MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 864/2018
Desígnase Director Nacional de Fiscalización del Trabajo y la Seguridad Social.
Ciudad de Buenos Aires, 04/05/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-16141771-APN-MM, la Ley N° 27.431, los
Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y 174 de fecha 2 de
marzo de 2018, las Decisiones Administrativas Nros. 296 del 9 de marzo
de 2018 y 338 del 16 de marzo del 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda
designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N° 174/18 se aprobó el organigrama de aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se
encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL.
Que por la Decisión Administrativa N° 296/18 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL solicita la
cobertura transitoria del cargo vacante financiado de Director Nacional
de Fiscalización del Trabajo y la Seguridad Social dependiente de la
SECRETARÍA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, Nivel A – Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus
modificatorios y complementarios.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados al citado Ministerio.
Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO dependiente del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo
expuesto en la Decisión Administrativa N° 338/18.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y del artículo
2º del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase transitoriamente, a partir del 14 de marzo de
2018 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
desde la fecha de la presente medida, al doctor Pablo Andrés YANNIBELLI
(M.I. N° 25.514.277), en el cargo de Director Nacional de Fiscalización
del Trabajo y la Seguridad Social dependiente de la SECRETARÍA DE
TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Nivel A –
Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del citado
Convenio Colectivo, con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho ordenamiento.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
decisión administrativa, deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente,
en el Título II, Capítulos III, IV y VIII; y en el Título IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº
2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la presente
medida.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 75 –
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alberto Jorge Triaca.
e. 07/05/2018 N° 30692/18 v. 07/05/2018