MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 42/2018
Ciudad de Buenos Aires, 03/05/2018
VISTO la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de Marzo de 2016,
561 del 6 de Abril de 2016 y 894 del 1° de Noviembre de 2017, las
Resoluciones Nros. 65 del 21 de Abril de 2016 y 101 del 26 de Mayo de
2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Resolución N° 3 del 21 de
Abril de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y el Expediente Electrónico N° EX
-2018-20334933- -APN-SECMA#MM, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y
en su artículo 48 estableció que el Estado Nacional, dentro de las
jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°
24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que
posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,
búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por
parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.
Que el Decreto Nº 434 del 1º de Marzo de 2016 aprobó el PLAN DE
MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contemplando el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO
DIGITAL el que propone implementar una plataforma horizontal
informática de generación de documentos y expedientes electrónicos,
registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la
administración a los fines de facilitar la gestión documental, el
acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los
plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.
Que el Decreto Nº 561 del 6 de Abril de 2016 aprobó la implementación
del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema
integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público
Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de
expedientes electrónicos.
Que el mencionado Decreto N° 561/2016 ordenó a las entidades y
jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que
componen el Sector Público Nacional la utilización del sistema de
Gestión Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las
actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que el artículo 6 del citado Decreto N° 561/2016 facultó a la
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y
operativas necesarias para la implementación del sistema de GESTIÓN
DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas
informáticos de gestión documental.
Que el Decreto N° 894 del 1° de noviembre de 2017, que aprobó el
Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1759/72 T.O. 2017,
estableció que las autoridades administrativas actuarán de acuerdo con
los principios de sencillez y eficacia, procurando la simplificación de
los trámites, y facilitando el acceso de los ciudadanos a la
administración a través de procedimientos directos y simples por medios
electrónicos.
Que la Resolución N° 3 del 21 de Abril de 2016 de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprobó la
implementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador de
Documentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico”
(EE) todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Que la Resolución N° 65 del 21 de Abril de 2016 del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN estableció el uso obligatorio de los módulos
“Comunicaciones Oficiales” (CCOO) y “Generador Electrónico de
Documentos Oficiales” (GEDO) del sistema de Gestión Documental
Electrónica (GDE) en el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN a partir del 25 de
Abril de 2016.
Que la Resolución N° 101 del 26 de Mayo de 2016 del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN estableció el uso obligatorio del módulo “Expediente
Electrónico” (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)
en el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN a partir del 1° de Julio de 2016.
Que, en consecuencia, corresponde establecer que a partir del 11 de
Mayo de 2018 la totalidad de sus actos administrativos del MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN deberán confeccionarse y firmarse mediante el módulo
“Generador Electrónico de Documentos Oficiales” (GEDO) del sistema de
Gestión Documental Electrónica (GDE).
Que, en virtud de lo precedentemente expuesto, resulta necesario
establecer el procedimiento de cierre de registros y comunicación a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA.
Que la presente medida no produce efectos directos sobre los
administrados ni tampoco implica mayor erogación presupuestaria alguna
para el ESTADO NACIONAL que amerite la intervención previa del servicio
jurídico permanente de esta jurisdicción en los términos del artículo
7° inciso d) de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y
sus modificatorias.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/2016.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese que a partir del 11 de Mayo de 2018 la
totalidad de los actos administrativos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
deberán confeccionarse y firmarse mediante el módulo “Generador
Electrónico de Documentos Oficiales” (GEDO) del sistema de Gestión
Documental Electrónica (GDE).
ARTÍCULO 2°.- Establécese que los funcionarios responsables de las
unidades de Despacho y Mesa de Entradas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN,
deberán cerrar los registros de los actos administrativos
instrumentados en soporte papel y/o en cualquier otro soporte, y
deberán informar, mediante el módulo de COMUNICACIONES OFICIALES (CCOO)
del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, el último número asignado a dichos actos
administrativos obrante en sus respectivos registros, a fin de proceder
a la continuación de la numeración correspondiente en el sistema de
Gestión Documental Electrónica (GDE).
ARTÍCULO 3°. - Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN – SIGEN.
ARTÍCULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Eduardo Nicolás Martelli.
e. 07/05/2018 N° 30861/18 v. 07/05/2018