DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
Resolución 676/2018
Ciudad de Buenos Aires, 13/04/2018
VISTO el Expediente N° EX-2017-23987384-APN-DNV#MTR, la Ley N° 27.328,
la Ley N° 27.430, la Ley N° 27.431, el Decreto Reglamentario N° 118 de
fecha 17 de febrero de 2017, el Decreto N° 808 de fecha 6 de octubre
del 2017, el Decreto N° 902 de fecha 7 de noviembre de 2017, el Decreto
N° 936 de fecha 14 de noviembre de 2017, el Decreto N° 944 de fecha 17
de noviembre de 2017, y el Convenio de Coordinación Administrativa
entre el MINISTERIO DE TRANSPORTE y la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
para el Procedimiento de Selección del Contratista PPP del Proyecto
“Red de Autopistas y Rutas Seguras PPP - Etapa 1” (también denominado
Proyecto PPP Vial- Etapa 1) de fecha 12 de diciembre de 2017; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 27.328 se estableció el régimen relativo a los
contratos de participación público privada, definiendo a los mismos en
su Artículo 1° como aquellos celebrados entre los órganos y entes que
integran el Sector Público Nacional con el alcance previsto en el
Artículo 8º de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias (en carácter de
contratante), y sujetos privados o públicos en los términos que se
establece en dicha ley (en carácter de contratistas), con el objeto de
desarrollar proyectos en los campos de infraestructura, vivienda,
actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada
y/o innovación tecnológica.
Que la Ley Nº 27.328 fue reglamentada mediante el Decreto Nº 118 de
fecha 17 de febrero de 2017, modificado por el Decreto N° 936 de fecha
14 de noviembre de 2017.
Que por el Decreto Nº 902 de fecha 7 de noviembre de 2017 se estableció
la incorporación del régimen de la Ley Nº 27.328, como una modalidad
alternativa de contratación a la establecida en el Decreto N° 1.288 de
fecha 21 de diciembre de 2016.
Que por el expediente N° EX-2017-23987384- APN-DNV#MTR, tramita el
proyecto de participación público privada denominado Proyecto “Red de
Autopistas y Rutas Seguras PPP - Etapa 1” (también denominado Proyecto
PPP Vial- Etapa 1), propiciado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD en
su carácter de Ente Contratante para la contratación del diseño,
construcción, ampliación, mejora, remodelación, reparación,
mantenimiento, operación y explotación de diversas rutas nacionales
agrupadas en corredores viales bajo la modalidad prevista en la Ley Nº
27.328, el Decreto Reglamentario N° 118/2017 y su modificatorio Decreto
N° 936/2017.
Que en fecha 24 de noviembre de 2017 fue emitido por el MINISTRO DE
TRANSPORTE, en su calidad de Autoridad Convocante, el dictamen previsto
en el artículo 13 de la Ley N° 27.328 para el Proyecto PARTICIPACIÓN
PÚBLICO PRIVADA Vial Etapa 1 (EX-2017-23987384- -APN-DNV#MTR, número de
orden, 74).
Que en fecha 12 de diciembre de 2017, el MINISTERIO DE TRANSPORTE y la
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD suscribieron el Convenio de Coordinación
Administrativa para el Procedimiento de Selección del Contratista PPP
del Proyecto PPP Vial Etapa 1 donde se reconoció la conveniencia de que
la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, en su carácter de Ente Contratante,
reciba la documentación correspondiente y realice todos los actos
necesarios o convenientes para el mejor desarrollo del procedimiento de
contratación de Contratista PPP en relación con el Proyecto PPP Vial
Etapa 1 (CONVE-2017-32249199-APN-MTR – EX
-2017-31345664-APN-DMENYD#MTR).
Que conforme el artículo 2° apartado 2.1 de dicho Convenio corresponde
a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, entre otras: “2.1.7. Elaborar
circulares aclaratorias o modificatorias del Pliego, de oficio o como
respuesta a consultas según su exclusivo criterio”.
