PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN

Resolución 51/2018

Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2018

VISTO la Ley del Cuerpo de Abogados del Estado N.º 12.954 y la Resolución PTN N.º 34 del 18 de abril de 2018, y

CONSIDERANDO

Que por la Resolución PTN N.º 34 del 18 de abril de 2018 se estableció la información que los abogados y estudios jurídicos externos al Cuerpo de Abogados del Estado deben presentar previo a su contratación y actualizar a lo largo de la relación contractual, para evaluar potenciales conflictos de intereses.

Que la iniciativa es parte de una política que propugna un Estado eficaz y eficiente, en un marco de plena transparencia de sus acciones, en pos de afianzar su vínculo con la ciudadanía y la protección de sus derechos, lo que constituye uno de los ejes del Plan de Modernización del Estado (Decreto N.º 434/16).

Que es menester aprobar un formulario para cumplir con lo establecido en el artículo 1º de la Resolución PTN N.º 34/18.

Que por el carácter de declaración jurada de la manifestación negativa requerida en los incisos b) y c) del mencionado artículo 1º, es preciso aclarar que las actividades allí referidas obstarán la contratación en tanto se configure un supuesto de conflicto de intereses, circunstancia cuya valoración corresponderá a las autoridades competentes.

Que ha tomado intervención la Dirección Nacional de Dictámenes de este organismo.

Que la presente medida se enmarca en las atribuciones emergentes de la Ley N.º 12.954.

Por ello,

EL PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1º.- Para dar cumplimiento a lo requerido por el artículo 1º de la Resolución PTN N.º 34/18, apruébase el formulario que obra en el Anexo a la presente como IF Nº IF-2018-24563581-APN-PTN.

Artículo 2º.- Aclárase que las actividades involucradas en los incisos b) y c) del artículo 1º de la Resolución PTN Nº 34/18 solo afectarán la contratación en la medida que se configure un supuesto de conflicto de intereses.

Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Bernardo Saravia Frias

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 29/05/2018 N° 37477/18 v. 29/05/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)