ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución 14/2018

Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2018

VISTO la Actuación SIGEA N° 13333-58-2017 del Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO,

Que entre los días 23 y 27 de mayo de 2018 se llevará a cabo en el predio de La Rural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la 27ª Feria de Arte Contemporáneo “arteBA.2018”.

Que la trascendencia del citado evento y la difusión local e internacional del arte contemporáneo convierten al mismo en un centro de negocios para el arte latinoamericano, posibilitando la expansión de dicho mercado.

Que en tal sentido y para mantener el liderazgo latinoamericano como centro de negocios del mercado del arte frente a otras ferias extranjeras, resulta oportuno tomar los recaudos necesarios a fin de adoptar las medidas tendientes a agilizar los trámites operativos aduaneros que correspondan.

Que a tales fines, y en concordancia con el Ministerio de Cultura de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Bienes y sitios Culturales, se propicia la instalación de una oficina de esta Dirección General de Aduanas para la prestación de los servicios “in situ” en lo que hace a las autorizaciones pertinentes en materia de importación y exportación de las obras exhibidas en dicha feria.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales Técnico Legal Aduanera y de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6° y el Artículo 9° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- La Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, prestará sus servicios en la 27ª Feria de Arte Contemporáneo “arteBA.2018”, a llevarse a cabo entre los días 23 y 27 de mayo del corriente año, de la siguiente forma: el día 23 de mayo en el horario de 11 a 21hs. y del 24 al 27 de mayo en el horario de 14.00 a 22.00 hs.

Los servicios de esta Dirección General de Aduanas serán prestados en el despacho habilitado para tal fin en el Pabellón Azul y Verde del predio de La Rural, identificado bajo el nombre de AFIP-ADUANA, cuyo plano obra en el Anexo IF-2018-00049594-AFIP-DIGERP#DGADUA

ARTÍCULO 2°.- La Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, a través de la Sección Despacho y Gestión, designará a los agentes necesarios para prestar funciones en los términos y condiciones establecidos en la presente.

ARTÍCULO 3°.- Habilitar a los agentes designados a autorizar dentro del predio las operaciones de transferencia de Destinación Suspensiva de Importación Temporaria, liquidación y afectación de los tributos inherentes a la nacionalización y las operaciones de exportación de obras de arte, conforme lo establecido por el Decreto N° 217 del 9 de marzo de 2018.

ARTÍCULO 4°.- El registro de las solicitudes detalladas en el artículo 3° procederán por trámite simplificado en el marco de la Resolución General N° 3.628 -CÓDIGO AFIP-, de acuerdo a lo establecido en el Anexo IF-2018-00049595-AFIP-DIGERP#DGADUA, en concordancia con los lineamientos establecidos en el artículo 11 de la Ley 24.633.

ARTÍCULO 5°.- La transferencia de obras de arte ingresadas al amparo de una Destinación Suspensiva de Importación Temporaria se realizarán mediante el modelo de nota obrante en el Anexo IF-2018-00049604- AFIP-DIGERP#DGADUA

ARTÍCULO 6°.- Esta Resolución tendrá vigencia durante el transcurso de la 27ª Feria de Arte Contemporáneo “arteBA.2018” y el procedimiento establecido será de aplicación únicamente para las mercaderías allí expuestas.

ARTÍCULO 7°.- Aprobar los Anexos IF-2018-00049594-AFIP-DIGERP#DGADUA, IF-2018-00049595- AFIP-DIGERP#DGADUA e IF-2018-00049604-AFIP-DIGERP#DGADUA

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Diego Jorge Davila.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 26/04/2018 N° 28294/18 v. 26/04/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)