MINISTERIO DE SEGURIDAD
RECOMPENSAS
Resolución 476/2018
Ofrécese recompensa.
Ciudad de Buenos Aires, 07/06/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2018-23409957--APN-SCPC#MSG del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, y la Resolución M.J. y D.H.
N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución
Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y el
Legajo Nº 17/2018 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA
BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que ante la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 48 a
cargo del Doctor Eduardo E. ROSENDE, Secretaría única a cargo del
Doctor Guillermo María ROSASCO, tramita la causa Nº P-48-1497, con la
intervención del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 26,
a cargo del Doctor Damián KIRSZENBAUM, Secretaría Nº 155.
Que la mencionada Fiscalía solicita mediante oficio de fecha 19 de
abril de 2018 se ofrezca recompensa para aquellas personas que sin
haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que
permitan dar con la aprehensión de los autores del homicidio de quien
en vida fuera Martín Manuel LÓPEZ SAEZ, DNI Nº 13.440.006, nacido el 13
de abril de 1959, quien el día 30 de diciembre de 2017, siendo
aproximadamente las 04:30 horas, circulaba con su motocicleta marca
Honda, modelo NC750XA, por la Avenida Paseo Colón, entre la Avenida San
Juan y la calle Cochabamba, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
mientras se encontraba detenida su marcha, dos hombres que tripulaban
una motocicleta, ambos con cascos colocados, le sustrajeron el referido
rodado y, previo a darse a la fuga, le dispararon dos veces en la zona
abdominal con un arma de fuego, motivo por el cual fue trasladado de
manera urgente al Hospital General de Agudos C. Argerich, donde
finalmente falleció.
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la
Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria, y en la
Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrécese, como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión
de los autores del homicidio de quien en vida fuera Martín Manuel LÓPEZ
SAEZ, DNI Nº 13.440.006, nacido el 13 de abril de 1959.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número de
acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este
Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES la
difusión y publicación en todas sus formas de los afiches
correspondientes a la recompensa ofrecida.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich
e. 12/06/2018 N° 41678/18 v. 12/06/2018