DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Resolución 21/2018

Buenos Aires, 23/03/2018

VISTO el Expediente Nº 75/2013 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y la Resolución DPSCA N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013, y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución DPSCA N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013 se aprobó el RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE SERVICIOS TÉCNICOS PROFESIONALES de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que en el ANEXO II de la precitada Resolución se identificaron, describieron y establecieron requisitos específicos para las diferentes funciones, que contempla dicho régimen, en tanto que por el ANEXO III se determinaron los honorarios correspondientes a cada una de esas funciones.

Que el DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DEL EMPLEO de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN propone incrementar en un OCHO POR CIENTO (8%) el valor hora/semanal/mensual, para cada función. a partir del 1º de marzo de 2018, con motivo de la aceleración de la inflación, de acuerdo a informes elaborados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC).

Que en atención a ello, la referida área destaca que los honorarios profesionales contratados fueron actualizándose de modo similar a los incrementos que fueron recibiendo los módulos de la Planta de Personal, mediante las Resoluciones DPSCA N° 62 de fecha 2 de julio de 2014, N° 73 de fecha 18 de junio de 2015, N° 73 de fecha 24 de mayo de 2016, N° 121 de fecha 20 de septiembre de 2016, N° 16 de fecha 15 de mayo de 2017 y N° 38 de fecha 18 de septiembre de 2017, con el fin de establecer un sistema de base igualitaria y transparente en la asignación del nivel de honorarios, permitiendo al organismo mantener los contratos de servicios técnicos profesionales de acuerdo a la realidad del sector en el mercado así como las líneas de acción iniciadas.

Que a través del Acta Nº 15 de fecha 29 de noviembre de 2016, de la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN se autorizó a la Dra. María José Guembe, DNI Nº 21.797.909 a ejercer la titularidad de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a los efectos de cumplimentar los actos conservatorios que conciernen al funcionamiento de la institución y a la preservación de los recursos.

Que tal autorización fue conferida a los fines de que “(...) el organismo no quede sin la firma necesaria para su adecuado funcionamiento (...)” (conf. exposición Diputado Bazze, Presidente); en el entendimiento de “(...) la paralización que podría significar para la Defensoría del Pública la posibilidad de que quedara acéfala (...) salvaguardar las fuentes de trabajo y todo lo que tiene que ver con el andamiaje de dicho organismo (...)” (conf. exposición Senador Naidenoff); y con el objeto de “(…) evitar cualquier tipo de perjuicio para el organismo, para el rol que cumple y particularmente en relación con la situación de sus trabajadores. En ese sentido, estaremos también dando certeza de que la Defensoría seguirá funcionando con normalidad…” (conf. exposición Diputado Grandinetti, versión taquigráfica de la reunión de la referida Comisión).

Que la SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN ha informado que existe crédito presupuestario disponible para implementar la medida que se propicia.

Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN ha prestado su conformidad con lo actuado en las presentes actuaciones.

Que la DIRECCIÓN DE LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que en razón de lo expuesto, corresponde emitir el presente acto administrativo en uso de las facultades conferidas por el Acta Nº 15 de fecha 29 de noviembre de 2016, de la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN.

Por ello,

LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese el aumento del valor hora/semanal/mensual de cada función, dispuesto en el Anexo III la Resolución DPSCA N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013, y sus modificatorias, a partir del 1º de marzo 2018, conforme al detalle obrante en el Anexo I que integra la presente.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que el valor señalado en el artículo anterior será aplicado a los contratos de locación de servicios técnicos/profesionales en curso de ejecución.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas presupuestarias del programa 36 del SAF 346 de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. — María José Guembe.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 27/03/2018 N° 19492/18 v. 27/03/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)



ANEXO I

HONORARIOS (en pesos)