MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
Decisión Administrativa 965/2018
Designación.
Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2018
VISTO el Expediente N° EX-2017-08547851-APN-DDYME#MEM, la Ley N°
27.431, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, 231 de fecha 22 de diciembre de 2015,
355 de fecha 22 de mayo de 2017, 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y su
modificatorio, las Decisiones Administrativas N° 761 de fecha 27 de
julio de 2016 y N° 316 del 13 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda
designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada a propuesta de la Jurisdicción o Entidad
correspondiente.
Que por el Decreto N° 174/18 y su modificatorio se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos
objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que por la Decisión Administrativa Nº 316/18 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA.
Que, a través del Decreto N° 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, se
aprobó la entonces conformación organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA
Y MINERÍA.
Que por el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 761 de fecha 27
de julio de 2016 se aprobó, entre otras, la entonces estructura
organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE MINERÍA del
citado Ministerio y se incorporaron, homologaron, reasignaron y
derogaron del Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos
pertenecientes a dicha Cartera.
Que deviene necesario por razones de servicio, en el ámbito del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, cubrir transitoriamente UN (1) cargo
vacante correspondiente a la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE
INFRAESTRUCTURA Y CADENA DE VALOR actual DIRECCIÓN NACIONAL DE
INFRAESTRUCTURA MINERA de la SUBSECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD MINERA
del citado Ministerio, a fin de optimizar el funcionamiento de la
organización y el efectivo cumplimiento de las competencias asignadas a
la citada Subsecretaría.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del
citado Ministerio, aprobado por la Ley N° 27.431 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, a fin de atender
el gasto resultante de la designación alcanzada por la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el
artículo 2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase transitoriamente, a partir del 1° de mayo de
2017 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir
del dictado de la presente medida, al Ingeniero Electromecánico Pedro
Bartolomé PALMÉS (M.I. N° 11.921.623) en el entonces cargo de Director
Nacional de Infraestructura y Cadena de Valor actual DIRECCIÓN NACIONAL
DE INFRAESTRUCTURA MINERA (Nivel A, Grado 0, F.E. Nivel I del SINEP)
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD MINERA del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, autorizándose el correspondiente pago
del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de
2008, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en la presente medida deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según
lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y
VIII y en el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, en el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del
dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente, correspondiente a la Jurisdicción 58 - MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Juan José Aranguren.
e. 11/05/2018 N° 32730/18 v. 11/05/2018