único de Docentes de la Universidad Nacional de
Hurlingham (SUDHUR) y aprobada por Resolución C.S. N° 82/2017,
destinadas fortalecer la formación de los docentes de la UNAHUR a fin
de mejorar las condiciones laborales, la calidad de la enseñanza, la
investigación y la extensión universitaria.
Este reglamento contempla que en el futuro se puedan sugerir y/o añadir otras líneas de beca.
ARTÍCULO 11.- Los procedimientos y circuitos administrativos para ¡a
asignación e implementación de cada una de estas líneas de Becas
Universitarias y de aquellas que se incorporen en adelante, así como
los requisitos particulares, los criterios de ponderación de variables
para la selección de los becarios/as, sus deberes y obligaciones, las
condiciones para eventuales renovaciones y la cesación de la beca,
serán detallados en los respectivos Reglamentos Específicos y actos de
convocatoria.