MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

Resolución 265/2018

Ciudad de Buenos Aires, 21/03/2018

VISTO el EX-2017-08922888--APN-DDYME#MCT los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 13 de fecha 5 de enero de 2016, 355 de fecha 22 de mayo de 2017, 1165 de fecha 11 de noviembre de 2016, 851 de fecha de fecha 23 de octubre de 2017 las Decisiones Administrativas , 925 de fecha 29 de agosto de 2016, 1142 de fecha 18 de octubre de 2016, 1314 de fecha 14 de noviembre de 2016, 308 de fecha 18 de mayo de 2017, DA-2017-479-APN-JGM de fecha 5 de julio de 2017, DA-2018-301-APN-JGM del 12 de marzo de 2018, y las Resoluciones Nros. 57 de fecha 14 de abril de 2016 y 74 de fecha 9 de febrero de 2017 ambas del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Decisiones Administrativas Nros 816 de fecha 8 de agosto de 2016, 925 de fecha 29 de agosto de 2016, 1142 de fecha 19 de octubre de 2016, 1314 de fecha 14 de noviembre de 2016, 308 de fecha 18 de mayo de 2017, DA-2017-479-APN-JGM de fecha 5 de julio de 2017, fueron designados respectivamente el Doctor Jorge Osvaldo BLACKHALL (DNI Nº 14.202.944) como Director de Evaluación de Proyectos del FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA, el Abogado Roberto Esteban STASI (D.N.I. N° 25.628.139) como Coordinador de Asuntos Legales de la UNIDAD DE CONTROL DE GESTION Y ASUNTOS LEGALES, el Licenciado Néstor Edgardo SIMONE (D.N.I. N° 22.448.186) como Director de la Industria del Software del FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO y Bioingeniero Pedro Miguel TOMIOZZO (D.N.I. N° 22.706.040), como Director General del FONDO ARGENTINO SECTORIAL, todas unidades dependientes de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

Que por Decreto N° 1165 de fecha 11 de noviembre de 2016 se facultó a los Ministros a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que a través del Decreto Nº 851/17 se modificó el artículo 2º del Decreto Nº 1165/16, estableciéndose que en ningún caso la prórroga de la designación que se instrumente en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo primero de la presente medida podrá exceder el 31 de octubre de 2018.

Que por la Decisión Administrativa 301/18, se modificó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, por la cual se homologaron las Direcciones que surgen del Anexo IF-2018-09966591-APN-SECCI#JGM.

Que por razones de índole operativa no se han podido tramitar los procesos de selección para la cobertura de los cargos en cuestión, razón por la cual se solicita la prórroga de las designaciones transitorias aludidas.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a las citadas Unidades.

Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de las Ley Nº 27.341.

Que la DIRECCION DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y FINANZAS, ha tomado la intervención de su competencia, informando que existe partida presupuestaria para el ejercicio vigente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 1° del Decreto N° 1165/16.

Por ello,

EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 7 de febrero de 2018 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida las designaciones transitorias de los agentes detallados en el Anexo IF-2018-11160290-APN-DRRHH#MCT que forma parte integrante del presente Acto, en idénticas condiciones a las dispuestas respectivamente para cada uno de los agentes, por conducto de las Decisiones Administrativas N° 925/16, 1142/16, 1314/16, DA-2017-479-APN-JGM, autorizándose el correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 2°.- Los cargos involucrados en este Acto deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial de Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha consignada en el artículo 1º.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el financiamiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, Categoría 01 - ACTIVIDADES CENTRALES, Actividad 01 - PLANIFICACION Y CONDUCCION.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al MINISTERIO DE MODERNIZACION en el plazo de CINCO (5) días la prórroga resuelta.

ARTÍCULO 5°.- Publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — José Lino Salvador Barañao.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 26/03/2018 N° 19445/18 v. 26/03/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)





(Anexo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 381/2018 del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva B.O. 27/04/2018. Nota Infoleg: Por art. 1° de la Resolución N° 650/2018 del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innnovación Porductiva B.O. 02/07/2018 se deja sin efecto la recificación anteriormente efectuada)