PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Disposición 716/2018

Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2018

Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, lo opinado por la Dirección de Planeamiento, y

CONSIDERANDO:

Que la observación del marco normativo requiere un análisis permanente, con la premisa de adecuarlo a las necesidades emergentes de la actividad desplegada por la Organización.

Que la Ordenanza Nº 1-08 (DPSN) del Tomo 1 establece las medidas sobre Seguridad de la Navegación.

Que la modificación propuesta extiende la obligatoriedad de instalar una estación móvil del Sistema de Identificación Automática (SIA), a aquellos buques de carga de matrícula mercante nacional o de registro extranjero que entren o salgan de un puerto argentino; dedicados exclusivamente a la extracción y transporte de arena, cualquiera sea su numeral de arqueo.

Que el monitoreo en tiempo real de los buques areneros evitaría la extracción de arena en zonas no autorizadas, previniendo de ese modo erosiones aceleradas en los lechos de los ríos y sus costas.

Que la Asesoría Jurídica de la Institución ha emitido Dictamen favorable para la implementación de la presente.

Que el proyecto no presenta objeciones desde el punto de vista reglamentario, conforme lo establece la publicación R.I. PNA 3-001 “Reglamento de Publicaciones”.

Por ello,

EL PREFECTO NACIONAL NAVAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- APRUÉBASE el Volante Rectificativo a la Ordenanza Nº 1-08 (DPSN) del Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque” titulada “MEDIDAS SOBRE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN”, que se adjunta como Anexo (DI-2018-21872646-APN-DPLA#PNA) y que forma parte de la presente disposición.

ARTÍCULO 2°.- La presente modificación entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3°.- Por la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO, se procederá a la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y actualización de la Ordenanza antes mencionada, en los sitios oficiales de INTERNET e INTRANET de la Prefectura Naval Argentina. Posteriormente, corresponderá su archivo en el Departamento Organización y Desarrollo como antecedente. Francisco Feliciano Sussini - Alejandro Raúl Rajruj - Eduardo Rene Scarzello

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.prefecturanaval.gob.ar

e. 24/05/2018 N° 36905/18 v. 24/05/2018