e. 25/06/2018 N° 45385/18 v. 25/06/2018
SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO LEGAL
ADUANERA
DIRECCIÓN DE TÉCNICA
ACCIÓN
Entender en la interpretación de los aspectos técnicos que deban ser
considerados para la elaboración de normas, aplicación de leyes y
reglamentos de la técnica y la operativa aduanera, así como en la
revisión de cuestiones técnicas a efectos de establecer criterios de
interpretación uniformes.
TAREAS
1. Asesorar en materia técnica aduanera a la Superioridad y demás
dependencias del Organismo, cuando así lo requieran.
2. Emitir opinión en los aspectos técnicos cuando se requiera la
definición, interpretación o el análisis de normas relativas a la
importación, exportación o la clasificación arancelaria, logrando la
uniformidad de criterio a aplicar por las áreas operativas del
Organismo.
3. Emitir normas de carácter resolutivo y no resolutivo, generales y
particulares, en los aspectos de orden técnico, cuando las normas
legales establezcan la facultad de esta Dirección para la autorización
de solicitudes o la interpretación técnica de las normas en materia
aduanera.
4. Autorizar las solicitudes de destinaciones suspensivas de
importación y exportación temporaria y sus prórrogas en los términos de
los artículos 31.1.a y 40.1.a del Decreto N° 1.001/82.
5. Propiciar la elaboración de normas y la implementación de pautas de
interpretación en los aspectos técnicos de su competencia.
6. Propiciar la intervención de otras dependencias del Organismo y de
terceros organismos en los temas que por su naturaleza resulte
necesario profundizar, o cuando se trate de un caso del cual no se
tenga criterio formado.
7. Participar en el orden nacional e internacional en congresos,
reuniones o actos propiciados por organismos oficiales o privados,
sobre temas de su competencia.
8. Recepcionar, registrar y despachar la documentación que ingrese a la
Dirección, realizar el adecuado suministro, mantenimiento y
conservación de los bienes patrimoniales asignados, ejecutar las
distintas tareas administrativas, atender los asuntos inherentes a los
recursos humanos de la misma y administrar y comunicar al área
pertinente los movimientos de los fondos de la Caja Chica asignada a la
Dirección.
SECCIÓN DESPACHO Y GESTIÓN
ACCIÓN
Realizar el registro, trámite y despacho de la documentación que se
tramite en la Dirección.
Intervenir en la administración del personal de la Dirección.
Supervisar el adecuado mantenimiento y conservación de los recursos
materiales de la Dirección.
TAREAS
1. Recibir, registrar y distribuir las actuaciones que ingresen a la
Dirección, efectuando los cargos y descargos correspondientes.
2. Intervenir en los asuntos relacionados con los recursos humanos de
la Dirección.
3. Atender el adecuado mantenimiento y conservación de los bienes
materiales del ámbito de la Dirección y participar en el movimiento de
los fondos provenientes de la Caja Chica.
4. Intervenir en la preparación del plan anual de necesidades de la
Dirección y supervisar la ejecución presupuestaria en su ámbito.
5. Administrar, registrar y comunicar al área contable respectiva, el
movimiento de las Caja Chica asignadas a la Dirección.
DIVISIÓN REGISTROS ESPECIALES ADUANEROS
ACCIÓN
Asistir a las áreas de esta Administración Federal en los aspectos
normativos y operativos relativos a altas, bajas y actualizaciones de
los operadores del comercio exterior en los Registros Especiales
Aduaneros, así como en el ingreso de las empresas en los Regímenes de
Aduanas Domiciliarias, Aduanas Factorías y otros registros especiales.
Recepcionar y controlar la documentación requerida por la normativa
vigente para la inscripción de los operadores del comercio exterior en
los registros especiales.
Entender en la recepción, análisis y evaluación de documentación y
requisitos y presentados por los interesados para su inscripción en los
Registros Especiales Aduaneros.
TAREAS
1. Asesorar a las áreas de esta Administración Federal en los aspectos
normativos referentes a los Importadores-Exportadores, auxiliares del
comercio y del servicio aduanero y Registros Especiales Aduaneros.
2. Recepcionar, tramitar y evaluar las solicitudes presentadas por los
operadores aspirantes a acceder a los regímenes especiales efectuando
pedidos de informes a las áreas de la Administración Federal y otros
organismos, a fin de verificar la situación impositiva, aduanera y
previsional de las empresas y demás requisitos previstos en la
normativa vigente.
3. Dar intervención a las áreas competentes en la coordinación de las
tareas inherentes a la investigación, fiscalización y control de los
Registros Especiales Aduaneros.
4. Entender en la elaboración de informes para la incorporación o
exclusión de los operadores de los Registros Especiales Aduaneros y
proyectar los respectivos actos administrativos.
