ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 147/2018

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la ampliación del sistema de transporte bajo jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL COMAHUE SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSCOMAHUE S.A.) a requerimiento de PRESIDENT PETROLEUM S.A., consistente en la instalación de UNA (1) celda de 13,2 kV en la Estación Transformadora (ET) Loma Negra, en la Provincia de RÍO NEGRO.

2.- La publicación dispuesta en el artículo 1 de esta resolución deberá efectuarse mediante un Aviso que se publicará por CINCO (5) días en los portales de Internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar en donde se llevarán a cabo las obras proyectadas o en donde puedan afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la última publicación, para que quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE.

3.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos en defensa de la solicitud presentada.

4.- Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada y operado el vencimiento del plazo señalado en el artículo 2, este Ente Nacional procederá a otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la solicitud de ampliación de la capacidad de transporte existente presentada por TRANSCOMAHUE S.A., para llevar a cabo la instalación de UNA (1) celda adicional de 13,2 kV (la cual identifica como Celda N° 9) en la ET Loma Negra de 132/33/13,2 kV, emplazada en la Provincia de RÍO NEGRO.

5.- PRESIDENT PETROLEUM S.A. deberá incorporar a la solicitud de ampliación presentada todas las observaciones y requerimientos efectuados por TRANSCOMAHUE S.A. y CAMMESA en sus respectivas intervenciones, efectuadas mediante Notas de Entrada N° 247.962 y N° 249.213, obrantes a fojas 1/4 y 5/9.

6.- TRANSCOMAHUE S.A. y PRESIDENT PETROLEUM S.A. deberán firmar una Adenda al Convenio de Conexión existente.

7.- Notifíquese a TRANSCOMAHUE S.A., a PRESIDENT PETROLEUM S.A., a CAMMESA, al ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD DE RÍO NEGRO (EPRERN) y a las Asociaciones de Usuarios registradas.

8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Firmado: Vocal Tercero Dra. Laura Gisela Giumelli - Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 21/05/2018 N° 35214/18 v. 21/05/2018