MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Resolución 197/2018
Ciudad de Buenos Aires, 17/05/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-23156743-APN-DGD#MP, la Ley N° 27.431 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2018, los Decretos Nros. 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus
modificatorios, y 439 de fecha 11 de mayo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto N° 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus
modificatorios se creó el FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO denominado “Fondo
para el Desarrollo Económico Argentino” (FONDEAR), con el objetivo de
facilitar el acceso al financiamiento para proyectos que promuevan la
inversión en sectores estratégicos para el desarrollo económico y
social del país, la puesta en marcha de actividades con elevado
contenido tecnológico y la generación de mayor valor agregado en las
economías regionales.
Que mediante el artículo 11 del Decreto N° 606/14, modificado por el
artículo 7° del Decreto N° 439 de fecha 11 de mayo de 2018, se designó
al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN como AUTORIDAD DE APLICACIÓN del citado
decreto, pudiendo dictar las normas aclaratorias, complementarias y
sanciones que resulten pertinentes.
Que por el artículo 12 del Decreto N° 606/14 y sus modificatorios, se
autorizó a la AUTORIDAD DE APLICACIÓN a delegar funciones en una
dependencia de rango no menor a Subsecretaría.
Que, mediante el artículo 56 de la Ley N° 27.431 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, se sustituyó la
denominación del “Fondo para el Desarrollo Económico Argentino”
(FONDEAR) por “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo” (FONDEP).
Que por el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, estableciéndose, entre otros, los
objetivos de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que, en ese sentido, corresponde a la mencionada Secretaría detectar
las necesidades financieras, de capacitación y asistencia técnica a los
emprendedores, emprendimientos y a las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas, con el objetivo de fomentar, promover y facilitar su acceso
al crédito en las mejores condiciones tendientes a su desarrollo y
consolidación y estableciendo las condiciones para la generación de
capital emprendedor en el país.
Que, en virtud de ello, corresponde delegar en la SECRETARÍA DE
EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA las funciones
correspondientes al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en su carácter de
AUTORIDAD DE APLICACIÓN del Decreto N° 606/14 y sus modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 12 del Decreto N° 606/14 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Deléganse en la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN las funciones
correspondientes a dicho Ministerio, en su carácter de AUTORIDAD DE
APLICACIÓN del Decreto N° 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus
modificatorios.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su dictado.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Francisco Adolfo Cabrera.
e. 18/05/2018 N° 34814/18 v. 18/05/2018