5. Participar en la definición, elaboración, implementación y
modificación de la normativa relacionada con el registro de operadores
especiales de comercio exterior.
6. Mantener actualizado el registro de tripulantes comprendido en el
régimen de pacotilla, controlando y validando la incorporación de los
tripulantes al registro.
7. Mantener actualizada la información de los archivos relacionados con
los Registros Especiales Aduaneros, de los Concursos y Quiebras y demás
documentación recepcionada por el área.
8. Brindar asesoramiento en los temas de su competencia.
9. Responder a las requisitorias judiciales relacionadas con la
temática de su competencia y de la información histórica del área.
DEPARTAMENTO TÉCNICA DE IMPORTACIÓN
ACCIÓN
Entender en el relevamiento, evaluación y análisis de los aspectos
técnicos para la interpretación y aplicación de las leyes y reglamentos
de la técnica y operativa aduaneras en materia técnica de importación.
TAREAS
1. Asesorar en materia técnica de importación al Organismo, cuando así
lo requieran normas legales o lo disponga la Dirección.
2. Participar en la elaboración de normas en materia de importación,
proyectando los actos resolutivos y no resolutivos, generales y
particulares, sobre la base de las opiniones técnicas emitidas.
3. Efectuar la interpretación técnica de las normas aduaneras de
importación, elaborando informes y proyectando las respuestas
correspondientes.
4. Supervisar la atención de las consultas de carácter informativo, en
temas vinculados a su competencia.
5. Entender en la definición de las condiciones y acciones necesarias
para la debida aplicación de la normativa de importación en el Sistema
Informático MALVINA (SIM).
6. Entender en el análisis de las solicitudes de destinaciones
suspensivas de importación temporaria y sus prórrogas en los términos
del Artículo 31.1.a del Decreto N° 1.001/82.
7. Coordinar y propiciar la intervención de otras áreas de esta
Administración Federal o de terceros organismos, cuando resulte
necesario para la continuidad del análisis técnico.
8. Entender en la definición de criterios uniformes vinculados a los
regímenes generales y especiales de importación para su aplicación a
nivel operativo.
9. Supervisar la elaboración de actos de carácter particular sobre
materias reservadas a la Dirección General de Aduanas.
10. Participar en la actividad docente en temas de su competencia y en
la evaluación de los aspirantes a auxiliares del servicio aduanero, en
colaboración con las-áreas con competencia.
11. Participar en las reuniones que se realicen en el marco del Comité
Técnico N° 2 "Asuntos Aduaneros" de la Comisión de Comercio del
MERCOSUR, así como en aquellas reuniones convocadas por los organismos
nacionales e internacionales en las que se aborden temas inherentes al
ámbito de su competencia.
DIVISIÓN EVALUACIÓN Y DESARROLLO
NORMATIVO
ACCIÓN
Entender en las definiciones de los aspectos normativos que deban ser
considerados para la elaboración o modificación de normas en materia de
importación, así como emitir opinión técnica en los temas de su
competencia.
TAREAS
1. Efectuar el análisis normativo para la definición del alcance de las
normas y el establecimiento de pautas interpretativas sobre la base de
criterios uniformes aplicables en materia de importación.
2. Proyectar respuestas y elaborar informes respecto a la
interpretación técnico-normativa de las normas aduaneras de importación.
3. Intervenir en la elaboración de normas en materia de importación que
tengan origen en la Dirección de Técnica o que provengan de áreas
dependientes de la Dirección General de Aduanas que requieran de su
intervención y conformidad.
4. Entender en la definición normativa y supervisión de las condiciones
y acciones necesarias para la debida aplicación de la normativa de
importación o la implementación de destinaciones y operaciones de
importación en el Sistema Informático MALVINA (SIM).
5. Coordinar la atención de las consultas relacionadas con la normativa
de importación.
6. Elaborar informes solicitando, cuando corresponda, la intervención
de otras áreas de esta Administración Federal o de terceros Organismos,
cuando resulte necesario para la continuidad del análisis técnico.
7. Intervenir en el procedimiento de repetición de operaciones de
importación.
SECCIÓN REGÍMENES GENERALES Y
ESPECIALES
ACCIÓN
Atender las consultas y actos necesarios para propiciar la elaboración,
modificación y actualización de normas relacionadas con la aplicación y
utilización de los regímenes generales y especiales de importación
previstos en el Código Aduanero o definidos en normas específicas.
TAREAS
1. Intervenir en el análisis y definición de los aspectos técnicos que
requieran el dictado, modificación o actualización de normas aduaneras
relacionadas con los regímenes generales y especiales de importación.
2. Intervenir en la elaboración de informes para propiciar el dictado
de normas de carácter general que involucren temas de competencia, con
origen en la Dirección de Técnica.
