MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 134/2018
Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2018
VISTO el Expediente Nº 024-99-81787334-7-798 del Registro de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nros.
24.241, 25.235 y sus respectivas modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Cláusula Décimo Segunda del Compromiso Federal, de fecha 6
de diciembre del año 1999, ratificado por Ley 25.235, se establece que
el Estado Nacional financiará con recursos provenientes de Rentas
Generales los déficits globales de los sistemas previsionales
provinciales no transferidos hasta esa fecha.
Que, en contrapartida, las respectivas jurisdicciones deberán armonizar
sus sistemas de jubilaciones y pensiones en función de las pautas
nacionales.
Que, por su parte, la Ley 27.260 instruyó al Poder Ejecutivo Nacional a
que, por medio del organismo pertinente, arribe a un acuerdo con las
provincias cuyos sistemas previsionales no fueron transferidos a la
Nación, a fin de compensar las eventuales asimetrías que pudieran
existir respecto de aquellas jurisdicciones que sí hubieren transferido
sus regímenes previsionales, de manera de colocar a todas las
provincias en pie de igualdad en materia previsional.
Que en el marco del mencionado Compromiso, se celebró entre la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), ad referéndum
del PODER EJECUTIVO NACIONAL (en adelante el “ESTADO NACIONAL”) y la
PROVINCIA DE CHACO (en adelante “LA PROVINCIA”), el CONVENIO DE
ADECUACIÓN Y FINANCIAMIENTO DEL SISTEMA PREVISIONAL DE LA PROVINCIA DE
CHACO N° 089 del Registro de Protocolos de la ANSES, de fecha 20 de
diciembre de 2016.
Que en el estricto marco del aludido Convenio el ESTADO NACIONAL
reconoció en concepto de anticipo a cuenta de la determinación del
déficit previsional del ejercicio 2016, de los Regímenes de Previsión
Social para el Personal de la Administración General, así como del
Sistema de Retiros y Pensiones dela Policía, la suma total de PESOS
TRESCIENTOS VEINTE MILLONES ($320.000.000).
Que asimismo, la PROVINCIA se comprometió a modificar el procedimiento
de registro y exposición contable de los parámetros del Sistema
Integrado Previsional Argentino (SIPA), y una vez verificado el
cumplimiento del compromiso asumido, el ESTADO NACIONAL, transferirá la
suma de PESOS CIENTO SESENTA MILLONES ($160.000.000).
Que LAS PARTES acordaron en su CLAUSULA OCTAVA de dicho Convenio que se
requiere la ratificación del mismo, a través de los mecanismos
administrativos correspondientes vigentes en su jurisdicción.
Que mediante IF-2017-17235435-APN-DGAJ#SLYT, del Expediente N°
024-99-81774971-9-798, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, expresó que
“…de considerarse necesario el dictado de un acto que ratifique el
convenio, la autoridad facultada para proceder en tal sentido sería el
titular del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en el
entendimiento de que, si bien los Ministros no forman parte del Poder
Ejecutivo, lo asisten en el ejercicio de sus funciones, ello en uso de
las facultades que le otorga la Ley de Ministerios…”
Que los Servicios Jurídicos permanentes de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ratifíquese el CONVENIO DE ADECUACION Y FINANCIAMIENTO
DEL SISTEMA PREVISIONAL DE LA PROVINCIA DE CHACO N° 089, de fecha 20 de
diciembre del año 2016, que como Anexo IF-2018-05483836-ANSES-ANSES,
forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alberto Jorge Triaca.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 26/03/2018 N° 19210/18 v. 26/03/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexo)