COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Resolución General 725/2018
Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 16/03/2018
VISTO el Expediente Nº 512/2018 caratulado “PROYECTO DE R. G. S/
PRÓRROGA DE FECHA DE PAGO DE TASAS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL –
AGENTES”, lo dictaminado por la Subgerencia de Supervisión de Agentes,
la Gerencia de Agentes y Mercados, la Subgerencia de Normativa, y la
Gerencia de Asuntos Legales, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 153-E/2017 del MINISTERIO DE FINANZAS se fijaron
los montos a ser percibidos por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
(C.N.V.) en concepto de tasas de fiscalización y control, aranceles de
autorización y otros servicios, de conformidad a lo dispuesto en el
artículo 14, inciso b) de la Ley N° 26.831, incorporando tasas de
fiscalización y control para diversos agentes registrados por la C.N.V.
que no se encontraban alcanzados hasta esa fecha.
Que, mediante Resolución General Nº RESGC-2017-705-APN-DIR#CNV, la
C.N.V. dictó las normas reglamentarias que resultan necesarias para la
aplicación de las tasas de fiscalización y control, aranceles de
autorización y otros servicios, determinando distintas fechas para la
exigibilidad del pago de las tasas de fiscalización y control en
función de las diferentes categorías de agentes.
Que en tal sentido, con carácter de disposición transitoria, se
estableció que las Cámaras Compensadoras, los Agentes de Custodia,
Registro y Pago, los Agentes de Negociación y los Agentes de
Liquidación y Compensación no abonaran tasa de fiscalización y control
por el año 2017, debiendo abonar la tasa de fiscalización y control del
año 2018 del 8º al 12º día hábil del mes de abril de 2018, conforme la
calidad de Agente, antes mencionadas, en que se encuentren registrados
al 31 de marzo de 2018.
Que por medio de la Resolución General N° RESGC-2017-715-APN-DIR#CNV se
realizó una revisión integral de las categorías de Agente de
Negociación (AN), Agente de Liquidación y Compensación (ALYC), Agente
Asesor Global de Inversión (AAGI), Agente Productor (AP) y Agente de
Corretaje de Valores Negociables (ACVN), sometiéndose a la opinión de
la ciudadanía en general la normativa en desarrollo, que propicia la
modificación de las funciones y actividades permitidas para estas
categorías de agentes.
Que encontrándose a la fecha en estudio, a efectos del dictado de la
normativa correspondiente, las opiniones y/o propuestas recibidas bajo
el mismo, se advierte necesario prorrogar la fecha para la
determinación de la calidad de Agente por la cual deberán abonar la
tasa de fiscalización y control y el plazo para hacer efectivo su pago.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los artículos 14 inciso b) y 19 incisos g) y h) de la Ley Nº 26.831.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustituir el artículo 5° del Capítulo I del Título XVIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.) por el siguiente texto:
“ARTÍCULO 5°.- Las Cámaras Compensadoras, los Agentes de Custodia,
Registro y Pago, los Agentes de Negociación y los Agentes de
Liquidación y Compensación, en todas sus clases, no abonarán tasa de
fiscalización y control por el año 2017, debiendo abonar la tasa de
fiscalización y control del año 2018, del 8º al 12º día hábil del mes
de octubre de 2018, conforme la calidad de Agente, antes mencionadas,
en que se encuentren registrados al 30 de septiembre de 2018”.
ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución General entrará en vigencia a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de
la República Argentina.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial, incorpórese al sitio web del Organismo
en www.cnv.gob.ar, agréguese al texto de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.)
y archívese. — Rocio Balestra, Directora. — Marcos Martin Ayerra,
Presidente. — Patricia Noemi Boedo, Vicepresidente. — Carlos Martin
Hourbeigt, Director. — Martin Jose Gavito, Director.
e. 19/03/2018 N° 17311/18 v. 19/03/2018