3. Definir criterios uniformes vinculados con los regímenes generales y
especiales de importación para su aplicación a nivel operativo.
4. Definir las condiciones y acciones necesarias para la debida
aplicación de la normativa de importación en el Sistema Informático
MALVINA (SIM).
5. Atender las consultas relacionadas con la temática de su competencia.
6. Elaborar informes y contestar oficios judiciales con destino al
Poder Judicial, que involucren temas de su competencia.
DIVISIÓN TÉCNICA
ACCIÓN
Entender en la definición de los aspectos técnicos para la elaboración
o modificación de normas en materia de importación, así como emitir
opinión técnica en los temas de su competencia.
TAREAS
1. Efectuar el análisis técnico para la definición del alcance de las
normas y el establecimiento de pautas interpretativas sobre la base de
criterios uniformes aplicables en materia de importación.
2. Proyectar respuestas y elaborar informes respecto a la
interpretación técnica de las normas aduaneras de importación.
3. Intervenir en la elaboración de normas en materia de importación que
tengan origen en la Dirección de Técnica o que provengan de áreas
dependientes de la Dirección General de Aduanas que requieran de su
intervención y conformidad.
4. Atender la suspensión o modificación de requisitos legales o
reglamentarios de naturaleza formal relativos a las importaciones.
5. Atender técnicamente en las causas aduaneras relacionadas con la
importación.
6. Entender en las consultas relacionadas con la normativa de
importación.
7. Elaborar informes solicitando, cuando corresponda, la intervención
de otras áreas de esta Administración Federal o de terceros Organismos,
cuando resulte necesario para la continuidad del análisis técnico.
8. Realizar informes técnicos en sumarios contenciosos, a solicitud de
autoridad competente.
9. Analizar las solicitudes de los envíos de efectos personales fuera
de los plazos previstos en la normativa vigente.
10. Autorizar las solicitudes de destinaciones suspensivas de
importación temporaria y sus prórrogas, en los términos del Artículo
31.5 del Decreto N° 1.001/82.
11. Autorizar la importación para compensar envíos de mercadería con
deficiencias en el marco de lo establecido por el Artículo 573,
siguientes y concordantes, del Código Aduanero.
12. Precisar los aspectos técnicos que permitan la correcta definición
de las condiciones y acciones necesarias para la aplicación de la
normativa de importación en el Sistema Informático MALVINA (SIM).
13. Entender en la tramitación de las destinaciones de importación que
deban tramitarse por la vía de la excepción.
14. Analizar las solicitudes de destinaciones suspensivas de
importación temporaria y sus prórrogas, en los términos del Artículo
31.1.a del Decreto N° 1.001/82.
SECCIÓN AUTORIZACIONES ESPECIALES
ACCIÓN
Entender en las autorizaciones de carácter especial de los regímenes
generales y especiales, así como en aquellos vinculados con las
importaciones temporales cuya autorización resulte competencia de la
Dirección de Técnica.
TAREAS
1. Atender las consultas relacionadas con la temática de su competencia.
2. Solicitar información a otras dependencias aduaneras sobre las
destinaciones de importación efectuadas mediante la aplicación de los
regímenes generales y especiales previstos en la legislación aduanera.
3. Elaborar las conclusiones o recomendaciones sobre la base de los
resultados obtenidos de la supervisión de las destinaciones de
importación.
4. Analizar las solicitudes de autorización de las destinaciones y
operaciones de importación de los regímenes que no se encuentran
incorporados al Sistema Informático MALVINA (SIM).
5. Elaborar los informes relativos a las solicitudes de los envíos de
efectos personales fuera de los plazos previstos en la normativa
vigente.
6. Analizar las solicitudes de destinaciones suspensivas de importación
temporaria y sus prórrogas, en los términos del Artículo 31.5 del
Decreto N° 1.001/82.
7. Gestionar las autorizaciones de las importaciones para compensar
envíos de mercadería con deficiencias en el marco de lo establecido por
el Artículo 573, siguientes y concordantes, del Código Aduanero.
DEPARTAMENTO TÉCNICA DE EXPORTACIÓN
ACCIÓN
Entender en el relevamiento, evaluación y análisis de los aspectos
técnicos para la interpretación y aplicación de las leyes y reglamentos
de la técnica y operativa aduaneras en materia técnica de exportación.
TAREAS
1. Asesorar en materia técnica de exportación al Organismo, cuando así
lo requieran normas legales o lo disponga la Dirección.
2. Participar en la elaboración de normas en materia de exportación,
proyectando los actos resolutivos y no resolutivos, generales y
particulares, sobre la base de las opiniones técnicas emitidas.
3. Efectuar la interpretación técnica de las normas aduaneras de
exportación, elaborando informes y proyectando las respuestas
correspondientes.
