SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
Disposición 7/2018
Trámites a Distancia. Implementación.
Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2018
VISTO los Decretos 1063 del 4 de Octubre 2016, 1759/72 Texto Ordenado
por Decreto 894 del 1° de Noviembre de 2017 y 27 del 10 de Enero de
2018 y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1063 del 4 de Octubre de 2016 aprobó la implementación
de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) integrada por el módulo
“Trámites a Distancia” (TAD), del Sistema de Gestión Documental
Electrónica (GDE), como medio de interacción del ciudadano con la
administración, a través de la recepción y remisión por medios
electrónicos de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y
comunicaciones, entre otros.
Que el Decreto 894 del 1 de Noviembre de 2017 que aprobó el Texto
Ordenado del Reglamento de Procedimientos Administrativos incorporó la
aplicación del módulo de Trámites a Distancia (TAD) a las distintas
gestiones que forman parte de dichos procedimientos.-
Que el Decreto 27 del 10 de enero de 2018 dispuso la desburocratización
y simplificación de diversas operatorias vinculadas a la Administración
Pública reconociendo en su artículo 128 idéntica eficacia y valor
probatorio que sus equivalentes en soporte papel u otro vigente, a los
documentos oficiales electrónicos firmados digitalmente, expedientes
electrónicos, comunicaciones oficiales, notificaciones electrónicas y
domicilio especial constituido electrónico de la plataforma de trámites
a distancia y de los sistemas de gestión documental electrónica que
utilizan el Sector Público Nacional, las provincias, el Gobierno de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipios, Poderes Judiciales, entes
públicos no estatales, sociedades del Estado, entes tripartitos, entes
binacionales, BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, en
procedimientos administrativos y procesos judiciales.-
Que la citada normativa ha sido dictada en el marco del proceso de
modernización del Estado con el fin de agilizar los trámites
relacionados a la Administración Pública tanto de los ciudadanos como
de los organismos, promoviendo la transparencia y accesibilidad de los
mismos, implementando herramientas tecnológicas que posibiliten un
acceso remoto y el ejercicio de un seguimiento efectivo sobre la
actividad administrativa.
Que en consonancia con dichos principios corresponde que la Dirección
Nacional del Registro Oficial proceda a la aplicación gradual y
progresiva del módulo de Trámites a Distancia (TAD) para la
presentación de las publicaciones que se efectúan en el Boletín Oficial
de la República Argentina posibilitando su adecuado conocimiento por
parte de los usuarios.-
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
DISPONE:
Artículo 1º — Impleméntase progresivamente la plataforma de Trámites a
Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)
para aquellas publicaciones que hasta el presente se gestionan de
manera presencial en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a fin
de que ciudadanos y organismos no dependientes de la Administración
Pública Nacional puedan efectuar el trámite desde su domicilio sin
tener que apersonarse a las oficinas de esta Dirección Nacional.
Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese y, archívese. Ricardo Agustin Sarinelli
e. 24/05/2018 N° 36906/18 v. 24/05/2018