DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Resolución 21/2018
Buenos Aires, 23/03/2018
VISTO el Expediente Nº 75/2013 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL
PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y la Resolución DPSCA
N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013, y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución DPSCA N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013 se
aprobó el RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE SERVICIOS TÉCNICOS PROFESIONALES
de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que en el ANEXO II de la precitada Resolución se identificaron,
describieron y establecieron requisitos específicos para las diferentes
funciones, que contempla dicho régimen, en tanto que por el ANEXO III
se determinaron los honorarios correspondientes a cada una de esas
funciones.
Que el DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DEL EMPLEO de la DIRECCIÓN DE
ADMINISTRACIÓN propone incrementar en un OCHO POR CIENTO (8%) el valor
hora/semanal/mensual, para cada función. a partir del 1º de marzo de
2018, con motivo de la aceleración de la inflación, de acuerdo a
informes elaborados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS
(INDEC).
Que en atención a ello, la referida área destaca que los honorarios
profesionales contratados fueron actualizándose de modo similar a los
incrementos que fueron recibiendo los módulos de la Planta de Personal,
mediante las Resoluciones DPSCA N° 62 de fecha 2 de julio de 2014, N°
73 de fecha 18 de junio de 2015, N° 73 de fecha 24 de mayo de 2016, N°
121 de fecha 20 de septiembre de 2016, N° 16 de fecha 15 de mayo de
2017 y N° 38 de fecha 18 de septiembre de 2017, con el fin de
establecer un sistema de base igualitaria y transparente en la
asignación del nivel de honorarios, permitiendo al organismo mantener
los contratos de servicios técnicos profesionales de acuerdo a la
realidad del sector en el mercado así como las líneas de acción
iniciadas.
Que a través del Acta Nº 15 de fecha 29 de noviembre de 2016, de la
COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA
DIGITALIZACIÓN se autorizó a la Dra. María José Guembe, DNI Nº
21.797.909 a ejercer la titularidad de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a los efectos de cumplimentar los
actos conservatorios que conciernen al funcionamiento de la institución
y a la preservación de los recursos.
Que tal autorización fue conferida a los fines de que “(...) el
organismo no quede sin la firma necesaria para su adecuado
funcionamiento (...)” (conf. exposición Diputado Bazze, Presidente); en
el entendimiento de “(...) la paralización que podría significar para
la Defensoría del Pública la posibilidad de que quedara acéfala (...)
salvaguardar las fuentes de trabajo y todo lo que tiene que ver con el
andamiaje de dicho organismo (...)” (conf. exposición Senador
Naidenoff); y con el objeto de “(…) evitar cualquier tipo de perjuicio
para el organismo, para el rol que cumple y particularmente en relación
con la situación de sus trabajadores. En ese sentido, estaremos también
dando certeza de que la Defensoría seguirá funcionando con normalidad…”
(conf. exposición Diputado Grandinetti, versión taquigráfica de la
reunión de la referida Comisión).
Que la SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA de la
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN ha informado que existe crédito
presupuestario disponible para implementar la medida que se propicia.
Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN ha prestado su conformidad con lo actuado en las presentes actuaciones.
Que la DIRECCIÓN DE LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia.
Que en razón de lo expuesto, corresponde emitir el presente acto
administrativo en uso de las facultades conferidas por el Acta Nº 15 de
fecha 29 de noviembre de 2016, de la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y
SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS
TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN.
Por ello,
LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese el aumento del valor hora/semanal/mensual de
cada función, dispuesto en el Anexo III la Resolución DPSCA N° 35 de
fecha 28 de mayo de 2013, y sus modificatorias, a partir del 1º de
marzo 2018, conforme al detalle obrante en el Anexo I que integra la
presente.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que el valor señalado en el artículo anterior
será aplicado a los contratos de locación de servicios
técnicos/profesionales en curso de ejecución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida, será atendido con cargo a las partidas presupuestarias del
programa 36 del SAF 346 de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE
COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. — María José
Guembe.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 27/03/2018 N° 19492/18 v. 27/03/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
HONORARIOS (en pesos)