MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Decisión Administrativa 857/2018
Desígnase Director Nacional de Seguimiento y Control de Obras.
Ciudad de Buenos Aires, 03/05/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-11880803-APN-MM, la Ley N° 27.431, los
Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, N° 355 del 22 de mayo de 2017 y N° 174 del 2 de marzo
de 2018 y su modificatorio, y las Decisiones Administrativas N° 300 del
12 de marzo de 2018 y N° 338 del 16 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda
designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Nacional, centralizada y
descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad
correspondiente.
Que por el Decreto N° 174/18 y su modificatorio, se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos
objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Que por la Decisión Administrativa N° 300/18 se aprobó la estructura
organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DEL INTERIOR,
OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Que el referido Ministerio solicita la designación transitoria del
señor Marcelo Daniel CANO (D.N.I. N° 27.691.613) en el cargo de
Director Nacional de Seguimiento y Control de Obras (Nivel A, Grado 0,
Función Ejecutiva Nivel I del SINEP) dependiente de la SECRETARÍA DE
INFRAESTRUCTURA URBANA a fin de asegurar el cumplimiento de los
objetivos asignados a dicha dependencia.
Que dicha Jurisdicción cuenta con la respectiva vacante financiada,
motivo por el cual la presente medida no constituye asignación de
recurso extraordinario.
Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
tomó la intervención que le compete, conforme el artículo 3° de la
Decisión Administrativa N° 338/18, habiendo verificado la existencia
del cargo a cubrir transitoriamente.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y del artículo
2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase con carácter transitorio en la planta
permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a
partir del 12 de marzo de 2018 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el
cargo de Director Nacional de Seguimiento y Control de Obras (Nivel A,
Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SINEP) dependiente de la
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA URBANA, al señor Marcelo Daniel CANO
(D.N.I. N° 27.691.613), con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo
III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°
2098/08, sus modificatorios y complementarios, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del citado
Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
decisión administrativa, deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III y IV, y VIII, y IV del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, sus
modificatorios y complementarios, en el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR,
OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.
e. 04/05/2018 N° 30391/18 v. 04/05/2018