ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 88/2018
23/03/2018
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Convócase a Audiencia Pública con el
objeto de resolver acerca del otorgamiento del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación de la Capacidad de
Transporte, solicitado por el “COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN del FONDO
FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF)”, consistente en
las obras: a) una línea de transmisión de energía eléctrica en Extra
Alta Tensión de 500 kV (LEAT 500 kV) entre la Estación Transformadora
Río Diamante (Provincia de MENDOZA) y la nueva Estación Transformadora
Charlone (Provincia de BUENOS AIRES), a construir, de aproximadamente
CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE (487) km; b) la ampliación de la Estación
Transformadora existente Río Diamante 500/220 kV; c) la nueva
EstaciónTransformadora Charlone 500/132 kV, y cinco (5) líneas de
subtransmisión en 132 kV que vincularán la nueva ET Charlone 500/132 kV
con los sistemas de subtransmisión provinciales indicados en el Acta
Acuerdo del 19 de abril de 2018, a saber: LAT 132 kV, simple terna
Charlone – General Villegas, en la Provincia de BUENOS AIRES; LAT 132
kV, doble terna, Charlone-Rufino, en la Provincia de SANTA FÉ; LAT 132
kV simple terna, Charlone-Realicó, en la Provincia de LA PAMPA; LAT 132
kV,simple terna, Charlone-Gral. Pico, en la Provincia de LA PAMPA; LAT
132 kV, simple terna, Charlone-Laboulaye, en la Provincia de CÓRDOBA.
(Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución Sintetizada N° 96/2019 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad B.O. 12/4/2019)
2.- La publicación dispuesta por el artículo 1 deberá efectuarse por
CINCO (5) días en los portales de internet del ENTE NACIONAL REGULADOR
DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), y por DOS (2) días en
un diario de amplia difusión del lugar en donde se llevarán a cabo las
obras proyectadas o en donde se pudiesen afectar eléctricamente,
otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos para que,
quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las
prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee
su oposición fundada por escrito ante el ENRE.
3.- Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación
fundada, vencido el plazo señalado en el artículo 2, se considerará
otorgado el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la
obra referida en el artículo 1 de este acto.
4.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas
comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para
analizarlas, recibir las oposiciones y permitir al solicitante
contestar las mismas y exponer sus argumentos.
5.- Notifíquese a TRANSBA S.A., a CEZ, al Organismo de Control de
Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) y a CAMMESA.
Firmado: Vocal Tercero Dra. Laura Gisela Giumelli - Vocal Segundo Ing.
Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi -
Presidente Ing. Andrés Chambouleyron.
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 26/03/2018 N° 19450/18 v. 26/03/2018