MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 252/2018
Ciudad de Buenos Aires, 20/03/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-09980730-APN-SECOT#MTR, la Ley Nº 27.431 y el Decreto N° 167 del 2 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 faculta al PODER EJECUTIVO
NACIONAL a crear unidades ejecutoras especiales temporarias y/o para
gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y
excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y
asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que
dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2)
años,salvo autorización en la ley de presupuesto del año
correspondiente al vencimiento del plazo.
Que por el Decreto Nº 167/18 se facultó a los Ministros a crear, en sus
respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los
términos del artículo 108 de la Ley N° 27.431 y a designar a los
titulares de las mismas, previa intervención de la Dirección de Diseño
Organizacional de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que el MINISTERIO DE TRANSPORTE tiene la responsabilidad de entender en
la determinación de los objetivos y políticas del transporte.
Que mediante el Decreto N° 375 del 18 de febrero de 2016 se delegaron
en el MINISTERIO DE TRANSPORTE, las facultades y obligaciones
determinadas por la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064 para la
contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios que
revistan el carácter de obra pública, y para la adquisición de
materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos destinados a ellas, en
el ámbito de su competencia.
Que en tal sentido, y atento las competencias asignadas al MINISTERIO
DE TRANSPORTE, se entiende procedente la creación de la UNIDAD
EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “Metrobus”, con carácter transitorio, en
la órbita de la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE de esa cartera
ministerial.
Que la mencionada Unidad comprende la construcción de los sistemas de
carriles exclusivos para colectivos (METROBUS) que se realizarán en el
territorio de las jurisdicciones municipales, provinciales y de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES o nacional y será disuelta cumplido el
plazo máximo que se determina en el presente Decreto.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la
intervención que le compete.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO dependiente de
la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA han tomado las
intervenciones que les competen.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas en los artículos 1º y 2º del Decreto N° 167 del 2 de marzo
de 2018.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA
“METROBUS”, en la órbita de la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, con el objeto de llevar a cabo los proyectos
de los distintos Metrobuses que se realizarán en el territorio de las
distintas jurisdicciones, ya sea municipal, provincial, de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES o nacional.
ARTÍCULO 2°.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “METROBUS” tendrá como objetivos:
a. Coordinar la ejecución de los proyectos de METROBUS, en los aspectos
relativos al desarrollo, gestión y administración de los procesos.
b. Desarrollar las acciones tendientes a la administración e inspección
de las obras en el marco del artículo 1° del presente decreto.
c. Planificar acciones tendientes a la ejecución de los proyectos de
METROBUS con las distintas reparticiones de la SECRETARÍA DE OBRAS DE
TRANSPORTE.
d. Monitorear y evaluar la ejecución de los proyectos, requiriendo a
tales efectos flujos de información periódica, y verificar el
cumplimiento de los compromisos adquiridos en cada uno de ellos.
ARTÍCULO 3°.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “METROBUS” estará
a cargo de un funcionario fuera de nivel con rango y jerarquía de
Director Nacional, Nivel A - Grado 0 Función Ejecutiva I del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 4º.- La UNIDAD creada por el Artículo 1° de la presente medida quedará disuelta el 31 de diciembre de 2019.
ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a los créditos vigentes de la
Jurisdicción 57 – MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Guillermo Javier Dietrich.
e. 22/03/2018 N° 18370/18 v. 22/03/2018