MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS

Disposición 99/2018

Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-17905385-APN-DDYME#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 266 del 11 de abril de 2008 del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se creó el REGISTRO DE UNIVERSIDADES NACIONALES PARA LA REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS TÉCNICAS, AMBIENTALES Y DE SEGURIDAD vinculadas con hidrocarburos y sus derivados.

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CATAMARCA (UNCA) se presentó solicitando su inscripción para la realización de las auditorías en el marco de la resolución citada precedentemente, dando origen a las presentes actuaciones.

Que la UNCA acreditó sus antecedentes técnicos, materializados en el CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CATAMARCA y LA EMPRESA SERVICIOS MINEROS Y GESTORÍA AMBIENTAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, suscripto el 22 de junio de 2017, renovable automáticamente, todo ello en cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución N° 266/2008, a los fines de avalar su idoneidad en la materia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018, el artículo 1°, inciso I) de la Resolución N° 86 del 30 de mayo de 2016, y el artículo 2° de la Resolución N° 64 del 6 de marzo de 2018, ambas de este Ministerio.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Inscríbase a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CATAMARCA (UNCA) en el REGISTRO DE UNIVERSIDADES NACIONALES PARA LA REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS TÉCNICAS, AMBIENTALES Y DE SEGURIDAD, creado por la Resolución N° 266 del 11 de abril de 2008 del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, con el número 27, con la siguiente competencia: Inspección Ambiental (Resolución N° 785 del 16 de junio de 2005 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del citado ex Ministerio).

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a la UNCA.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Pourteau

e. 28/05/2018 N° 36940/18 v. 28/05/2018