ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
Decreto 585/2018
Modificación. Decreto N° 174/2018.
Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-29904876-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nº
174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, N° 1344 de fecha
4 de octubre de 2007 y Nº 575 de fecha 21 de junio de 2018; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 174/18 y modificatorios se aprobó, entre otros
aspectos, el organigrama de aplicación de la Administración Pública
Nacional hasta nivel de Subsecretaría estableciendo sus respectivas
competencias.
Que a través del Decreto Nº 575/18 se suprimió el MINISTERIO DE
FINANZAS, concentrando sus competencias en el MINISTERIO DE HACIENDA.
Que, asimismo, por el referido Decreto se transfirieron las
competencias relativas a la política minera del ámbito del entonces
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGIA, a la
órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que como consecuencia de dicha modificación, resulta pertinente
modificar el artículo 6° del Decreto Nº 1344/07 en relación al Órgano
Responsable de la coordinación de los Sistemas que integran la
Administración Financiera del Sector Público Nacional.
Que, por otra parte, resulta necesario realizar modificaciones en los
objetivos de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, a fin de excluir su intervención en los aspectos
relativos a la normatización y registración de productos y
establecimientos elaboradores de alimentos.
Que, en virtud de las nuevas conformaciones ministeriales, resulta
necesario adecuar el Decreto Nº 174/18 y modificatorios.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
HACIENDA han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Suprímese, del Anexo I del artículo 1º, del Anexo II del
artículo 2º, del Anexo III del artículo 3º y del Anexo IV del artículo
4º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el
APARTADO IX, correspondiente al ex MINISTERIO DE FINANZAS.
ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese, del Anexo I - Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada-, aprobado por el artículo 1º
del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el
Apartado VIII, correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA, por el
siguiente:
“VIII. - MINISTERIO DE HACIENDA
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS NORMATIVOS
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE REGULACIÓN FINANCIERA
SECRETARÍA DE HACIENDA
- SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA
SECRETARÍA DE FINANZAS
- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y SERVICIOS FINANCIEROS
SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA”
ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese, del Anexo I - Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada- aprobado por el artículo 1º
del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el
Apartado X, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, por el
siguiente:
“X- MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y PLANEAMIENTO PRODUCTIVO
SECRETARÍA DE INDUSTRIA
- SUBSECRETARÍA DE COMPRE ARGENTINO Y DESARROLLO DE PROVEEDORES
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
SECRETARÍA DE COMERCIO
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERNACIONAL
SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
- SUBSECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD MINERA”
ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese, del Anexo I - Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada-, aprobado por el artículo 1º
del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el
Apartado XXIV, correspondiente al entonces MINISTERIO DE ENERGIA Y
MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGÍA, por el siguiente:
“XXIV - MINISTERIO DE ENERGÍA
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURIFEROS
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR
- SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA ENERGÉTICA”
ARTÍCULO 5º.- Sustitúyese, del Anexo II –Objetivos- aprobado por el
artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y
modificatorios, el Apartado VIII, correspondiente al MINISTERIO DE
HACIENDA, conforme al detalle obrante en la planilla anexa al presente
artículo (IF-2018-30220670- APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante
del presente decreto.
ARTÍCULO 6º.- Suprímense, del Anexo II –Objetivos- aprobado por el
artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y
modificatorios, en el Apartado XXIV correspondiente al entonces
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGÍA, los
Objetivos de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO, de la SUBSECRETARÍA
DE SUSTENTABILIDAD MINERA y de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE
POLÍTICA MINERA.
ARTÍCULO 7º.- Incorpóranse al Anexo II –Objetivos- aprobado por el
artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y
modificatorios, en el Apartado X, correspondiente al MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, los Objetivos de la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA y de sus
dependientes SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO y SUBSECRETARÍA DE
SUSTENTABILIDAD MINERA, conforme al detalle obrante en la planilla
anexa al presente artículo (IF-2018-30221683-APN-DNDO#JGM), que forma
parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 8º.- Sustitúyense, del Anexo III - Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de
2018 y modificatorios, el Apartado VIII, correspondiente al MINISTERIO
DE HACIENDA, el Apartado X, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
y el Apartado XXIV, correspondiente al entonces MINISTERIO DE ENERGIA Y
MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGÍA, por los obrantes en planilla
anexa al presente artículo (IF-2018-30222789-APN-DNDO#JGM), que forma
parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 9º.-Sustitúyense, del Anexo IV – Conformación Organizativa de
la Administración Nacional centralizada-, aprobado por el artículo 4º
del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el
Apartado VIII, correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA, el Apartado
X, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y el Apartado XXIV,
correspondiente al entonces MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, actual
MINISTERIO DE ENERGÍA, por los obrantes en planillas anexas al presente
artículo (IF-2018-30223571-APN-DNDO#JGM, IF-2018-30224291-APN-DNDO#JGM
e IF-2018-30225144-APN-DNDO#JGM), que forman parte integrante del
presente decreto.