4. Supervisar la atención de las consultas de carácter informativo en
temas vinculados a su competencia.
5. Entender en la definición de las condiciones y acciones necesarias
para la aplicación de la normativa de exportación en el Sistema
Informático MALVINA (SIM).
6. Entender en el análisis de las solicitudes de destinaciones
suspensivas de exportación temporaria y sus prórrogas en los términos
de los Artículos 40.1.a del Decreto N° 1.001/82.
7. Coordinar y propiciar la intervención de otras áreas de esta
Administración Federal o de terceros organismos, cuando resulte
necesario para la continuidad del análisis técnico.
8. Entender en la definición de criterios uniformes vinculados a los
regímenes generales y especiales de exportación para su aplicación a
nivel operativo.
9. Supervisar la elaboración de actos de carácter particular sobre
materias reservadas a la Dirección General de Aduanas.
10. Participar en la actividad docente en temas de su competencia y en
la evaluación de los aspirantes a auxiliares del servicio aduanero, en
colaboración con las-áreas con competencia.
11. Participar en las reuniones que se realicen en el marco del Comité
Técnico N° 2 "Asuntos Aduaneros" de la Comisión de Comercio del
MERCOSUR, así como en aquellas reuniones convocadas por los organismos
nacionales e internacionales en las que se aborden temas inherentes al
ámbito de su competencia.
DIVISIÓN EVALUACIÓN Y DESARROLLO
NORMATIVO
ACCIÓN
Entender en las definiciones de los aspectos normativos que deban ser
considerados para la elaboración o modificación de normas en materia de
exportación, así como emitir opinión técnica en los temas de su
competencia.
TAREAS
1. Efectuar el análisis normativo para la definición del alcance de las
normas y el establecimiento de pautas interpretativas sobre la base de
criterios uniformes aplicables en materia de exportación.
2. Proyectar respuestas y elaborar informes respecto a la
interpretación técnica de las normas aduaneras de exportación.
3. Intervenir en la elaboración de normas en materia de exportación que
tengan origen en la Dirección de Técnica o que provengan de áreas
dependientes de la Dirección General de Aduanas que requieran de su
intervención y conformidad.
4. Entender en la definición normativa y supervisión de las condiciones
y acciones necesarias para la debida aplicación de la normativa de
exportación o la implementación de destinaciones y operaciones de
exportación en el Sistema Informático MALVINA (SIM).
5. Coordinar la atención de las consultas relacionadas con la normativa
de exportación.
6. Elaborar informes solicitando, cuando corresponda, la intervención
de otras áreas de esta Administración Federal o de terceros Organismos,
cuando resulte necesario para la continuidad del análisis técnico.
SECCIÓN REGÍMENES GENERALES Y
ESPECIALES
ACCIÓN
Atender las consultas y actos necesarios para propiciar la elaboración,
modificación y actualización de normas relacionadas con la aplicación y
utilización de los regímenes generales y especiales de exportación
previstos en el Código Aduanero o definidos en normas específicas.
TAREAS
1. Intervenir en el análisis y definición de los aspectos técnicos que
requieran el dictado, modificación o actualización de normas aduaneras
relacionadas con los regímenes generales y especiales de exportación.
2. Intervenir en la elaboración de informes para propiciar el dictado
de normas de carácter general que involucren temas de competencia, con
origen en la Dirección de Técnica.
3. Definir criterios uniformes vinculados con los regímenes generales y
especiales de exportación para su aplicación a nivel operativo.
4. Definir las condiciones y acciones necesarias para la debida
aplicación de la normativa de exportación en el Sistema Informático
MALVINA (SIM).
5. Atender las consultas relacionadas con la temática de su competencia.
6. Elaborar informes y contestar oficios judiciales con destino al
Poder Judicial, que involucren temas de su competencia.
DIVISIÓN TÉCNICA
ACCIÓN
Entender en la definición de los aspectos técnicos para la elaboración
o modificación de normas en materia de exportación, así como emitir
opinión técnica en los temas de su competencia.
TAREAS
1. Efectuar el análisis técnico para la definición del alcance de las
normas y el establecimiento de pautas interpretativas sobre la base de
criterios uniformes aplicables en materia de exportación.
2. Proyectar respuestas y elaborar informes respecto a la
interpretación técnica de las normas aduaneras de exportación.
3. Intervenir en la elaboración de normas en materia de exportación que
tengan origen en la Dirección de Técnica o que provengan de áreas
dependientes de la Dirección General de Aduanas que requieran de su
intervención y conformidad.
4. Atender la suspensión o modificación de requisitos legales o
reglamentarios de naturaleza formal relativos a las exportaciones.
5. Atender técnicamente en las causas aduaneras relacionadas con la
exportación.
