SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 470/2018

Ciudad de Buenos Aires, 04/06/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-24744676-APN-SSS#MS y las Resoluciones Nº RESOL-2018-262-APN-SSS#MS de fecha 28 de marzo de 2018 y Nº RESOL-2018-347-APN-SSS#MS de fecha 2 de mayo de 2018; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° RESOL-2018-262-APN-SSS#MS, se fijó el procedimiento y los requisitos que deben cumplir que los Agentes del Seguro de Salud para solicitar al Ministerio de Salud la provisión del medicamento Factor VIII para los beneficiarios, de hasta 18 años de edad inclusive, que se encuentren bajo tratamiento como profilaxis e inmunotolerancia de Hemofilia A Severa.

Que la Resolución N° RESOL-2018-347-APN-SSS#MS, estableció la prórroga de los plazos establecidos en los artículos 1°, 2°, 4° y 5° de la Resolución N° RESOL-2018-262-APN-SSS#MS, atento el considerable número de Agentes del Seguro de Salud que solicitaron un mayor tiempo para presentar la documentación de sus beneficiarios que justifique la inclusión de los mismos en el programa.

Que han surgido inconvenientes en la presentación de la documentación efectuada por algunos Agentes del Seguro de Salud, determinando que la COMISIÓN ASESORA TÉCNICA DE COMPRA CONJUNTA DE MEDICAMENTOS E INSUMOS intervenga requiriendo que dichos Agentes aclaren o amplíen los datos presentados, a efectos de efectuar una correcta evaluación de inclusión de los beneficiarios en el programa.

Que por ello, deviene necesario establecer una nueva prórroga de la fecha de inicio del programa, modificando la fecha establecida en el artículo 1º Resolución N° RESOL-2018-347-APN-SSS#MS que, a su vez, es modificatorio de la fecha establecida en los artículos 1º y 2º de la Resolución Nº RESOL-2018-262-APN-SSS#MS.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos del organismo ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de Diciembre de 1996, N° 2710 de fecha 28 de Diciembre de 2012 y N° 717 de fecha 12 de Septiembre de 2017 y la Resolución Nº 757 de fecha 28 de septiembre de 2017 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Por ello,

EL GERENTE GENERAL A CARGO DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- PRORRÓGASE hasta el 2 de julio de 2018 la fecha establecida en los artículos 1º y 2º de la Resolución N° RESOL-2018-262-APN-SSS#MS.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. E/E Gerardo Gentile

e. 06/06/2018 N° 39911/18 v. 06/06/2018