ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 4235
Régimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes (RS). Recategorización. Cuatrimestre enero/abril de
2018. Resolución General N° 2.746, sus modificatorias y
complementarias. Norma complementaria.
Ciudad de Buenos Aires, 02/05/2018
VISTO la Ley N° 27.430 y la Resolución General N° 2.746, sus modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que el Título V de la Ley Nº 27.430 introdujo modificaciones al Régimen
Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) previsto en el Anexo de
la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias.
Que entre tales modificaciones, se sustituyó el Artículo 9° del
referido Anexo, estableciendo que la recategorización se efectuará por
semestre calendario (enero/junio y julio/diciembre), a diferencia de la
recategorización cuatrimestral que rige hasta la fecha en que comenzará
a producir efectos la citada modificación.
Que las disposiciones del aludido Título V surtirán efectos a partir del 1° de junio de 2018.
Que conforme el Artículo 17 de la Resolución General N° 2.746, sus
modificatorias y complementarias, la recategorización correspondiente
al cuatrimestre enero/abril debe efectuarse hasta el día 20 de mayo de
cada año.
Que en virtud del objetivo permanente de este Organismo de facilitar a
los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales, y a fin de evitar duplicidad en la carga administrativa de
los pequeños contribuyentes, dada la proximidad de la recategorización
que deberá efectuarse por el primer semestre calendario del 2018,
resulta oportuno disponer que con esta última se dará por cumplida la
correspondiente al cuatrimestre enero/abril de 2018.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Recaudación, de Servicios al Contribuyente y de Técnico Legal de los
Recursos de la Seguridad Social, y la Dirección General de los Recursos
de la Seguridad Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
las disposiciones del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y
complementarias, y por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de
julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- La recategorización en el Régimen Simplificado (RS)
correspondiente al cuatrimestre enero/abril de 2018, se considerará
cumplida en término siempre que el pequeño contribuyente proceda a
efectuar la recategorización correspondiente al semestre enero/junio de
2018, en los plazos y condiciones que a tales efectos disponga este
Organismo.
ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Leandro German Cuccioli.
e. 04/05/2018 N° 29912/18 v. 04/05/2018