ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 188/2018

ACTA N° 1532

Expediente ENRE N° 43.121/2015

Buenos Aires, 19 DE JUNIO DE 2018

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (TRANSBA S.A.) a requerimiento de GENNEIA VIENTOS ARGENTINOS S.A. para su PARQUE EÓLICO VILLALONGA al Sistema Argentino de Interconexión (SADI), el cual contará con una potencia inicial instalada de 51,75 MW de generación eólica, compuesta por QUINCE (15) aerogeneradores de 3,45 MW cada uno y la solicitud del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra consistente en la construcción de la Estación Transformadora VILLALONGA EOLICA 132/33 KV 60 MVA que vinculará el parque eólico al SADI mediante el seccionamiento de la LAT 132 KV Carmen De Patagones–Pedro Luro a aproximadamente NOVENTA Y CINCO (95) kilómetros de la localidad de CARMEN DE PATAGONES y a CINCUENTA Y SEIS (56) kilómetros de la localidad de PEDRO LURO, Provincia de BUENOS AIRES.

2.- La publicidad dispuesta en el artículo 1 se realizará mediante la publicación de un Aviso en la página de Internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) por el plazo de CINCO (5) días y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCDO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) la publicación de un Aviso similar, además se publicará por DOS (2) días en un diario de amplia difusión donde se realicen las obras o puedan afectar eléctricamente, en el que deberá consignarse que se otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser computados desde la última publicación efectuada para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE o, en el caso del acceso, presente un proyecto alternativo al del solicitante que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del SADI o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios al mismo.

3.- Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada, vencido el plazo señalado en el artículo 2 y de acuerdo con los informes favorables presentados, se considerará autorizado el Acceso a la Capacidad de Transporte Existente y emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra referida en el artículo 1.

4.- Establecer que en caso de registrarse oposición común a varios usuarios o –respecto del Acceso- la presentación de proyectos alternativos u observaciones al mismo, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir al solicitante de Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública contestarlas y exponer sus argumentos.

5.- GENNEIA VIENTOS ARGENTINOS S.A. deberá presentar ante CAMMESA las Planillas de Recolección de Datos para el Banco Nacional de Parámetros, debidamente completadas, a medida que el grado de avance de ejecución del proyecto lo permita.

6.- Establecer que, al momento de la efectiva conexión del Parque Eólico VILLALONGA al SADI, GENNEIA VIENTOS ARGENTINOS S.A. deberá haber cumplimentado todos los aspectos técnicos que le haya requerido el Organismo Encargado del Despacho (OED).

7.- Notifíquese a TRANSBA S.A., a GENNEIA VIENTOS ARGENTINOS S.A., al ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE (OPDS) de la Provincia de BUENOS AIRES, al ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA) y a CAMMESA.

8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Vocal Tercero Dra. Laura Gisela Giumelli - Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 22/06/2018 N° 44707/18 v. 22/06/2018