MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA
Resolución 17/2018
Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2018
VISTO el Expediente Nº EX–2018–06453605-APN-SSRH#MI del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo estipulado en el artículo 21 del Marco regulatorio
aprobado como Anexo 2 de la Ley N° 26.221 y lo previsto en el Anexo II
del Decreto N° 174/2018, esta SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA
HÍDRICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA tiene
entre sus objetivos el de ejercer las facultades de Autoridad de
Aplicación del Contrato de Concesión de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS
SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), funcionando esta sociedad en la administración
descentralizada en virtud de lo dispuesto en el Apartado V del Anexo IV
del Decreto 174/18.
Que el artículo 102 del Marco Regulatorio para la prestación del
servicio público de agua potable y desagües cloacales establece que
dentro de los SEIS (6) meses posteriores a la firma del Contrato de
Concesión el entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS elegirá mediante concurso público auditores técnico
y contable independientes cuya función será la de auditar y certificar,
con el alcance que profesionalmente les competa, que la Concesionaria
está llevando los registros en forma, cantidad y calidad suficiente
para el cumplimiento de sus fines en el ámbito establecido por el
Decreto Nº 304/06, ratificado mediante la Ley Nº 26.100, y por las
Resoluciones Nros. 740 del 22 de mayo de 2009, 612 del 18 de mayo de
2009 y 1669 del 15 de octubre de 2012, todas del entonces MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y por las
Resoluciones Nros. 682 del 17 de mayo de 2016, 655 del 13 de mayo de
2016 y 425 del 28 de octubre de 2016, todas del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA quedando, en consecuencia,
conformada el área de la concesión por la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y los partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Esteban
Echeverría, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Quilmes, San
Fernando, San Isidro, San Martín, Tres de Febrero, Tigre, Vicente López
y Ezeiza, Hurlingham, Ituzaingó, Pilar, José C. Paz, Moreno, Merlo,
Malvinas Argentinas, Florencio Varela, San Miguel, Presidente Perón y
la ciudad de Belén de Escobar respecto de los servicios de agua potable
y desagües cloacales y los servicios de recepción de efluentes.
Que a su vez, el artículo IX.8 del “Instrumento de Vinculación entre el
ESTADO NACIONAL y la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD
ANÓNIMA (AySA)”, cuyo modelo como Anexo ha sido aprobado por la
Resolución N° 170/10 del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, dispone que dentro de los SEIS (6) meses
posteriores a la firma de ese documento dicho Ministerio elegirá
mediante concurso público auditores técnico y contable independientes
para el cumplimiento de las funciones previstas en el Marco Regulatorio
y en ese acuerdo.
Que conforme la Resolución 60-E/2018 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS
PÚBLICAS Y VIVIENDA se ha resuelto delegar en la entonces SUBSECRETARÍA
DE RECURSOS HÍDRICOS, actual SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA
HÍDRICA, la competencia de elegir mediante concurso público los
auditores técnico y contable referidos en el artículo 102 del Marco
Regulatorio y en el artículo IX.8 del “Instrumento de Vinculación entre
el ESTADO NACIONAL y la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD
ANÓNIMA (AySA)”, citados precedentemente.
Que en los Anexos I y II de la Resolución antes mencionada se establece
el Procedimiento de Concurso Público para la selección del auditor
técnico y del auditor contable de la actividad que desarrolla Agua y
Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA)
Que en esta instancia, y habiendo vencido el plazo de contratación de
ambos auditores, cabe a esta Secretaría proceder a la selección de un
nuevo auditor contable para la realización de las auditorías
correspondientes a los años 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 de
acuerdo al procedimiento establecido en los Anexos I y II de la
Resolución antes mencionada y conforme a los Términos de Referencia que
se adjuntan a la presente como Anexo A.
Que conforme a las facultades otorgadas por el citado Marco Regulatorio
en sus artículos 27 y 38 respectivamente, corresponde también la
intervención de la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA) y del ENTE REGULADOR
DE AGUA SANEAMIENTO (ERAS) en el proceso de selección a realizarse.
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia y con fundamento
en la misión y las facultades y obligaciones previstas en los artículos
38 y 42 del Marco regulatorio resulta procedente en esta instancia
encomendar al ENTE REGULADOR DE AGUA SANEAMIENTO (ERAS) que instruya el
procedimiento para la selección del auditor contable.
Que una vez finalizado el proceso de selección de los auditores técnico
y contable de la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD
ANÓNIMA (AySA) esta SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA
remitirá las actuaciones a la misma para que esta última proceda a
efectuar la contratación con los auditores seleccionados, en el marco
de lo dispuesto en el anteúltimo párrafo del artículo 102 del Marco
Regulatorio para la prestación del servicio público de agua potable y
desagües cloacales en el ámbito de la concesión de AGUA Y SANEAMIENTOS
ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA).
Que han tomado intervención en la elaboración de los Términos de
Referencia tanto el ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) como la
AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA).
Que por todo lo expuesto corresponde aprobar los términos de referencia
del auditor contable de la actividad que desarrolla AGUA Y SANEAMIENTOS
ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), y encomendar a ENTE REGULADOR DE
AGUA SANEAMIENTO (ERAS) a que realice el procedimiento de concurso
público para la selección del mencionado auditor.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS
Y VIVIENDA, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de la Ley de Ministerios Nº
22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92), Decreto Nº 212 de fecha
22 de diciembre de 2015; la Resolución 60-E/2018 del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, Decreto 174 de fecha 2 de marzo de
2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INSFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Aprobar los términos de referencia para la selección del
auditor contable de la actividad que desarrolla AGUA Y SANEAMIENTOS
ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA) que constan como Anexo A
(IF-2018-26248534-APN-DNAPS#MI) de la presente.
ARTÍCULO 2°. - Autorizar el llamado a través de la presente al concurso
público para la selección del auditor contable de la actividad que
desarrolla AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA) según
lo establecido en el Anexo I de la Resolución Ministerial 60 –E/2018 y
el Anexo A de la presente Resolución.
ARTICULO 3°.- Encomendar al ENTE REGULADOR DE AGUA SANEAMIENTO (ERAS) a
realizar el procedimiento de concurso público para la selección del
auditor contable hasta el momento de la adjudicación, conforme lo
establecido en el Anexo I de la Resolución Ministerial 60 –E/2018 y el
Anexo A de la presente Resolución y a realizar las publicaciones de
rigor.
ARTICULO 4°.– Designar como miembros titulares de la Comisión
Evaluadora de Ofertas a los siguientes profesionales Lic. Federica
Brenner, Dr. Alfredo Scozzatti y Dra. María Marcela Rifón y como
miembros suplentes los siguientes profesionales Ing.Daniela Fortis,
Dra. Patricia Gatica y Dra. Marisa Laura Dominguez como miembros
suplentes.
ARTÍCULO 5°. - Las erogaciones emergentes del cumplimiento de la
contratación de los auditores contable serán solventadas con fondos de
la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AYSA).
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Pablo Jose Bereciartua
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/06/2018 N° 44223/18 v. 21/06/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)