SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 470/2018
Ciudad de Buenos Aires, 04/06/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-24744676-APN-SSS#MS y las Resoluciones
Nº RESOL-2018-262-APN-SSS#MS de fecha 28 de marzo de 2018 y Nº
RESOL-2018-347-APN-SSS#MS de fecha 2 de mayo de 2018; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° RESOL-2018-262-APN-SSS#MS, se fijó el
procedimiento y los requisitos que deben cumplir que los Agentes del
Seguro de Salud para solicitar al Ministerio de Salud la provisión del
medicamento Factor VIII para los beneficiarios, de hasta 18 años de
edad inclusive, que se encuentren bajo tratamiento como profilaxis e
inmunotolerancia de Hemofilia A Severa.
Que la Resolución N° RESOL-2018-347-APN-SSS#MS, estableció la prórroga
de los plazos establecidos en los artículos 1°, 2°, 4° y 5° de la
Resolución N° RESOL-2018-262-APN-SSS#MS, atento el considerable número
de Agentes del Seguro de Salud que solicitaron un mayor tiempo para
presentar la documentación de sus beneficiarios que justifique la
inclusión de los mismos en el programa.
Que han surgido inconvenientes en la presentación de la documentación
efectuada por algunos Agentes del Seguro de Salud, determinando que la
COMISIÓN ASESORA TÉCNICA DE COMPRA CONJUNTA DE MEDICAMENTOS E INSUMOS
intervenga requiriendo que dichos Agentes aclaren o amplíen los datos
presentados, a efectos de efectuar una correcta evaluación de inclusión
de los beneficiarios en el programa.
Que por ello, deviene necesario establecer una nueva prórroga de la
fecha de inicio del programa, modificando la fecha establecida en el
artículo 1º Resolución N° RESOL-2018-347-APN-SSS#MS que, a su vez, es
modificatorio de la fecha establecida en los artículos 1º y 2º de la
Resolución Nº RESOL-2018-262-APN-SSS#MS.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos del organismo ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones
conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de Diciembre de 1996,
N° 2710 de fecha 28 de Diciembre de 2012 y N° 717 de fecha 12 de
Septiembre de 2017 y la Resolución Nº 757 de fecha 28 de septiembre de
2017 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.
Por ello,
EL GERENTE GENERAL A CARGO DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- PRORRÓGASE hasta el 2 de julio de 2018 la fecha
establecida en los artículos 1º y 2º de la Resolución N°
RESOL-2018-262-APN-SSS#MS.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. E/E Gerardo
Gentile
e. 06/06/2018 N° 39911/18 v. 06/06/2018