ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 4513/2018

RESOL-2018-4513-APN-ENACOM#MM - Fecha 21/6/2018 - ACTA 34

EX-2018-28650071-APN-SDYME-ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:

1.- Establecer que el cumplimiento de la cuota mínima del TREINTA POR CIENTO (30%), relativa a la incorporación de producción local independiente en la programación diaria de los servicios licenciatarios de televisión abierta, deberá ser en estreno y distribuida en las CUATRO (4) franjas horarias.

2.- Otorgar a los licenciatarios alcanzados por el Artículo precedente un plazo de SESENTA (60) días para la adecuación de sus respectivas programaciones a la presente.

3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 25/06/2018 N° 44954/18 v. 25/06/2018