6. Entender en las consultas relacionadas con la normativa de
exportación.
7. Elaborar informes solicitando, cuando corresponda, la intervención
de otras áreas de esta Administración Federal o de terceros Organismos,
cuando resulte necesario para la continuidad del análisis técnico.
8. Realizar informes técnicos en sumarios contenciosos, a solicitud de
autoridad competente.
9. Autorizar las solicitudes de los envíos de efectos personales fuera
de los plazos previstos en el Artículo 60 del Decreto N° 1.001/82 y por
motivos especiales (Ejemplo: Por razones de estudio o laborales).
10. Autorizar las solicitudes de destinaciones suspensivas de
exportación temporaria y sus prórrogas, en los términos del Artículo
40.3 y 40.5 del Decreto N° 1.001/82.
11. Autorizar la exportación para compensar envíos de mercadería con
deficiencias en el marco de lo establecido por el Artículo 573,
siguientes y concordantes, del Código Aduanero.
12. Intervenir en el procedimiento de repetición de operaciones de
exportación.
13. Precisar los aspectos técnicos que permitan la correcta definición
de las condiciones y acciones necesarias para la aplicación de la
normativa de exportación en el Sistema Informático MALVINA (SIM).
14. Entender en la tramitación de las destinaciones de exportación que
deban tramitarse por la vía de la excepción.
15. Analizar las solicitudes de destinaciones suspensivas de
exportación temporaria y sus prórrogas, en los términos de los
Artículos 40.1.a del Decreto N° 1.001/82.
SECCIÓN AUTORIZACIONES ESPECIALES
ACCIÓN
Entender en las autorizaciones de carácter especial de los regímenes
generales y especiales, así como en aquellos vinculados con las
exportaciones temporales cuya autorización resulte competencia de la
Dirección de Técnica.
TAREAS
1. Atender las consultas relacionadas con la temática de su competencia.
2. Solicitar información a otras dependencias aduaneras sobre las
destinaciones de exportación efectuadas mediante la aplicación de los
regímenes generales y especiales previstos en la legislación aduanera.
3. Elaborar las conclusiones o recomendaciones sobre la base de los
resultados obtenidos de la supervisión de las destinaciones de
exportación.
4. Analizar las solicitudes de autorización de las destinaciones y
operaciones de exportación de los regímenes que no se encuentran
incorporados al Sistema Informático MALVINA (SIM).
5. Elaborar los informes relativos a las solicitudes de los envíos de
efectos personales fuera de los plazos previstos en el Artículo 60 del
Decreto N° 1.001/82 y por motivos especiales (Ejemplo: Por razones de
estudio o laborales).
6. Analizar las solicitudes de destinaciones suspensivas de exportación
temporaria y sus prórrogas, en los términos de los Artículos 40.3 y
40.5 del Decreto N° 1.001/82.
7. Gestionar las autorizaciones de las exportaciones para compensar
envíos de mercadería con deficiencias en el marco de lo establecido por
el Artículo 573, siguientes y concordantes, del Código Aduanero.
DEPARTAMENTO TÉCNICA DE NOMENCLATURA Y
CLASIFICACIÓN
ARANCELARIA
ACCIÓN
Entender en el relevamiento, evaluación y análisis que deban ser
considerados para la interpretación y aplicación de las leyes y
reglamentos de la técnica y operativa aduanera en materia de
nomenclatura y clasificación arancelaria de mercaderías, su designación
e identificación y la aplicación de regímenes de tributación, medidas
de protección comercial e intervenciones en el diseño del Arancel
Integrado Aduanero (A.I.A.).
Entender en el estudio de los Acuerdos Comerciales Internacionales
Preferenciales en lo relativo a la temática aduanera.
TAREAS
1. Asesorar en materia de nomenclatura y clasificación arancelaria de
mercaderías, en su ámbito de aplicación.
2. Participar en la elaboración de normas en materia de nomenclatura y
clasificación arancelaria de mercaderías, en su ámbito de aplicación,
incluyendo sistemas de extracción, acondicionamiento y tránsito de
muestras, así como el registro y recopilación de antecedentes de
clasificación arancelaria y todo otro que sea materia de su competencia.
3. Aprobar la relación entre los códigos de nomenclatura vigente, los
catálogos de productos y otras nomenclaturas o sistemas de
identificación utilizados en el comercio internacional, en aquellos
casos que por normas legales se dispusiere su uso.
4. Efectuar la interpretación técnica en los aspectos de su
competencia, elaborando informes y proyectando las respuestas
correspondientes.
5. Supervisar la atención de las consultas de carácter informativo en
temas vinculados a su competencia.
6. Elaborar y actualizar el A.I.A. y proveer los datos requeridos para
el proceso informático de implementación de aranceles.
