ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO

Decreto 365/2018

Establécese remuneración.

Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-09273458-APN-DMENYD#MTR, las Leyes N° 23.696 y N° 24.093; los Decretos Nros. 1456 de fecha 4 de septiembre de 1987, 817 de fecha 28 de mayo de 1992, 1029 de fecha 24 de junio de 1992 y 528 de fecha 29 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1456/87, dispuso la transformación de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS EMPRESA DEL ESTADO en Sociedad del Estado, conforme los términos del artículo 9° de la Ley N° 20.705 y aprobó su Estatuto.

Que posteriormente, la Ley de Reforma del Estado y Emergencia Administrativa N° 23.696, determinó la emergencia económico financiera de todos los organismos detallados en su artículo 1°, incluyéndose las Sociedades del Estado, y en su artículo 3°, se especificaron las funciones y atribuciones del Interventor.

Que como consecuencia de la sanción de la Ley Nacional de Puertos N° 24.093, se produjo la descentralización de la actividad portuaria y transferencia de los puertos de todo el país a sus respectivas provincias y, no obstante que dicha Ley establecía la transferencia del PUERTO BUENOS AIRES a la órbita de la entonces MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES, por el Decreto N° 1029/92, se vetó en forma parcial la citada norma respecto de la transferencia del Puerto BUENOS AIRES a la jurisdicción municipal.

Que, en consecuencia, a la fecha, el Puerto BUENOS AIRES se mantiene en la jurisdicción del ESTADO NACIONAL.

Que la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO tiene entre sus principales funciones y misiones, la explotación y mantenimiento de la infraestructura de las áreas no concesionadas, como así también las funciones de Autoridad de Aplicación y Ente de Contralor del cumplimiento de las obligaciones contractuales de los concesionarios de las terminales privadas frente al ESTADO NACIONAL y las tareas de mantenimiento, dragado y balizamiento de los canales de acceso al Puerto BUENOS AIRES y del vaso portuario.

Que, por otro lado, mediante el Decreto N° 528/16, se designó como actual Interventor de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO al Señor D. Gonzalo Osvaldo Rodrigo MORTOLA (D.N.I N° 23.463.369) con una remuneración equivalente a la de Subsecretario.

Que, en tal sentido, teniendo en cuenta la importancia del transporte por agua y las actividades y servicios que se prestan dentro del Puerto BUENOS AIRES, principal Puerto del país, cuestión que constituye un factor decisivo en la formación de los costos y precios de la economía nacional – los que tienen consecuencia directa tanto para el comercio interior como para mejorar las condiciones para un pleno desarrollo del comercio exterior-, y ponderando la responsabilidad que tal tarea implica, es menester jerarquizar el cargo del Interventor de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, equiparando salarialmente el cargo al de Secretario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Establécese que la remuneración del Interventor de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, será equivalente a la de Secretario.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande la presente medida será imputado a las partidas específicas de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Guillermo Javier Dietrich.

e. 26/04/2018 N° 28730/18 v. 26/04/2018