MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Resolución 3/2018
Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2018
VISTO el expediente EX-2018-04276393-APN-DPIPPAC#MM y la Resolución
2-E/2018 del 16 de febrero de 2018 de esta SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE
LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 2-E/2018 declaró la “apertura del procedimiento
previsto en el artículo 44 y siguientes del Reglamento General de
Audiencias Públicas y Documentos de Consulta para las Comunicaciones,
aprobado por Resolución SC N° 57/1996 de la ex Secretaría de
Comunicaciones”, del proyecto de resolución de “Atribución de Bandas de
Frecuencia de Uso Compartido”
Que el artículo 3º de aquella Resolución estableció un plazo de VEINTE
(20) días hábiles contados a partir de la publicación de la Resolución
en el Boletín Oficial de la República Argentina, para efectuar las
presentaciones.
Que se han recibido presentaciones de la Cámara de Informática y
Comunicaciones de la República Argentina (CICOMRA), de Telefónica
Móviles Argentina S.A. y de Telefónica de Argentina S.A. en las que
solicitan la extensión del plazo previsto en el artículo 3° de la
mencionada Resolución.
Que evaluado lo solicitado se considera razonable el otorgamiento de
una prórroga a los efectos de facilitar la mayor participación de los
sectores interesados.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con lo dispuesto por el
artículo 44 y siguientes del Anexo I aprobado por la Resolución N°
57/96 de la ex Secretaría de Comunicaciones y en ejercicio de las
atribuciones conferidas por el Decreto N° 632/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por el plazo de QUINCE (15) días hábiles,
contados a partir de la publicación de la presente en el Boletín
Oficial de la República Argentina, el plazo establecido en el artículo
3° de la Resolución 2-E/2018 del 16 de febrero de 2018 de esta
SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Hector Maria Huici.
e. 27/03/2018 N° 19923/18 v. 27/03/2018