MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 60/2018
Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2018
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2018-24510477- -APN-SECMA#MM, la
Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de marzo de 2016, 561 del
6 de abril de 2016 y 894 del 1° de noviembre de 2017, las Resoluciones
Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 171 –E del 19 de julio de 2016
(RESOL-2016-171-E-APN-MM), 355-E del 14 de septiembre de 2016
(RESOL-2016-355-APN-MM) y 466- E del 11 de noviembre de 2016
(RESOL-2016-466-E-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la
Resolución N° 3 del 21 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y
en su artículo 48 estableció que el Estado Nacional, dentro de las
jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°
24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que
posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,
búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por
parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.
Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 aprobó el Plan de
Modernización del Estado, contemplando como uno de sus ejes al Plan de
Tecnología y Gobierno Digital que propuso implementar una plataforma
horizontal informática de generación de documentos y expedientes
electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda
la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el
acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los
plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.
Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016 aprobó la implementación
del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema
integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público
Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de
expedientes electrónicos.
Que el mencionado Decreto N° 561/2016 ordenó a las entidades y
jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que
componen el Sector Público Nacional la utilización del sistema de
Gestión Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las
actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que el artículo 6 del citado Decreto N° 561/2016 facultó a la
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y
operativas necesarias para la implementación del sistema de GESTIÓN
DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas
informáticos de gestión documental.
Que el Decreto N° 894 del 1° de noviembre de 2017, que aprobó el
Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1759/72 T.O. 2017,
estableció que las autoridades administrativas actuarán de acuerdo con
los principios de sencillez y eficacia, procurando la simplificación de
los trámites, y facilitando el acceso de los ciudadanos a la
administración a través de procedimientos directos y simples por medios
electrónicos.
Que la Resolución N° 3 del 21 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprobó la
implementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador de
Documentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico”
(EE) todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Que la Resolución N° 65 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN del 21 de abril
de 2016, estableció el cronograma de implementación de los módulos
“Comunicaciones Oficiales” (CCOO) y “Generador Electrónico de
Documentos Oficiales” (GEDO) en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
en los MINISTERIOS DE ENERGÍA Y MINERÍA, de JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS, de TRANSPORTE y de CULTURA, a partir del 25 de abril de 2016.
Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 171 –E del 19 de
julio de 2016 (RESOL-2016-171-E-APN-MM), 355-E del 14 de septiembre de
2016 (RESOL-2016-355-APN-MM) y 466- E del 11 de noviembre de 2016
(RESOL-2016-466-E-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN,
establecieron los cronogramas de implementación del módulo “Expediente
Electrónico” (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)
en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y en los MINISTERIOS DE ENERGÍA
Y MINERÍA, de JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, de TRANSPORTE y de CULTURA,
respectivamente.
Que, en consecuencia, dado que se encuentran alcanzados por las normas
mencionadas en los considerandos precedentes, resulta necesario
instruir a CASAS DE CONTENIDOS FEDERALES y al PARQUE TECNÓPOLIS DEL
BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE, ambos dependientes
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; a la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA
DE TRANSMISIÓN YACYRETÁ dependiente del MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA; a la COMISIÓN NACIONAL POR EL DERECHO A LA IDENTIDAD
dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS; a la UNIDAD
EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR FERROVIARIO
CABALLITO-MORENO, DE LA LÍNEA SARMIENTO dependiente del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, a la CASA CREATIVA DEL SUR dependiente del MINISTERIO DE
CULTURA, para que a partir del 31 de Mayo de 2018 cierren la
caratulación de expedientes en soporte papel, debiendo hacerlo a través
del módulo “Expediente Electrónico” (EE) del sistema de Gestión
Documental Electrónica – GDE.
Que la presente medida no produce efectos directos sobre los
administrados ni tampoco implica mayor erogación presupuestaria alguna
para el ESTADO NACIONAL que amerite la intervención previa del servicio
jurídico permanente de esta jurisdicción en los términos del artículo
7° inciso d) de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y
sus modificatorias.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/2016.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Instrúyese a los siguientes organismos para que a partir
del 31 de Mayo del 2018 cierren la caratulación de expedientes en
soporte papel, debiendo hacerlo exclusivamente a través del módulo
Expediente Electrónico (EE) del sistema de Gestión Documental
Electrónica - GDE:
a) CASAS DE CONTENIDOS FEDERALES, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
b) PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
c) UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN YACYRETÁ, dependiente del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
d) COMISIÓN NACIONAL POR EL DERECHO A LA IDENTIDAD, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
e) UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR
FERROVIARIO CABALLITO-MORENO, DE LA LÍNEA SARMIENTO, dependiente del
MINISTERIO DE TRANSPORTE.
f) CASA CREATIVA DEL SUR, dependiente del MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN – SIGEN.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Eduardo Nicolás Martelli
e. 28/05/2018 N° 37127/18 v. 28/05/2018