MINISTERIO DE SEGURIDAD
RECOMPENSAS
Resolución 423/2018
Ofrécense recompensas.
Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2018
VISTO el Expediente EX-2018-13036544- -APN-SCPC#MSG del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nro. 26.538, las Resoluciones M.J. y
D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012, 2318 del 29 de octubre de
2012 y 2313 del 11 de noviembre de 2015, y la Resolución Conjunta M.J y
D.H. N°445 y M.S. N°271 del 24 de junio de 2016 y,
CONSIDERANDO
Que mediante la Ley N° 26.538 se creó un FONDO DE RECOMPENSAS, en
jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a
abonar una compensación dineraria a aquellas personas que, sin haber
intervenido en la comisión del delito, brinden datos útiles para
obtener la libertad de la víctima, preservar su integridad física, o
lograr la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en la comisión
de delitos que, por su gravedad o complejidad, justifiquen la
recompensa para el suministro de información.
Que en razón del trabajo conjunto que han realizado el MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y el MINISTERIO DE SEGURIDAD y en pos de
coordinar políticas públicas en materia de política criminal, en
concordancia con la Ley N° 22.520 y con el propósito de optimizar
recursos y asegurar el desarrollo eficaz y eficiente de las tareas que
estos Ministerios tienen asignadas, fue transferido, mediante
Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445 y M.S. N°271, al ámbito de la ex
SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS
PÚBLICOS Y LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD, el PROGRAMA
NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA
JUSTICIA que tiene por objeto planificar, coordinar y supervisar el
cumplimiento de las acciones fijadas a la UNIDAD ESPECIAL PARA LA
BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA creada por la Ley N°
26.375 especificadas en su artículo 2° y las del FONDO PERMANENTE DE
RECOMPENSAS creado por la Ley N° 26.538.
Que la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 de fecha 29 de octubre de 2012 y
su modificatoria, la N° 2313 del 11 de noviembre de 2015, establecen el
procedimiento regulatorio del funcionamiento de los Fondos de
Recompensas creados por las Leyes Nros. 26.375 y 26.538, en lo atinente
al procedimiento y pago de éstas.
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que oportunamente se dictaron las Resoluciones del Ministerio de
Seguridad Nros. 545-E/2017 y 600-E/2017, que ofrecieron las recompensas
de acuerdo a la Ley N° 26.538, que ascienden a la suma de PESOS
QUINIENTOS MIL ($ 500.000) cada una, a fin de dar con la aprehensión de
Federico Sebastián MARÍN DNI Nº 33.723.235 y Luis Alberto SAUCEDO, DNI
Nº 28.244.205, respectivamente.
Que en atención al tiempo transcurrido se hace necesario incrementar el
monto de las mencionadas recompensas a PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL
($ 1.500.000) para cada caso.
Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE
COOPERACIÓN CON LOS PODERES CONSTITUCIONALES, la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que se cuenta con financiamiento suficiente para adoptar la presente medida.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y por la Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445/2016 y M.S.
N°271/2016
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Déjense sin efecto las Resoluciones del Ministerio de
Seguridad Nros. 545-E/2017 y 600-E/2017, por la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL
($1.500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido
en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la
aprehensión de Luis Alberto SAUCEDO (alias “gordo” o “lucho”), DNI Nº
28.244.205, soltero, nacido el día 7 de noviembre de 1980 en la Ciudad
de Itatí, Provincia de Corrientes, hijo de Cirilo SAUCEDO y María
Casilda VALDEZ.
ARTÍCULO 3°.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL
($1.500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido
en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la
aprehensión de Federico Sebastián MARÍN, alias “Morenita”, titular del
documento nacional de identidad Nº 33.723.235, de nacionalidad
argentina, nacido el día 28 de diciembre de 1988, hijo de Florencia
MARÍN.
ARTICULO 4°.- El procedimiento a seguir para proporcionar información
en el marco del ofrecimiento dispuesto en el presente acto se ceñirá a
lo previsto en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su
modificatoria.
ARTÍCULO 5°.- Las personas que quieran suministrar datos deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número de
acceso rápido 134.
ARTÍCULO 6°.- El pago de la recompensa será realizado en este
MINISTERIO DE SEGURIDAD o en el lugar que designe el representante de
esta Cartera de Estado.
ARTÍCULO 7°.-Instrúyase a las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES la
difusión y publicación en todas sus formas de los afiches
correspondientes a las recompensas ofrecidas.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich
e. 30/05/2018 N° 37934/18 v. 30/05/2018