MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
Disposición 159/2018
Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018
VISTO el EX-2017-00420919-APN-DNRNPACP#MJ y la Resolución M.J. y D.H. N° 438 del 30 de mayo de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución M. J. y D.H. N° 438 del 30 de mayo de
2017 se han introducido modificaciones en el Anexo I del Convenio Marco
suscripto por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y la CÁMARA
DEL COMERCIO AUTOMOTOR (C.C.A.), registrado como M.J. y D.H. N° 2881
del 28 de diciembre de 2012 y sus modificatorias, con el objeto de
incorporar nuevos modelos de Solicitudes Tipo a la nómina de elementos
registrales que suministra el mencionado Ente Cooperador en el marco de
la Leyes N° 23.283 y 23.412.
Que dicha incorporación plasma la propuesta de esta Dirección Nacional
de aplicar el Sistema de Trámites Electrónicos (S.I.T.E.), implementado
por Disposición D.N.R.P.A. y C.P. N° 70 del 19 de febrero de 2014, al
trámite de Inscripción de Contrato de Prenda, creando al efecto una
Solicitud Tipo “03” –Inscripción de Contrato Prendario, de carácter
digital, tanto para automotores como para motovehículos.
Que ello encuentra fundamento en el Régimen Jurídico del Automotor
(Decreto-Ley N° 6582/58 -ratificado por Ley N° 14.467-, T.O. Decreto N°
1.114/07 y sus modificatorias) que dispone que esta Dirección Nacional
es el Organismo de Aplicación del citado Régimen, resultando de su
competencia, la organización y el funcionamiento del Registro Nacional
de la Propiedad del Automotor a su cargo, conforme los medios y
procedimientos técnicos más adecuados para el mejor cumplimiento de sus
fines.
Que el artículo 13 de dicho Régimen expresamente prescribe que esta
Dirección Nacional se encuentra facultada para determinar la creación,
los contenidos y demás requisitos de validez de las Solicitudes Tipo y
Formularios de uso obligatorio para peticionar las inscripciones o
anotaciones ante los Registros Seccionales que de ella dependen.
Que, de esa manera, la casi totalidad de los trámites registrales
podrán ser iniciados por los interesados desde cualquier computadora o
a través de cualquier aplicación informática que lo permita, antes de
concurrir a las sedes registrales.
Que, con ese objeto, es necesario aprobar los modelos que serán
utilizados por los Registros Seccionales en la instrumentación de los
referidos trámites de Inscripción de Contratos de Prenda sobre
automotores y motovehículos.
Que los nuevos modelos de Solicitud Tipo “03” – Inscripción de Contrato
Prendario, de carácter digital, tanto para automotores como para
motovehículos deben ser incorporados al Digesto de Normas
Técnico-Registrales, Título I, Capítulo I, Sección 3ª.
Que la presente se dictan en uso de las facultades conferidas por el
artículo 13 del Régimen Jurídico del Automotor (Decreto-Ley N° 6582/58
-ratificado por Ley N° 14.467-, T.O. Decreto N° 1.114/07 y sus
modificatorias) y por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébanse los modelos de Solicitud Tipo “03-D” Auto y
Solicitud Tipo “03-D” Moto, que como Anexos
IF-2018-25197570-APN-DNRNPACP#MJ e IF-2018-25198602-APN-DNRNPACP#MJ
integran la presente e incorpóraselos como Anexos XXXVI y XXXVII,
respectivamente, de la Sección 3°, Capítulo I, Título I del Digesto de
Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del
Automotor.
ARTÍCULO 2º.- Incorpóranse al artículo 1º, Sección 3ª, del Capítulo I,
Título I del Digesto de Normas Técnico-Registrales, como incisos e) bis
y 21), la Solicitud Tipo “03-D” Auto y Solicitud Tipo “03-D” Moto,
respectivamente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, atento su carácter de interés general, dése
para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. Carlos Gustavo Walter
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 30/05/2018 N° 38135/18 v. 30/05/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)