ACUERDOS
Decreto 266/2018
Homológase Acta.
Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-12041987-APN-DGRGAD#MT, la Ley N°
11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N°
18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la
Administración Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación
de Empleo Público Nacional N° 25.164, la Ley N° 27.431, el Decreto N°
447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General
para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N°
214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Acta Acuerdo del
18 de mayo de 2017 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de
Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologada por
el Decreto N° 445 de fecha 22 de junio de 2017, el Acta Acuerdo del 28
de febrero de 2018, el Acta Acuerdo del 9 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que las negociaciones colectivas que se celebren entre la
Administración Pública Nacional y sus empleados se rigen por la Ley N°
24.185 que instituye al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.
Que en cumplimiento del mecanismo establecido en la cláusula cuarta del
Acta Acuerdo del 18 de mayo de 2017, homologada por Decreto N° 445/17,
se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo
General para la Administración Pública Nacional, homologado por el
Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios.
Que las partes arribaron a un acuerdo relativo al régimen retributivo
del personal permanente y no permanente comprendido en el ámbito de
aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo General, concretado a
través del Acta Acuerdo de fecha 28 de febrero de 2018, aprobada por la
Autoridad de Aplicación en Acta Acuerdo del 9 de marzo de 2018.
Que en tal contexto se acordó un incremento sobre las retribuciones
mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes del personal
de cada uno de los escalafones y organismos comprendidos en el Convenio
Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional
homologado por el Decreto N° 214/06 y sus modificatorios, con vigencia
a partir del 1° de marzo, 1° de abril, 1° de mayo y 1° de junio de
2018, aplicables sobre las remuneraciones aprobadas y vigentes al 31 de
mayo de 2017.
Que se establecieron los montos de los beneficios previstos por los
artículos 131 y 149 del Anexo I y por los artículos 3°, 6° apartado II,
y 8° inciso a) del Anexo III del Convenio Colectivo de Trabajo General
mencionado precedentemente.
Que el Acta Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la Ley N° 24.185.
Que sobre el control de legalidad, cabe puntualizar que la Autoridad
Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los
artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185, su Decreto
Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.
Que se cumplimentaron las intervenciones prescriptas por el artículo
79, segundo párrafo del Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214/06 y
sus modificatorios.
Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO emitió el correspondiente dictamen.
Que en atención a las prescripciones del artículo 86 de la Ley N°
11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014),
tratándose de incrementos generados en acuerdo colectivo en el marco de
la Ley N° 24.185 y habiéndose observado los requisitos y procedimientos
que surgen de dicha norma y de la Ley N°18.753, se tienen por cumplidas
las disposiciones del artículo 79 de la citada Ley N° 11.672 con la
suscripción del Acta Acuerdo de fecha 28 de febrero de 2018 que dispone
su vigencia a partir del 1° de marzo, 1° de abril, 1° de mayo y del 1°
de junio de 2018.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL tomó la intervención de su
competencia.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de
los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley
N° 24.185.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Homológase el Acta Acuerdo (IF-
2018-12172471-APN-DALSP#MT) y sus Anexos I a CI de la Comisión
Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional del 28 de febrero de 2018
(IF-2018-12191534-APN-DALSP#MT) que, como Anexos, forman parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que la vigencia de los incrementos
retributivos acordados en el Acta Acuerdo referida en el artículo
precedente será a partir del 1° de marzo de 2018, 1° de abril de 2018,
1° de mayo de 2018 y del 1° de junio de 2018, en las condiciones
establecidas por las partes intervinientes.
ARTÍCULO 3°.- Modifícase el artículo 3° del Decreto N° 445 del 22 de
junio de 2017, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 3°.- La retribución bruta mensual, normal, habitual, regular y
permanente de los agentes habilitados para realizar servicios
extraordinarios, con excepción de los servicios requeridos por
terceros, no deberá superar el monto de PESOS DIECINUEVE MIL OCHENTA Y
NUEVE ($ 19.089), PESOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO ($
19.278), PESOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE ($ 19.467)
y PESOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($19.656), a partir
del 1° de marzo de 2018, 1° de abril de 2018, 1° de mayo de 2018 y del
1° de junio de 2018, respectivamente.”
Para determinar dicha retribución no se considerarán: los grados
extraordinarios que pudieran corresponder a cada agente afectado, el
valor de la Compensación por Zona, el Adicional por Tramo en los casos
y nivel de Tramo que corresponda, las Compensaciones Transitorias
acordadas por Acta Acuerdo de fecha 30 de noviembre de 2011 homologada
por el Decreto N° 39 del 9 de enero de 2012, la Compensación
Transitoria acordada mediante la Cláusula Cuarta del Acta Acuerdo de
fecha 29 de mayo de 2015 homologada por el Decreto N° 1.118 del 12 de
junio de 2015, como asimismo el Premio Estímulo a la Asistencia
acordado por Acta Acuerdo de fecha 18 de mayo de 2017, homologada por
el Decreto N° 446 del 22 de junio de 2017.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que los porcentajes de incremento salarial a
que se refiere el Acta que se homologa por el artículo 1° del presente,
serán de aplicación para las remuneraciones del personal civil de
inteligencia de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA, a partir de las
fechas que se mencionan en el artículo 2° del presente decreto.
ARTÍCULO 5°. Extiéndense, a partir de las fechas indicadas en el
artículo 2° del presente decreto, los porcentajes establecidos en el
Acta que se homologa por el artículo 1°, a las retribuciones del
personal comprendido en el Decreto N° 838/94 y sus modificatorios; en
el régimen del Decreto N° 1716/92 y su normativa complementaria y en el
Decreto N° 140/07.
ARTÍCULO 6°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA
SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias,
interpretativas y complementarias a que diera lugar la aplicación del
presente decreto.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alberto Jorge
Triaca.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 03/04/2018 N° 21012/18 v. 03/04/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)