PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Decreto 262/2018
Apruébanse Estructuras Organizativas.
Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2018
Ver Antecedentes Normativos
VISTO el Expediente N° EX-2018-10779436-APN-SECCI#JGM, el Decreto Nº
2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), los Decretos Nros. 620 de fecha 10 de abril de 2008 y sus
modificatorios , 692 de fecha 18 de mayo de 2016, 33 de fecha 12 de
enero de 2017, 461 de fecha 29 de junio de 2017, 678 de fecha 24 de
agosto de 2017, 174 de fecha 2 de marzo de 2018, las Resoluciones de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 5 de fecha 16 de
enero de 2017, N° 571 de fecha 10 de octubre de 2017, y de la
SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
Nº 387 de fecha 8 de septiembre de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 174/18 se aprobó el organigrama de aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
entre ellos los referidos a la SECRETARÍA GENERAL y a la SECRETARÍA DE
POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, ambas
dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, para cumplir con las
responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus
competencias.
Que por el artículo 4º del citado Decreto N° 174/18 se aprobó la
conformación organizativa de la SECRETARÍA GENERAL y de la SECRETARÍA
DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, ambas
dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por los Decretos N° 692/16 y N° 678/17 se aprobó la estructura
organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y, por las Resoluciones de dicha Secretaría
citadas en el VISTO, su estructura organizativa de segundo nivel
operativo.
Que por el Decreto N° 620/08 se creó en el ámbito de la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con dependencia de su titular
la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL.
Que por el Decreto N° 33/17 y por la Resolución de la SECRETARÍA DE
POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA Nº 387/17 se
aprobó la estructura organizativa de primer nivel y segundo nivel
operativo de dicha Secretaría.
Que en función de las competencias asignadas a las distintas
jurisdicciones ministeriales resulta necesario reordenar las
responsabilidades de las distintas áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que el cumplimiento de los objetivos de Gobierno recomienda una
reingeniería organizacional de las estructuras organizativas del Estado
Nacional.
Que, por ello, resulta necesario en esta instancia, efectuar
modificaciones en la estructura organizativa de la SECRETARÍA GENERAL y
de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN
ARGENTINA, e incorporar, homologar, reasignar y derogar diversos cargos
en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción.
Que, en el marco de la reforma estructural de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
NACIONAL encarada por el ESTADO NACIONAL, corresponde la supresión de
los cargos que ya no resulten estrictamente necesarios para el
cumplimiento de las acciones y misiones de los organismos y
Jurisdicciones que la componen.
Asimismo, corresponde transferir los cargos extraescalafonarios de
COORDINADOR DE LA UNIDAD DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL y de SUBDIRECTORA
GENERAL DE CEREMONIAL a la órbita de la UNIDAD PRESIDENTE.
Que por el Decreto Nº 461/17 se creó la UNIDAD ESPECIAL FORO G20 -
ARGENTINA 2018 del MINISTERIO DE HACIENDA, con dependencia de la UNIDAD
MINISTRO del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-
(Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
ARTÍCULO 2º.-
(Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
ARTÍCULO 3º.-
(Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
ARTÍCULO 4º.-
(Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
ARTÍCULO 5º.-
(Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
ARTÍCULO 6º.- Suprímense los cargos extraescalafonarios que se detallan
en la Planilla Anexa al presente artículo
(IF-2018-13167958-APN-SECCI#JGM), que forma parte integrante del
presente decreto.
ARTÍCULO 7º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA
NACIÓN ARGENTINA, dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de
conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y
Acciones que, como Anexos V ( IF-2018-10811418-APN-SECCI#JGM) y VI
(IF-2018-10812507-APN-SECCI#JGM), forman parte integrante del presente
decreto.
ARTÍCULO 8º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel
operativo de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA
NACIÓN ARGENTINA, dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de
conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como Anexos VII
(IF-2018-10813518-APN-SECCI#JGM) y VIII (IF-2018-13214685-APN-SGP),
forman parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 9º.- Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la
SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA,
dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el
detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo
(IF-2018-10877453-APN-SECCI#JGM), que forma parte integrante del
presente decreto.
ARTÍCULO 10.- Facúltase al Titular de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS
INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, dependiente de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a modificar la estructura aprobada por el
artículo 8º del presente Decreto, en la medida que ello no implique
incremento de las unidades organizativas que la componen.
ARTÍCULO 11.- Suprímense los cargos extraescalafonarios que se detallan
en la Planilla Anexa al presente artículo
(IF-2018-10878746-APN-SECCI#JGM), que forma parte integrante del
presente decreto.
ARTÍCULO 12.- Sustitúyese el artículo 3º del Decreto N° 461 de fecha 29 de junio de 2017 por el siguiente:
“ARTÍCULO 3°.- La UNIDAD ESPECIAL FORO G20 – ARGENTINA 2018 del
MINISTERIO DE HACIENDA, estará a cargo del Titular de la UNIDAD
EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “Unidad de Asuntos Internacionales”,
dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA, creada por la Resolución Nº 139
del MINISTERIO DE HACIENDA, de fecha 8 de marzo de 2018.”
ARTÍCULO 13.- Sustitúyese el artículo 2° del Decreto Nº 620 de fecha 10 de abril de 2008 y modificatorios, por el siguiente:
“ARTÍCULO 2º.- La UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL estará a cargo de UN (1)
Director, de carácter extraescalafonario, con rango y jerarquía de
Secretario asistido por UN (1) Subdirector, de carácter
extraescalafonario, con rango y jerarquía de Director Nacional y una
remuneración equivalente al Nivel A Grado 0 – Función Ejecutiva I, del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08, UN (1) Asesor Médico, con rango y jerarquía de Director
Nacional y una remuneración equivalente al Nivel A Grado 0 – Función
Ejecutiva I del SINEP, UN (1) Coordinador, de carácter
extraescalafonario, con una remuneración equivalente al Nivel B - Grado
0, con Función Ejecutiva Nivel IV del SINEP y UN (1) Médico Pediatra,
de carácter extraescalafonario, con una remuneración equivalente al
Nivel A, Grado 10 del SINEP. Asimismo, la citada Unidad contará con UN
(1) Cuerpo Médico integrado por DOCE (12) Médicos Asistentes, de
carácter extraescalafonario, con una remuneración equivalente al Nivel
A - Grado 9 del SINEP. Los integrantes de la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL
tendrán las funciones que en cada caso se detalla en la Planilla Anexa
al presente artículo (IF-2018-13210973-APN-SGP), la que forma parte
integrante del presente decreto”.
ARTÍCULO 14.- Transfiérese el cargo extraescalafonario de COORDINADOR
DE LA UNIDAD DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL de la órbita de la
SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL de la SECRETARÍA GENERAL de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN al ámbito de la UNIDAD PRESIDENTE.
ARTÍCULO 15.- Transfiérese el cargo extraescalafonario de SUBDIRECTORA
GENERAL DE CEREMONIAL de la órbita de la ex DIRECCION GENERAL DE
CEREMONIAL de la SUBSECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION
al ámbito de la UNIDAD PRESIDENTE.
ARTÍCULO 16.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20-01
– SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la Jurisdicción
20-11 – SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN
ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, respectivamente.
ARTÍCULO 17.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 03/04/2018 N° 21008/18 v. 03/04/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Anexo Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If y Ig
(Anexos derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
Anexo II
(Anexo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
Anexo IIIa,
IIIb, IIIc, IIId, IIIe, IIIf, IIIg, IIIh, IIIi y IIIj
(Anexos derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
Anexo IV
(Anexo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
Anexo V
(Anexo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
Antecedentes Normativos:
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")