MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 38/2018
Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2018
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2018-17861020- -APN-SECMA#MM, la
Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de marzo de 2016, 561 del
6 de abril de 2016 y 894 del 1° de noviembre de 2017, las Resoluciones
Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 355-E del 14 de septiembre de 2016
(RESOL-2016-355-APN-MM) y 466-E del 11 de Noviembre de 2016
(RESOL-2016-466-E-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la
Resolución N° 3 del 21 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y
en su artículo 48 estableció que el Estado Nacional, dentro de las
jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°
24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que
posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,
búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por
parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.
Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 aprobó el PLAN DE
MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contemplando el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO
DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontal informática
de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y
otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los
fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad
de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el
seguimiento público de cada expediente.
Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016 aprobó la implementación
del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema
integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público
Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de
expedientes electrónicos.
Que el mencionado Decreto N° 561/2016 ordenó a las entidades y
jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que
componen el Sector Público Nacional, la utilización del sistema de
Gestión Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las
actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que el artículo 6 del citado Decreto N° 561/2016 facultó a la
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y
operativas necesarias para la implementación del sistema de GESTIÓN
DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas
informáticos de gestión documental.
Que el Decreto N° 894 del 1° de Noviembre de 2017 aprobó el Reglamento
de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 T.O. 2017, y
estableció que las autoridades administrativas actuarán de acuerdo con
los principios de sencillez y eficacia, procurando la simplificación de
los trámites, y facilitando el acceso de los ciudadanos a la
administración a través de procedimientos directos y simples por medios
electrónicos.
Que la Resolución N° 3 del 21 de Abril de 2016 de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprobó la
implementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador de
Documentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico”
(EE) todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Que la Resolución N° 65 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN del 21 de Abril
de 2016, estableció el cronograma de implementación de los módulos
“Comunicaciones Oficiales” (CCOO) y “Generador Electrónico de
Documentos Oficiales” (GEDO) en los MINISTERIOS DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS, DE SALUD y DE CULTURA, a partir del 25 de Abril de 2016.
Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de Abril de 2016, 355-E del 14 de
Septiembre de 2016 (RESOL-2016-355-APN-MM) y 466- E del 11 de Noviembre
de 2016 (RESOL-2016-466-E-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN,
establecieron los cronogramas de implementación del módulo “Expediente
Electrónico” (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)
en los MINISTERIOS DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, DE SALUD y DE
CULTURA, a partir del 10 de Mayo de 2016, del 1° de Octubre de 2016 y
del 1° de Diciembre de 2016, respectivamente.
Que, en consecuencia, resulta necesario instruir a la CINEMATECA Y
ARCHIVO DE LA IMAGEN NACIONAL, a la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE
BIBLIOTECAS POPULARES y al BALLET NACIONAL, todos dependientes del
MINISTERIO DE CULTURA; al INSTITUTO UNIVERSITARIO NACIONAL DE DERECHOS
HUMANOS “MADRES DE PLAZA DE MAYO”, dependiente del MINISTERIO DE
JUSTICIA y DERECHOS HUMANOS; y al INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO
COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE - INCUCAI, dependiente del
MINISTERIO DE SALUD, para que a partir del 2 de Mayo de 2018 cierren la
caratulación de expedientes en soporte papel, debiendo hacerlo a través
del módulo “Expediente Electrónico” (EE) del sistema de Gestión
Documental Electrónica – GDE.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/2016.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Instrúyese a los siguientes organismos para que a partir
del 2 de Mayo del 2018 cierren la caratulación de expedientes en
soporte papel, debiendo hacerlo exclusivamente a través del módulo
Expediente Electrónico (EE) del sistema de Gestión Documental
Electrónica - GDE:
a) CINEMATECA Y ARCHIVO DE LA IMAGEN NACIONAL, dependiente del MINISTERIO DE CULTURA.
b) COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, dependiente del MINISTERIO DE CULTURA
c) BALLET NACIONAL, dependiente del MINISTERIO DE CULTURA.
d) INSTITUTO UNIVERSITARIO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS “MADRES DE
PLAZA DE MAYO”, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS.
e) INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE - INCUCAI, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 2°. - Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN - SIGEN.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Eduardo Nicolás Martelli.
e. 25/04/2018 N° 27746/18 v. 25/04/2018