MINISTERIO DE FINANZAS
DEUDA PÚBLICA
Resolución 87/2018
Dispónese la ampliación de la emisión de Bonos de la Nación Argentina en pesos.
Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2018
Visto el expediente EX-2018-17062473-APN-MF, las leyes 24.156 y 27.431
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio
2018, los decretos 1344 del 4 de octubre de 2007, 32 del 12 de enero de
2017 y 249 del 26 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que en el Título III de la ley 24.156 de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional se regula el
Sistema de Crédito Público estableciéndose en el artículo 60 que las
entidades de la Administración Nacional no podrán formalizar ninguna
operación de crédito público que no esté contemplada en la ley de
presupuesto general del año respectivo o en una ley específica.
Que en el artículo 32 de la ley 27.431 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el ejercicio 2018 se autoriza, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo citado en el considerando
anterior, a los entes que se mencionan en la Planilla Anexa al mismo, a
realizar operaciones de crédito público por los montos,
especificaciones y destino del financiamiento indicados en la referida
planilla, y se autoriza al Órgano Responsable de la Coordinación de los
Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional a
realizar las operaciones de crédito público correspondientes a la
Administración Central.
Que en el apartado I del artículo 6º del Anexo del decreto 1344 del 4
de octubre de 2007, modificado mediante el artículo 10 del decreto 32
del 12 de enero de 2017, se establece que las funciones de Órgano
Responsable de la Coordinación de los Sistemas que integran la
Administración Financiera del Sector Público Nacional, serán ejercidas
en lo que refiere al Sistema de Crédito Público por el Ministerio de
Finanzas.
Que mediante el artículo 1° del decreto 249 del 26 de marzo de 2018 se
ratificó la “Adenda al Entendimiento Contractual celebrado el 18 de
noviembre de 2011 entre la Unidad de Renegociación y Análisis de
Contratos de Servicios Públicos (UNIREN) y la U.T.E. integrada por
TECHINT Compañía Técnica Internacional S.A.C. E I, Salini Impregilo
S.P.A. Sucursal Argentina e IGLYS S.A”, suscripta entre el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Hacienda y la Unión
Transitoria de Empresas integrada por TECHINT Compañía Técnica
Internacional S.A.C.E I., Salini Impregilo S.P.A. Sucursal Argentina e
IGLYS S.A, cada una de las empresas integrantes de la UTE y el
Fiduciario y Dador del Leasing SANTANDER RÍO TRUST S.A.
Que en el artículo 2° del decreto citado en el considerando precedente
se instruyó al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas
que integran la Administración Financiera del Sector Público Nacional a
disponer la ampliación de la emisión de los “BONOS DE LA NACIÓN
ARGENTINA EN PESOS BADLAR PRIVADA + 200 pb VENCIMIENTO 2022”,
originalmente emitidos por el artículo 1° de la resolución 43-E del 29
de marzo de 2017 del Ministerio de Finanzas (RESOL-2017-43-APN-MF) por
hasta las sumas necesarias para la cancelación del saldo impago del
contrato de construcción, fideicomiso y leasing del Complejo
Penitenciario I - Ezeiza.
Que en el mencionado artículo 2° se dispone que a los efectos de la
cancelación de dichas obligaciones, cuyo monto representará el noventa
por ciento (90%) del monto calculado conforme las cláusulas del
Entendimiento Contractual, el valor de mercado de los “BONOS DE LA
NACIÓN ARGENTINA EN PESOS BADLAR PRIVADA + 200 pb VENCIMIENTO 2022”,
será el que determine la Oficina Nacional de Crédito Público
dependiente de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Finanzas, en
función del promedio de los precios registrados en la punta compradora
y la vendedora el día hábil previo a la fecha del dictado de la norma.
Que la Oficina Nacional de Crédito Público ha informado que esta
operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la
Planilla Anexa al artículo 32 de la ley 27.431.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el
artículo 32 de la ley 27.431, en el apartado I del artículo 6º del
Anexo al decreto 1344/2007 y en el artículo 2° del decreto 249/2018.
Por ello,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Disponer la ampliación de la emisión de los “BONOS DE LA
NACIÓN ARGENTINA EN PESOS BADLAR PRIVADA + 200 pb VENCIMIENTO 2022”,
originalmente emitidos mediante el artículo 1° de la resolución 43-E
del 29 de marzo de 2017 del Ministerio de Finanzas
(RESOL-2017-43-APN-MF), por hasta un valor nominal original pesos un
mil ochenta y cinco millones cuatrocientos diecinueve mil novecientos
ocho (VNO $ 1.085.419.908), para la cancelación del saldo impago del
Contrato de Construcción, Fideicomiso y Leasing del Complejo
Penitenciario I – Ezeiza.
ARTÍCULO 2º.- Autorizar al Secretario de Finanzas, o al Director
Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público o al Director de
Administración de la Deuda Pública o al Director de Programación e
Información Financiera o al Director de Análisis del Financiamiento o
al Coordinador de Registro de la Deuda Pública o al Coordinador de
Emisión de Deuda Interna, a suscribir en forma indistinta la
documentación necesaria para la implementación de la operación
dispuesta en el artículo 1° de esta medida.
ARTÍCULO 3º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su dictado.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Luis Andres Caputo.
e. 24/04/2018 N° 27620/18 v. 24/04/2018