MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Resolución 93/2018

Ciudad de Buenos Aires, 17/05/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-12716066- -APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley Nº 27.279 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de los Envases Vacíos de Fitosanitarios, su Decreto Reglamentario Nº 134 de fecha 19 de febrero de 2018, el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 27.279 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de los Envases Vacíos de Fitosanitarios, dispone en su Artículo 14 que el ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y la ex -SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, serán conjuntamente la Autoridad de Aplicación según los alcances que establezca la reglamentación de la ley.

Que por el Artículo 14 del Anexo I del Decreto Nº 134 de fecha 19 de febrero de 2018, reglamentario de la citada Ley, se autoriza al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA a delegar el ejercicio de su respectiva competencia en una dependencia de rango no inferior a Secretaría.

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, incorporándose el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que mediante el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 se modificó el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 ,sus modificatorios y complementarios procediéndose al reordenamiento de las responsabilidades de las áreas afectadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL incorporando al Anexo I del citado Decreto Nº 357/02 el apartado XI - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA de conformidad con el detalle de los objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en el organigrama que se aprobó como Anexo II al Artículo 2° del referido Decreto Nº 174/18, que incluye la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que el citado Decreto N° 174/18 establece como competencias de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la de promover la utilización y conservación de los agroecosistemas y recursos naturales destinados a la producción agropecuaria, pesquera y forestal a fin de acrecentar el capital productivo del país y el desarrollo económico del sector, incluyendo la diferenciación y el valor agregado en origen.

Que a los fines de lograr y garantizar una mayor eficacia y operatividad en la aplicación de la referida Ley Nº 27.279 y su Decreto Reglamentario Nº 134/18, resulta pertinente la delegación, en el señor Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, de las facultades y obligaciones que le corresponden al suscripto en el marco de su respectiva competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 14 del Anexo I del Decreto N° 134 de fecha 19 de febrero de 2018.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Delégase en el Señor Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 14 del Decreto Reglamentario Nº 134 de fecha 19 de febrero de 2018, las facultades y obligaciones determinadas por la Ley Nº 27.279 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de los Envases Vacíos de Fitosanitarios y su reglamentación, en el marco de su respectiva competencia.

ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Luis Miguel Etchevehere.

e. 18/05/2018 N° 34831/18 v. 18/05/2018