JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 46/2018

Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-09598794- -APN-DDYME#JGM, la Ley Nº 27.431, el Decreto Nº 174 del 2 de marzo de 2018 y el Decreto N° 167 del 2 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a crear unidades ejecutoras especiales temporarias y/o para gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de presupuesto del año correspondiente al vencimiento del plazo.

Que por el Decreto Nº 167 del 2 de marzo de 2018 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los términos del artículo 108 de la Ley N° 27.431, y a designar a los titulares de las mismas, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en dicho contexto, resulta necesario conformar una unidad operativa de carácter especial que permita conocer y analizar las demandas de la población, como insumo para el diseño y la implementación de las políticas públicas del ESTADO NACIONAL.

Que la figura de la unidad ejecutora especial instaurada por el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y el Decreto Nº 167/2018, es la que mejor se ajusta a las necesidades actuales de la Jurisdicción para el cumplimiento de sus objetivos.

Que en tal sentido, se entiende procedente la creación, con carácter transitorio, de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE OPINIÓN PÚBLICA” en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la mencionada Unidad será disuelta una vez que se cumplimente el cometido de su objeto, no pudiendo exceder el plazo máximo que se determina en la presente.

Que la Licenciada Da. Mora Ximena YAZBECK JOZAMI (D.N.I. Nº 25.745.264), reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cumplir eficientemente con las responsabilidades y funciones de la Unidad que se crea.

Que mediante IF-2018-10167348-APN-DGAJ#JGM la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, han tomado las intervenciones que les competen.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el artículo 1º del Decreto N° 167/2018.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE OPINIÓN PÚBLICA” en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 2°.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE OPINIÓN PÚBLICA” tendrá como objetivos:

a. Elaborar un plan de seguimiento de la opinión pública que permita monitorear la gestión del gobierno y conocer las demandas de la población como insumo para el diseño y la implementación de las políticas públicas.

b. Recabar información sobre las principales demandas y problemáticas de los ciudadanos.

c. Evaluar el nivel de conocimiento por parte de la ciudadanía de las políticas del Gobierno Nacional.

d. Coordinar la implementación de los estudios de opinión pública que se lleven a cabo en la Administración Pública Nacional y asistir y asesorar en la materia a los Ministerios y organismos que lo requieran.

e. Generar información cuantitativa que facilite el diagnóstico de situación y posterior implementación de medidas del Gobierno Nacional.

ARTÍCULO 3°.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE OPINIÓN PÚBLICA” estará a cargo de un funcionario fuera de nivel con rango y jerarquía de Subsecretario.

ARTÍCULO 4º.- La Unidad creada por el artículo 1° de la presente medida quedará disuelta el 31 de diciembre de 2019, o una vez cumplido el objetivo para el cual fue creada si ello ocurre con anterioridad.

ARTÍCULO 5º.- Desígnase en el cargo de Titular de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE OPINIÓN PÚBLICA” a la Licenciada Da. Mora Ximena YAZBECK JOZAMI (D.N.I N° 25.745.264)

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos vigentes de la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña.

e. 20/03/2018 N° 17920/18 v. 20/03/2018