7. Entender en la realización de análisis químicos y físicos de
mercaderías de importación y exportación emitiendo los correspondientes
protocolos o disponiendo la derivación a los laboratorios que
correspondan.
8. Coordinar y propiciar la intervención de otras áreas de esta
Administración Federal o de terceros Organismos, cuando resulte
necesario para la continuidad del análisis técnico.
9. Participar, en el orden nacional e internacional en congresos,
reuniones o actos propiciados por organismos oficiales o privados,
sobre temas de su competencia.
10. Participar en la actividad docente en temas de su competencia y en
la evaluación de los aspirantes a auxiliares del servicio aduanero, en
colaboración con las áreas con competencia.
DIVISIÓN CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
ACCIÓN
Entender en la definición de los aspectos técnicos que deban ser
considerados para la elaboración o modificación de normas, dictámenes e
informes relacionados con la interpretación de las leyes y reglamentos
sobre la clasificación arancelaria de las mercaderías.
Atender la gestión vinculada con el archivo de documentación relativa
al MERCOSUR.
TAREAS
1. Intervenir en la elaboración de proyectos para la interpretación y
aplicación de las leyes y reglamentos sobre la clasificación de las
mercaderías en los sistemas de nomenclatura vigentes.
2. Coordinar el asesoramiento de aspectos relacionados con la
nomenclatura y la clasificación arancelaria a solicitud de organismos
públicos o privados y de los particulares.
3. Intervenir en las cuestiones relativas a la declaración comprometida
cuando corresponda.
4. Analizar la relación entre los códigos de nomenclatura vigente, los
catálogos de productos y otras nomenclaturas o sistemas de
identificación utilizados en el comercio internacional, en aquellos
casos que por normas legales se dispusiere su uso.
5. Controlar la clasificación de las mercaderías incursas en sumarios,
situaciones controvertidas y las que deban incluirse en el Arancel
Integrado Aduanero.
6. Supervisar la gestión relativa a embarques escalonados y el aspecto
clasificatorio vinculado con la comprobación de destino.
7. Participar en las reuniones que se realicen en el marco del Comité
Técnico N° 1 "Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías"
de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, así como en aquellas reuniones
convocadas por los organismos nacionales e internacionales en las que
se aborden temas inherentes al ámbito de su competencia.
8. Mantener el archivo de las actuaciones y documentación vinculada con
el Comité Técnico N° 1 "Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de
Mercaderías" de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
9. Atender la recepción, derivación al organismo analizador, guarda y
preservación de muestras representativas de mercaderías sujetas a
estudio por el plazo que corresponda hasta la determinación de su
destino final.
10. Mantener el archivo de las actuaciones relativas a embarques
escalonados autorizados por la Dirección de Técnica, efectuar las
comunicaciones a las aduanas intervinientes y recepcionar la
documentación referida a la cancelación de los mismos.
11. Participar en la actividad docente en temas de su competencia y en
la evaluación de los aspirantes a auxiliares del servicio aduanero,
junto con las áreas con competencia.
12. Elaborar informes y contestar oficios judiciales con destino al
Poder Judicial, que involucren temas de su competencia.
SECCIÓN CLASIFICACIÓN "A"
ACCIÓN
Elaborar los proyectos de normas, dictámenes e informes sobre la
clasificación arancelaria de mercaderías comprendidas en los capítulos
1 al 24, 25 al 40, 41 al 67, 71, 91, 92 y 94 al 97 del Sistema
Armonizado.
TAREAS
1. Participar en el dictado de normas o proyectos para la
interpretación y aplicación de las leyes y reglamentos sobre la
clasificación de las mercaderías de sus especialidades técnicas en los
sistemas de nomenclatura vigente.
2. Atender el asesoramiento y gestión referente a la nomenclatura y la
clasificación arancelaria en relación a las mercaderías del marco de su
competencia a solicitud de organismos públicos o privados y de los
particulares.
3. Intervenir en las cuestiones relativas a la declaración comprometida
cuando corresponda.
4. Atender la clasificación de las mercaderías de sus especialidades
técnicas incursas en sumarios o situaciones controvertidas, así como de
aquellas que deben incluirse en el Arancel Integrado Aduanero.
5. Atender lo relativo a embarques escalonados y el aspecto
clasificatorio vinculado con la comprobación de destino.
6. Participar en el orden nacional e internacional, en congresos,
reuniones o actos propiciados por organismos oficiales o privados que
traten asuntos de su competencia.
7. Colaborar en la capacitación profesional del personal aduanero en lo
relativo a la actividad docente y de evaluación, junto con las áreas
con competencia.
8. Atender la recepción y preservación en condiciones adecuadas de
muestras representativas, cuyo trámite corresponda a la División.