Que por la Resolución N° 147 de fecha 26 de enero de 2018 del registro
de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, se convocó a licitación pública
nacional e internacional con el objeto de contratar el diseño,
construcción, ampliación, mejora, reparación, remodelación, operación,
mantenimiento y explotación comercial de los CORREDORES VIALES
NACIONALES, descriptos en el Anexo I de la misma, bajo el régimen de la
Ley de Participación Público Privada N° 27.328 y su Decreto
Reglamentario N° 118/2017 y su modificatorio Decreto N° 936/2017 para
el Proyecto “Red de Autopistas y Rutas Seguras PPP – Etapa 1” y aprobó:
(i) el PBCG; (ii) los PBCP para el CORREDOR VIAL “A”, CORREDOR VIAL
“B”, CORREDOR VIAL “C”, CORREDOR VIAL “E”, CORREDOR VIAL “F” y CORREDOR
VIAL “SUR”; y (iii) el CONTRATO PPP y sus Anexos.
Que en el artículo 12, punto 12 del Decreto N° 118/2017 y en el Pliego
de Bases y Condiciones Generales, se establece que cualquier
comunicación escrita aclaratoria o modificatoria de la documentación
licitatoria emitida por la Autoridad Convocante de oficio o como
respuesta a consultas realizadas por los interesados será efectuada
mediante Circulares.
Que en dicho marco, se ha elaborado documentación complementaria y
modificatoria a la que fuera oportunamente aprobada por la Resolución
N° 147/2018 del Registro de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, por la
cual se efectuó el llamado a la Licitación Pública para el Proyecto
denominado “Red de Autopistas y Rutas Seguras PPP – Etapa 1”,
confeccionándose en consecuencia los proyectos de CIRCULAR CON CONSULTA
N° 4 y CIRCULAR SIN CONSULTA N° 9 para el mencionado Proyecto.
Que la GERENCIA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta DIRECCIÓN
NACIONAL DE VIALIDAD ha tomado la intervención que le compete mediante
Dictamen N° IF-2018-16380678-APN-AJ#DNV.
Que la presente medida se suscribe en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley N° 505/58 y sus modificatorios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Apruébanse la CIRCULAR CON CONSULTA N° 4 y la CIRCULAR
SIN CONSULTA N° 9 en el marco del llamado a Licitación Pública Nacional
e Internacional para el Proyecto “Red de Autopistas y Rutas Seguras PPP
– Etapa1” efectuado mediante la Resolución N° 147 de fecha 26 de enero
de 2018 del Registro de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, que como
Anexos I (IF-2018-16372849-APN-PYC#DNV) y II
(IF-2018-16373526-APN-PYC#DNV) respectivamente forman parte integrante
de la presente medida.
ARTÍCULO 2°- Publíquese la presente en el Boletín Oficial por el
término de TRES (3) días y en el sitio web de las NACIONES UNIDADES –
UN Development Business, en el sitio web del BANCO MUNDIAL denominado
DG Market y en el sitio equivalente del BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO.
ARTÍCULO 3°- Difúndanse la CIRCULAR CON CONSULTA N° 4 y la CIRCULAR SIN
CONSULTA N° 9 en el sitio web de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD y
en el sitio web de la SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA.
ARTÍCULO 4°- Tómese razón a través de la SUBGERENCIA DE DESPACHO Y MESA
GENERAL DE ENTRADAS, quien comunicará por medios electrónicos a las
áreas intervinientes de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD y pase
sucesivamente a la GERENCIA EJECUTIVA DE PLANEAMIENTO Y CONCESIONES, a
la GERENCIA EJECUTIVA DE LICITACIONES Y CONTRATACIONES y a la GERENCIA
EJECUTIVA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, COMUNICACIONES Y POLÍTICA a
fin de dar cumplimiento con los Artículos 2° y 3° precedentes.
ARTÍCULO 5°- Notifíquese, comuníquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. — Javier Alfredo Iguacel.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publican,
los mismos se encuentran disponibles en el sitio web de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE VIALIDAD, http://www.vialidad.gov.ar.
e. 16/04/2018 N° 24983/18 v. 18/04/2018