ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
Resolución 19/2018
Ciudad de Buenos Aires, 12/04/2018
VISTO el Expediente N° 909/2016 del Registro del ORGANISMO REGULADOR
DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), los Decretos Nros. 375 del
24 de abril de 1997 y 500 del 2 de junio de 1997, ambos ratificados por
el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 842 del 27 de agosto de 1997, las
Resoluciones Nros. 53 del 27 de mayo de 1998, 36 del 13 de marzo de
2001, 10 del 30 de enero de 2009, 55 del 29 de octubre de 2009, 23 del
10 de febrero de 2014 y 101 del 25 de noviembre de 2016, todas ellas
del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto tramita el análisis de la
situación de la ecuación económica financiera correspondiente a la
concesión del Aeropuerto Internacional “COMANDANTE ARMANDO TOLA” de la
Ciudad de EL CALAFATE, PROVINCIA DE SANTA CRUZ.
Que el 31 de octubre de 2017, la Provincia de Santa Cruz remitió al
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) el
Decreto Provincial Nº 958 del 25 de octubre de 2017 por el cual se
ratificó el Acta de Recomposición Contractual, que forma parte
integrante del mismo, suscripta oportunamente entre el Concedente y el
Concesionario de la Construcción, Mantenimiento, Administración y
Explotación Comercial del Aeropuerto Internacional “COMANDANTE ARMANDO
TOLA” de la Ciudad de EL CALAFATE, requiriendo la modificación del
valor de las Tasas de Uso de Aerostación Internacional y de Cabotaje.
Que posteriormente, se remitió al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) copia legalizada del Decreto N°182 del
13 de marzo de 2018, por el cual se aprueba una adenda suscripta con la
Provincia de SANTA CRUZ a la mencionada Acta Acuerdo.
Que se ha presentado la documentación económica y financiera a los
efectos de su análisis por parte de la GERENCIA DE REGULACIÓN ECONÓMICA
Y FINANCIERA de este ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS.
Que la GERENCIA DE REGULACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA
(PV-2018-05892300-APN-GREYF#ORSNA y PV-2018-11904910-APN-GREYF#ORSNA)
tomó como base de análisis los diversos informes y actualizaciones del
flujo de fondos que fueron aportados a las actuaciones durante el
transcurso de la revisión de los ingresos y egresos, realizándose un
estudio pormenorizado de cada uno de los rubros componentes del flujo
de fondos y de las pautas utilizadas para la proyección de los mismos.
Que el área técnica destacó que la situación del Aeropuerto
Internacional “COMANDANTE ARMANDO TOLA” de la Ciudad de EL CALAFATE
debe encuadrarse en el contexto general de aeropuertos que no integran
el Grupo “A” del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA), que no pueden
beneficiarse de los subsidios cruzados provenientes de aeropuertos
superavitarios del mismo grupo, y para los cuales se prevé un valor de
tasas superior que ayuda a generar los ingresos suficientes para el
mejoramiento de la infraestructura en las condiciones pactadas
contractualmente.
Que la GERENCIA DE REGULACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA desarrolló el
análisis económico y financiero pertinente concluyendo que corresponde
dejar sin efecto las Resoluciones ORSNA Nros. 55/09 y 23/14 propiciando
un nuevo Cuadro Tarifario para el Aeropuerto Internacional “COMANDANTE
ARMANDO TOLA” de la Ciudad de EL CALAFATE.
Que por Resolución N° 53 del 27 de mayo de 1998 del ORGANISMO REGULADOR
DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), se puso en vigencia el
Cuadro Tarifario Inicial aplicable en todos los aeropuertos que forman
parte del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA).
Que por Resolución N° 36 del 13 de marzo de 2001 del ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) se aprobó el
Cuadro Tarifario que como Anexo I formó parte de dicha resolución para
el Aeropuerto Internacional “COMANDANTE ARMANDO TOLA” de la Ciudad de
EL CALAFATE.
Que por Resolución N° 55 del 29 de octubre de 2009 del ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) se dispuso la
entrada en vigencia del Cuadro Tarifario, aprobado oportunamente por
Resolución Nº 10 del 30 de enero de 2009 del ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) en el Aeropuerto Internacional
“COMANDANTE ARMANDO TOLA” de la Ciudad de EL CALAFATE.
Que por Resolución N° 23 del 10 de febrero de 2014 del ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) se dispuso la
entrada en vigencia de la “SOBRETASA PARA MEJORAMIENTO Y DESARROLLO DE
LA INFRAESTRUCTURA” en el mencionado aeropuerto.
Que por Resolución N° 101 del 25 de noviembre de 2016 del ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) se aprobó el
Cuadro Tarifario vigente actualmente en los Aeropuertos que integran el
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA).
Que por el Artículo 2° de la mencionada medida se estableció que se
difería su entrada en vigencia para distintos aeropuertos concesionados
del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA) que no integran el Grupo “A”
de Aeropuertos, entre los cuales se encuentra el Aeropuerto
Internacional “COMANDANTE ARMANDO TOLA” de la Ciudad de EL CALAFATE, en
función de que dichas concesiones se rigen por un marco normativo
particular, por lo que continuarán aplicando las tasas actualmente
vigentes hasta tanto los Concesionarios y las respectivas Autoridades
de Aplicación, en forma conjunta con el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), analicen las implicancias del Cuadro
Tarifario en sus respectivos marcos normativos.
Que en lo que respecta a la competencia específica que recae sobre este
Organismo de Control, el Decreto Nº 375 del 24 de abril de 1997 prevé
en el artículo 17.7, entre sus funciones la de “Establecer las bases y
criterios para el cálculo de las tasas y aprobar los correspondientes
cuadros tarifarios para lo cual tomará las medidas necesarias, a fin de
determinar las metodologías de asignación de costos e ingresos que
permitan evaluar la razonabilidad de las tarifas a aplicar”.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la debida intervención.
Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)
es competente para el dictado de la presente, conforme lo dispone el
Artículo 3º de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº
19.549, lo dispuesto por el Decreto N° 375/97 y demás normativa citada
precedentemente.
Que en Reunión de Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) del 10 de abril de 2018 se ha
considerado el asunto, facultándose al suscripto a dictar la presente
medida.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto las Resoluciones ORSNA Nros. 55 de fecha 29 de octubre de 2009 y 23 del 10 de febrero de 2014.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Cuadro Tarifario a aplicarse en el Aeropuerto
Internacional “COMANDANTE ARMANDO TOLA” de la Ciudad de EL CALAFATE,
Provincia de Santa Cruz, el que como IF-2018-15467206-APN-GREYF#ORSNA
forma parte integrante de la presente medida, el cual entrará en
vigencia a partir de los DIEZ (10) días hábiles de la publicación de la
presente en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Disponer que el Concesionario LONDON SUPPLY S.A.C.I.F.I
podrá percibir la TASA DE USO DE AEROSTACIÓN DE CABOTAJE y la TASA DE
USO DE AEROSTACIÓN INTERNACIONAL a los valores del Cuadro Tarifario
aprobado en el artículo segundo de la presente medida respecto de los
pasajes que se vendan a partir de los DIEZ (10) días hábiles de la
publicación de la presente en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Requerir a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
(ANAC) la publicación ante quienes corresponda de lo dispuesto en la
presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a la PROVINCIA de SANTA CRUZ, a la Empresa
LONDON SUPPLY S.A.C.I.F.I. Publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Patricio Di Stefano.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 17/04/2018 N° 24945/18 v. 17/04/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)