SECCIÓN CLASIFICACIÓN "B"
ACCIÓN
Elaborar los proyectos de normas, dictámenes e informes sobre la
clasificación arancelaria de mercaderías comprendidas en los capítulos
68 al 70, 72 al 76, 78 al 90 y 93 del Sistema Armonizado.
TAREAS
1. Participar en el dictado de normas o proyectos para la
interpretación y aplicación de las leyes y reglamentos sobre la
clasificación de las mercaderías de sus especialidades técnicas en los
sistemas de nomenclatura vigente.
2. Atender el asesoramiento y gestión referente a la nomenclatura y la
clasificación arancelaria en relación a las mercaderías del marco de su
competencia a solicitud de organismos públicos o privados y de los
particulares.
3. Intervenir en las cuestiones relativas a la declaración comprometida
cuando corresponda.
4. Atender la clasificación de las mercaderías de sus especialidades
técnicas incursas en sumarios o situaciones controvertidas, así como de
aquellas que deben incluirse en el Arancel Integrado Aduanero.
5. Atender todo lo relativo a embarques escalonados y el aspecto
clasificatorio vinculado con la comprobación de destino.
6. Participar en el orden nacional e internacional, en congresos,
reuniones o actos propiciados por organismos oficiales o privados que
traten asuntos de su competencia.
7. Colaborar en la capacitación profesional del personal aduanero en lo
relativo a la actividad docente y de evaluación, junto con las áreas
con competencia.
8. Atender la recepción y preservación en condiciones adecuadas de
muestras representativas, cuyo trámite corresponda a la División.
DIVISIÓN ARANCEL INFORMÁTICO
ACCIÓN
Entender en la confección, asociación y mantenimiento del Arancel
Integrado Aduanero (A.I.A.), en materia de regímenes de tributación y
de beneficios, intervenciones de terceros organismos, control de las
prohibiciones y medidas de protección comercial, vinculados con la
importación y exportación.
TAREAS
1. Intervenir en la confección, asociación y mantenimiento del A.I.A.,
en materia de derechos, tasas y demás gravámenes o beneficios, así como
en regímenes especiales de tributación y medidas de protección
comercial.
2. Intervenir en la puesta en explotación de prohibiciones, exigencias
de autorizaciones o intervenciones de terceros organismos, así como
cualquier otra circunstancia o elemento susceptible de incorporarse al
A.I.A., sea a los fines de la importación o exportación.
3. Suministrar información relacionada con derechos de importación y
derechos y estímulos a la exportación, a requerimiento de autoridad
competente.
4. Efectuar la creación de carátulas de las listas informáticas
solicitadas por los usuarios internos.
5. Efectuar la asignación de grupos de trabajo para la administración
de las listas informáticas a las áreas responsables de su gestión y
mantenimiento.
6. Efectuar la carga y supervisión de elementos en las listas
informáticas.
7. Analizar, definir, remitir y controlar las condiciones y acciones
tendientes a la elaboración de reglas lógicas para la implementación de
los regímenes a su cargo en el A. I. A.
8. Atender las consultas y producir informes referidos a la
interpretación de la normativa aplicable, así como de las herramientas
declarativas generadas en el A.I.A.
9. Generar las pautas necesarias para la corrección de errores,
omisiones o carga tardía de datos de su competencia en el A.I.A.
10. Participar en las reuniones que se realicen en el marco del Comité
Técnico N° 2 "Asuntos Aduaneros" de la Comisión de Comercio del
MERCOSUR, así como en aquellas reuniones convocadas por los organismos
nacionales e internacionales en las que se aborden temas inherentes al
ámbito de su competencia.
11. Elaborar informes y contestar oficios judiciales con destino al
Poder Judicial, que involucren temas de su competencia.
DIVISIÓN INSTITUTO TÉCNICO DE EXAMEN
DE MERCADERÍAS
ACCIÓN
Supervisar las tareas inherentes a la realización de análisis químicos
y físicos de mercaderías y la identificación y detección de
estupefacientes, psicotrópicos y al dictado de la normativa
reglamentaria relativa al manipuleo y mantenimiento de muestras.
TAREAS
1. Efectuar los análisis químicos y físicos de mercaderías emitiendo
los correspondientes protocolos.
2. Analizar y definir las pautas y alcances de las normas que deban
proyectarse en relación con el análisis de las mercaderías y al sistema
de extracción, acondicionamiento y tránsito de muestras.
3. Asesorar en el traslado de muestras en la jurisdicción de la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y producir
su distribución en las áreas analíticas.
4. Entender en el asesoramiento sobre identificación y detección de
estupefacientes, psicotrópicos, así como asistir a comisiones relativas
al tema.
5. Entender en el análisis de muestras a los efectos de la
clasificación arancelaria a solicitud de organismos públicos o privados
y de los particulares.
