MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
Decisión Administrativa 481/2018
Desígnase Director Nacional de Exploración y Producción.
Ciudad de Buenos Aires, 12/04/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2017-15987512-APN-DDYME#MEM, la Ley Nº 27.431
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2018, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, 231 de fecha 22 de diciembre de 2015,
355 de fecha 22 de mayo de 2017 y 174 del 2 de marzo de 2018, las
Decisiones Administrativas N° 761 de fecha 27 de julio de 2016 y N° 316
del 13 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda
designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N° 174/18 se aprobó el organigrama de aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se
encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que por la Decisión Administrativa N° 316/18 se aprobaron las
estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo del
citado Ministerio.
Que a través del Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 se
aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que por la Decisión Administrativa Nº 761 de fecha 27 de julio de 2016
se aprobó, entre otras, la estructura organizativa de primer nivel
operativo de la SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS del MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA y se incorporaron, homologaron, reasignaron y
derogaron del Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos
pertenecientes al citado Ministerio.
Que deviene necesario por razones de servicio, en el ámbito del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, cubrir transitoriamente UN (1) cargo
vacante de Director Nacional de Exploración y Producción dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del
citado Ministerio, aprobado por la Ley Nº 27.431 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, a fin de atender
el gasto resultante de la designación alcanzada por la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el
artículo 2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase transitoriamente a partir del 7 de agosto de
2017 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al
Ingeniero en Petróleo Hernán Horacio DEL COGLIANO (M.I. Nº 24.122.664)
en el cargo de Director Nacional de Exploración y Producción (Nivel A,
Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SI.N.E.P.) dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por
Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.),
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por
el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en la presente medida deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según
lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y
VIII y en el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del 7 de agosto de 2017.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente, correspondiente a la Jurisdicción 58 - MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Juan José Aranguren.
e. 13/04/2018 N° 24321/18 v. 13/04/2018