ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 2908/2018
RESOL-2018-2908-APN-ENACOM#MM – Fecha: 16/04/2018 - EX-2017-32405819-APN-SDYME#ENACOM
El Presidente del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:
1.- Convócar a concurso público abierto en todo el territorio nacional
para el otorgamiento de subsidios de hasta PESOS SEISCIENTOS MIL
($600.000) correspondientes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS
DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (FOMECA) LÍNEA N° 1 EQUIPAMIENTO Y
ADECUACIÓN EDILICIA PARA SERVICIOS DE RADIOFUSIÓN SONORA Y DE
PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS RADIOFÓNICOS - PRIMERA EDICIÓN a: a)
Organizaciones Sociales titulares de servicios de radiodifusión
contempladas en la Ley N° 26.522, con personería jurídica otorgada por
la Inspección General de Justicia o Direcciones Provinciales Personas
Jurídicas correspondientes, en el caso de tratarse de asociaciones
civiles y fundaciones; o por el Instituto Nacional de Asociativismo y
Economía Social (INAES), si se tratara de cooperativas y mutuales, que
cuenten con licencia vigente en los términos de la Ley N° 26.522. b)
Organizaciones Sociales titulares de servicios de radiodifusión
contempladas en la Ley N° 26.522, con personería jurídica otorgada por
la Inspección General de Justicia o Direcciones Provinciales de
Personas Jurídicas correspondientes, en el caso de tratarse de
asociaciones civiles y fundaciones; o por el Instituto Nacional de
Asociativismo y Economía Social (INAES), si se tratara de cooperativas
y mutuales, que cuenten con reconocimiento vigente en los términos de
la Resolución N° 753– COMFER/06. c) Pueblos Originarios con personería
jurídica nacional inscriptos en el Registro Nacional de Organizaciones
de Pueblos Indígenas (RENOPI) y Comunidades Indígenas con personería
jurídica inscriptas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas
(RENACI) y/o en los organismos provinciales pertinentes y que sean
titulares de servicios de radiodifusión contemplados en la Ley N°
26.522.
2.- Convócar a concurso público abierto en todo el territorio nacional
para el otorgamiento de subsidios de hasta PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA
MIL ($250.000) correspondientes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA
MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL LÍNEA N° 1 EQUIPAMIENTO Y ADECUACIÓN
EDILICIA PARA SERVICIOS DE RADIOFUSIÓN SONORA Y DE PRODUCCIÓN DE
CONTENIDOS RADIOFÓNICOS - PRIMERA EDICIÓN a: a) Organizaciones Sociales
titulares de servicios de radiodifusión contempladas en la Ley N°
26.522, con personería jurídica otorgada por la Inspección General de
Justicia o Direcciones Provinciales de Personas Jurídicas
correspondientes, en el caso de tratarse de asociaciones civiles y
fundaciones; o por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía
Social (INAES), si se tratara de cooperativas y mutuales, que resulten
empadronados en los términos de la Resolución N° 1102-AFSCA/15. b)
Organizaciones Sociales con personería jurídica sin fines de lucro en
cuyo objeto social se incluya la difusión, propagación y/o producción
de contenidos, que acrediten su constitución regular en forma previa a
la convocatoria pertinente. Asimismo, dichas organizaciones deberán
encontrarse inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras,
creado por el artículo 58 de la Ley N° 26.522. c) Pueblos Originarios
con personería jurídica nacional inscriptos en el Registro Nacional de
Organizaciones de Pueblos Indígenas (RENOPI) y Comunidades Indígenas
con personería jurídica inscriptas en el Registro Nacional de
Comunidades Indígenas (RENACI) y/o en los organismos provinciales
pertinentes que se encuentren inscriptos en el Registro Público de
Señales y Productoras, creado por el artículo 58 de la Ley N° 26.522.
3.- Aprobar el Reglamento Particular para la Convocatoria a Concurso
Público Abierto del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE
COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL (FOMECA) LÍNEA N° 1 EQUIPAMIENTO Y ADECUACIÓN
EDILICIA PARA SERVICIOS DE RADIOFUSIÓN SONORA Y DE PRODUCCIÓN DE
CONTENIDOS RADIOFÓNICOS – PRIMERA EDICIÓN que, como
IF-2018-15208776-APN-DNFYD#ENACOM, forma parte de la presente.
4.- Establecer que la retribución a percibir por cada integrante del
COMITÉ DE EVALUACIÓN, en concepto de honorarios, en los términos del
artículo 28 del Reglamento General del FOMECA, aprobado por la
Resolución del DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Nº
5.919/17, es hasta la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000) y no podrá
superar, en dicho concepto, la suma total de PESOS NOVENTA MIL ($
90.000), quedando excluidos de la misma quienes sean funcionarios y/o
dependientes de la Administración Pública Nacional.
5.- Establecer que la compensación en concepto de viáticos que podrán
percibir los integrantes del COMITÉ DE EVALUACIÓN, en los términos del
artículo 28 el Reglamento General del FOMECA, aprobado por la
Resolución del DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Nº
5.919/17, no podrá superar la suma de PESOS NOVENTA Y CINCO MIL ($
95.000).
6.- Para el cumplimiento de los compromisos resultantes de la
aprobación de los subsidios emergentes de la convocatoria del FONDO DE
FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL LÍNEA Nº 1
EQUIPAMIENTO Y ADECUACIÓN EDILICIA PARA SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN
SONORA Y DE PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS RADIOFÓNICOS - PRIMERA EDICIÓN, el
DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES podrá destinar hasta la
suma de PESOS DIECISIETE MILLONES CINCUENTA MIL ($ 17.050.000)
financiada con los recursos cuyo destino es asignado por el artículo
97, inciso f) de la Ley Nº 26.522.
7.- Autorízar al Servicio Administrativo Financiero a emitir las
correspondientes Órdenes de Pago hasta las sumas establecidas para cada
concepto en los artículos 4º y 5º de la presente Resolución.
8.- En cumplimiento del artículo 13 del Reglamento General del FOMECA,
la Convocatoria a Concurso Abierto establecida por la presente, será
publicada en la página WEB del organismo y en DOS (2) diarios de
difusión masiva.
9.- El gasto resultante será imputado a las partidas específicas del
presupuesto del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES correspondiente al
ejercicio 2018.
10.- La aprobación del Reglamento Particular para la Convocatoria a
Concurso Público Abierto del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS
DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL LÍNEA Nº 1 EQUIPAMIENTO Y ADECUACIÓN
EDILICIA PARA SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN SONORA Y DE PRODUCCIÓN DE
CONTENIDOS RADIOFÓNICOS - PRIMERA EDICIÓN, lo es ad Referéndum del
DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES en los términos del
artículo 2° del Reglamento General del FOMECA.
11.- Comuníquese, publíquese.
Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
Nota: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 17/04/2018 N° 25420/18 v. 17/04/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)