6. Designar profesionales químicos para realizar peritajes.
7. Participar en el orden nacional e internacional en congresos,
reuniones o actos propiciados por organismos oficiales o privados,
sobre temas de su competencia.
SECCIÓN ORGÁNICA
ACCIÓN
Atender la realización de análisis químicos y físicos de mercaderías de
naturaleza orgánica, así como de estupefacientes, psicotrópicos y
precursores químicos.
TAREAS
1. Efectuar los análisis químicos y físicos de mercaderías de
naturaleza orgánica, estupefacientes, psicotrópicos y precursores
químicos, emitiendo los correspondientes protocolos.
2. Asesorar sobre identificación y detección de estupefacientes,
psicotrópicos y precursores químicos, así como asistir a comisiones
relativas al tema.
3. Realizar peritajes.
4. Participar en el orden nacional e internacional en congresos,
reuniones o actos propiciados por organismos nacionales oficiales o
privados que traten asuntos de su competencia.
SECCIÓN INORGÁNICA
ACCIÓN
Intervenir en la realización de análisis químicos y físicos de
mercaderías de naturaleza inorgánica.
TAREAS
1. Efectuar los análisis químicos y físicos de mercaderías de
naturaleza inorgánica emitiendo los correspondientes protocolos.
2. Efectuar peritajes.
3. Participar en el orden nacional e internacional en congresos,
reuniones o actos propiciados por organismos nacionales oficiales o
privados, sobre temas de su competencia.
SECCIÓN MUESTRAS
ACCIÓN
Atender la gestión vinculada con la agilización, control y seguimiento
del movimiento de las actuaciones administrativas y la recepción y
preservación en condiciones adecuadas de muestras representativas cuyo
trámite corresponda a la División.
TAREAS
1. Atender el registro de ingreso, distribución, egreso y archivo de
las actuaciones administrativas de cualquier índole que se tramitan en
el ámbito de la División.
2. Atender la recepción, derivación al organismo analizador, guarda y
preservación de muestras representativas de mercaderías sujetas a
estudio por el plazo que corresponda hasta la determinación de su
destino final.
3. Mantener y actualizar el material bibliográfico.
4. Protocolizar los resultados analíticos producidos por la División.
DIVISIÓN CUPOS DE ORIGEN
ACCIÓN
Entender en el estudio de los Acuerdos Comerciales Internacionales
Preferenciales en lo relativo a la temática aduanera, con excepción de
los Acuerdos que involucran políticas automotrices, sobre los cuales
sólo se atenderán aspectos vinculados con sus regímenes de origen.
TAREAS
1. Analizar, interpretar e instruir a las áreas correspondientes sobre
la aplicación de los Acuerdos vinculados a las cuestiones aduaneras.
2. Llevar el control de cupos de importación establecidos en los
Acuerdos vigentes, así como en cualquier otra normativa, siempre que
dicho control resulte competencia de la Dirección General de Aduanas.
3. Intervenir en la resolución de aspectos vinculados con la aplicación
de un Acuerdo, atendiendo necesidades de áreas del Organismo y de
usuarios externos.
4. Definir las condiciones y acciones que posibiliten la implementación
informática de Acuerdos, de aspectos vinculados con los mismos y de
cuestiones que se encuentran en el ámbito de su competencia.
5. Definir el alcance de las normas y el establecimiento de pautas
interpretativas sobre la base de criterios uniformes aplicables en
materia de Acuerdos.
6. Elaborar los informes y proyectar las respuestas respecto a la
interpretación técnica de los Acuerdos o aspectos vinculados en la
materia.
7. Intervenir en la elaboración de normas en materia de Acuerdos que
tengan origen en la Dirección de Técnica o que provengan de áreas
dependientes de la Dirección General de Aduanas, que requieran de su
intervención y conformidad.
8. Intervenir en el procedimiento de repetición de operaciones de
importación en las que se hubiera hecho uso de beneficios previstos en
Acuerdos.
9. Atender las consultas referidas a la correcta aplicación de los
Acuerdos, regímenes de origen y administración de cupos.
10. Participar en las reuniones que se realicen en el marco del Comité
Técnico N° 3 "Normas y Disciplinas Comerciales" de la Comisión de
Comercio del Mercosur, así como en aquellas reuniones convocadas por
los organismos nacionales e internacionales en las que se aborden temas
inherentes al ámbito de su competencia.
11. Intervenir en la resolución de solicitudes de repetición vinculadas
a la interpretación de los regímenes de origen preferencial.
12. Realizar el seguimiento de investigaciones de origen preferencial.
13. Elaborar informes y contestar oficios judiciales con destino al
Poder Judicial, que involucren temas de su competencia.
IF-2018-00060740-AFIP-DVCOTA#SDGCTI