MINISTERIO DE FINANZAS

DEUDA PÚBLICA

Resolución 62/2018

Dispónese la emisión de letra del Tesoro en Dólares Estadounidenses.

Ciudad de Buenos Aires, 26/03/2018

Visto el expediente EX-2018-11920082-APN-MF, la ley 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018 y la resolución 162-E del 7 de septiembre de 2017 del Ministerio de Finanzas (RESOL-2017-162-APN-MF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 33 de la ley 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018 se autoriza al Ministerio de Finanzas a emitir Letras del Tesoro para dar cumplimiento a las operaciones previstas en el programa financiero, las que deberán ser reembolsadas en el mismo ejercicio financiero en que se emiten.

Que en el marco de la programación financiera para el presente ejercicio se ha acordado con las autoridades de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur la suscripción de una Letra del Tesoro en Dólares Estadounidenses a ciento veintitrés (123) días de plazo.

Que mediante el artículo 1° de la resolución 162-E del 7 de septiembre de 2017 del Ministerio de Finanzas (RESOL-2017-162-APN-MF) se sustituyeron las normas de “Procedimiento para la Colocación de Instrumentos de Deuda Pública”, aprobadas a través del artículo 1° de la resolución 66-E del 4 de mayo de 2017 del Ministerio de Finanzas (RESOL-2017-66-APN-MF).

Que la operación que se dispone está contenida dentro del límite que al respecto establece el artículo 33 de la ley 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.

Que esta medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 33 de la ley 27.431.

Por ello,

EL MINISTRO DE FINANZAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Disponer la emisión de una (1) Letra del Tesoro en Dólares Estadounidenses a ser suscripta por la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur por un monto de hasta valor nominal original dólares estadounidenses cincuenta y un millones quinientos tres mil ochocientos treinta y seis (VNO USD 51.503.836), con las siguientes condiciones financieras:

Fecha de emisión: 26 de marzo de 2018.

Fecha de vencimiento: 27 de julio de 2018.

Plazo: ciento veintitrés (123) días.

Moneda de emisión, suscripción y pago: Dólares estadounidenses.

Amortización: Íntegra al vencimiento.

Intereses: Cupón cero (a descuento)

Forma de Colocación: suscripción directa, en el marco de lo establecido en las normas de procedimiento aprobadas mediante el artículo 1° de la resolución 162-E del 7 de septiembre de 2017 del Ministerio de Finanzas (RESOL-2017-162-APN-MF).

Negociación: la Letra del Tesoro será intransferible y no tendrá cotización en los mercados de valores locales e internacionales.

Titularidad: se emitirá un certificado que será depositado en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Atención de los servicios financieros: Los pagos se cursarán a través del Banco Central de la República Argentina mediante transferencias de fondos en la cuenta de efectivo que posea el titular de la cuenta de registro en dicha Institución.

ARTÍCULO 2º.- Autorizar al Secretario de Finanzas, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público, o al Director de Administración de la Deuda Pública, o al Director de Programación e Información Financiera, o al Director de Análisis del Financiamiento, o al Coordinador de Registro de la Deuda Pública, o al Coordinador de Emisión de Deuda Interna, a suscribir en forma indistinta la documentación necesaria para la implementación de las operaciones dispuestas mediante el artículo 1° de esta medida.

ARTÍCULO 3º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su dictado.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Luis Andres Caputo.

e. 27/03/2018 N° 19919/18 v. 27/03/2018