MINISTERIO DE HACIENDA

Resolución 162/2018

Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2018

Visto el expediente EX-2017-28182170-APN-DMEYN#MHA, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2018 de Télam Sociedad Anónima Informativa y Publicitaria (en liquidación), dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Hacienda.

Que la ley 24.156 contiene en el Capítulo III del Título II el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que mediante la resolución 779-E del 27 de diciembre de 2017 se establece que se dará por concluido el proceso liquidatorio de Télam Sociedad Anónima Informativa y Publicitaria (en liquidación) a los noventa (90) días corridos desde la publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial, plazo que se cumple el 2 de abril de 2018.

Que el Plan de Acción y Presupuesto presentado por la mencionada empresa contempla las actividades post cierre que se desarrollarán hasta esa fecha.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de este Ministerio sobre la medida propiciada.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2018 de Télam Sociedad Anónima Informativa y Publicitaria (en liquidación), dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Hacienda, de acuerdo al detalle que figura en los anexos I (IF-2018-06439790-APN-SSP#MHA) y II (IF-2018-06439724-APN-SSP#MHA) que integran esta resolución.

ARTÍCULO 2°.- Estimar en la suma de cero pesos ($ 0) los ingresos de operación y fijar en la suma de dos millones ciento nueve mil ochocientos treinta y cinco pesos ($ 2.109.835) los gastos de operación, y como consecuencia de ello aprobar el Resultado Operativo (Pérdida de Operación) estimado en la suma de dos millones ciento nueve mil ochocientos treinta y cinco pesos ($ 2.109.835), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2018-06439724-APN-SSP#MHA).

ARTÍCULO 3°.- Estimar en la suma de ocho millones quinientos cincuenta y tres mil trescientos treinta y dos pesos (8.553.332) los ingresos corrientes y fijar en la suma de diez millones trescientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y nueve pesos ($ 10.355.469) los gastos corrientes, obteniéndose como consecuencia de ello un resultado económico (Desahorro) estimado en la suma de un millón ochocientos dos mil ciento treinta y siete pesos ($ 1.802.137), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2018-06439724-APN-SSP#MHA).

ARTÍCULO 4°.- Estimar en la suma de cero pesos ($ 0) los recursos de capital y fijar en la suma de cero pesos ($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3° de esta resolución, estimar el Resultado Financiero (Déficit) para el ejercicio 2018 en la suma de un millón ochocientos dos mil ciento treinta y siete pesos ($ 1.802.137), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2018-06439724-APN-SSP#MHA).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Nicolas Dujovne.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 21/03/2018 N° 17939/18 v. 21/03/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)