MINISTERIO DE HACIENDA
Resolución 162/2018
Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2018
Visto el expediente EX-2017-28182170-APN-DMEYN#MHA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2018 de Télam Sociedad
Anónima Informativa y Publicitaria (en liquidación), dependiente de la
Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la Subsecretaría de
Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y
Administrativa del Ministerio de Hacienda.
Que la ley 24.156 contiene en el Capítulo III del Título II el Régimen
Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que mediante la resolución 779-E del 27 de diciembre de 2017 se
establece que se dará por concluido el proceso liquidatorio de Télam
Sociedad Anónima Informativa y Publicitaria (en liquidación) a los
noventa (90) días corridos desde la publicación de la citada resolución
en el Boletín Oficial, plazo que se cumple el 2 de abril de 2018.
Que el Plan de Acción y Presupuesto presentado por la mencionada
empresa contempla las actividades post cierre que se desarrollarán
hasta esa fecha.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda de este Ministerio sobre la medida
propiciada.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4
de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio
2018 de Télam Sociedad Anónima Informativa y Publicitaria (en
liquidación), dependiente de la Dirección Nacional de Normalización
Patrimonial de la Subsecretaría de Administración y Normalización
Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de
Hacienda, de acuerdo al detalle que figura en los anexos I
(IF-2018-06439790-APN-SSP#MHA) y II (IF-2018-06439724-APN-SSP#MHA) que
integran esta resolución.
ARTÍCULO 2°.- Estimar en la suma de cero pesos ($ 0) los ingresos de
operación y fijar en la suma de dos millones ciento nueve mil
ochocientos treinta y cinco pesos ($ 2.109.835) los gastos de
operación, y como consecuencia de ello aprobar el Resultado Operativo
(Pérdida de Operación) estimado en la suma de dos millones ciento nueve
mil ochocientos treinta y cinco pesos ($ 2.109.835), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2018-06439724-APN-SSP#MHA).
ARTÍCULO 3°.- Estimar en la suma de ocho millones quinientos cincuenta
y tres mil trescientos treinta y dos pesos (8.553.332) los ingresos
corrientes y fijar en la suma de diez millones trescientos cincuenta y
cinco mil cuatrocientos sesenta y nueve pesos ($ 10.355.469) los gastos
corrientes, obteniéndose como consecuencia de ello un resultado
económico (Desahorro) estimado en la suma de un millón ochocientos dos
mil ciento treinta y siete pesos ($ 1.802.137), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2018-06439724-APN-SSP#MHA).
ARTÍCULO 4°.- Estimar en la suma de cero pesos ($ 0) los recursos de
capital y fijar en la suma de cero pesos ($ 0) los gastos de capital, y
como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico
establecido en el artículo 3° de esta resolución, estimar el Resultado
Financiero (Déficit) para el ejercicio 2018 en la suma de un millón
ochocientos dos mil ciento treinta y siete pesos ($ 1.802.137), de
acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2018-06439724-APN-SSP#MHA).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Nicolas Dujovne.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 21/03/2018 N° 17939/18 v. 21/03/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)