ARTÍCULO 10.- Sustitúyese, del Anexo II –Objetivos- aprobado por el
artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y
modificatorios, en el Apartado XI, correspondiente al MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, en la parte correspondiente a la SECRETARÍA DE ALIMENTOS
Y BIOECONOMÍA, el Objetivo 5, por el siguiente: “5. Coordinar la
actualización del Código Alimentario Argentino, así como el desarrollo
y organización de la Comisión Nacional de Alimentos, de acuerdo a las
competencias establecidas en la normativa vigente.”
ARTÍCULO 11.- Sustitúyese el Apartado I del Artículo 6° del Anexo al
Decreto 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y modificatorios, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
“I. Las funciones de Órgano Responsable de la coordinación de los
sistemas que integran la Administración Financiera del Sector Público
Nacional, serán ejercidas conjuntamente por la SECRETARÍA DE HACIENDA y
la SECRETARÍA DE FINANZAS, ambas del MINISTERIO DE HACIENDA.”
ARTÍCULO 12.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría
del ex MINISTERIO DE FINANZAS, del MINISTERIO DE HACIENDA, del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, las
que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias,
acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles,
grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto Nº
2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 13.-Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, el gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origen
asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional
vigente.
ARTÍCULO 14.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del
dictado de la medida.
ARTÍCULO 15.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/06/2018 N° 45560/18 v. 26/06/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 5°
MINISTERIO DE HACIENDA
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
OBJETIVOS
1. Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.
2. Entender en la coordinación de las relaciones institucionales con
Organismos y Autoridades en el ámbito Nacional, Provincial o Municipal,
así como con los distintos sectores del ámbito público y privado, en el
marco de las competencias asignadas al Ministerio.
3. Asistir en las relaciones con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y
en lo referido a los proyectos legislativos de materia de la
Jurisdicción y efectuar su seguimiento.
4. Asistir y asesorar al señor Ministro en la articulación entre las
diferentes áreas del Ministerio.
5. Asistir al señor Ministro en todo lo concerniente a las relaciones
institucionales, ceremonial, protocolo, prensa y difusión.
6. Supervisar todo lo vinculado con el servicio de información
bibliográfica y documental de la jurisdicción en materia económica y
técnica.
7. Coordinar las acciones vinculadas con el desarrollo e implementación
de diseño web y contenidos digitales de la jurisdicción ministerial.
8. Coordinar las acciones vinculadas con la recuperación y conservación
del patrimonio cultural de la Jurisdicción.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades del servicio
jurídico permanente,y de apoyo legal,
técnico y administrativo de la jurisdicción ministerial.
2. Intervenir en la elaboración de los proyectos de leyes, decretos,
decisiones administrativas, resoluciones y disposiciones vinculadas con
las actividades sustantivas del área de su competencia.
3. Dirigir el diseño y aplicación de la política administrativa,
presupuestaria y financiera de la jurisdicción, la política de recursos
humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos, de
despacho y gestión de la documentación administrativa, y los sumarios
administrativos disciplinarios.
4. Coordinar la aplicación de las medidas de normalización patrimonial
del Sector Público Nacional.
5. Entender en la aplicación de los programas tendientes a la
administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones
remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas,
disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.
6. Supervisar todo lo vinculado con la liquidación de los fondos
fiduciarios que comprometen bienes y/o aportes que se realicen a través
de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública
Nacional y de otros cuya liquidación sea encomendada al MINISTERIO DE
HACIENDA, como así también de sus bienes, derechos y obligaciones
remanentes.
7. Coordinar la dirección y la unificación de la representación de
todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA,
cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N°
24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del
sector privado de los que resulte acreedor el Sector Público.
8. Dirigir lo vinculado con los procesos de reconversión empresaria y
el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que
es materia de su competencia.
9. Entender en todo lo relativo a los Programas de Propiedad
Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA,
en lo que es materia de su competencia.
10. Entender en lo relativo a la defensa judicial y arbitral del ESTADO
NACIONAL en el ámbito nacional e internacional, en lo que es materia de
su competencia.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y
NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
OBJETIVOS
1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la
jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para
la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos
tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de
los objetivos y metas previstos.
4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que
presta servicio y de las entidades descentralizadas dependientes, así
como la planificación de las actividades de administración.
5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos e
informáticos y entender en la administración de los espacios físicos de
la Jurisdicción ministerial.
6. Entender en la ejecución operativa de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera- contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo, como así también de proyectos de
participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.
7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financi amiento externo y/o proyectos de participación
público-privada, en lo que es materia de su competencia.
8. Dirigir la aplicación de los programas tendientes a la
administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones
remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas,
disueltas o que dejen de operar por cualquier causa así como coordinar
todo lo vinculado con la liquidación de aquellos fondos fiduciarios que
comprometen bienes y/o aportes que se realicen a través de las
Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de
otros cuya liquidación sea encomendada al MINISTERIO DE HACIENDA, como
así también de sus bienes, derechos y obligaciones remanentes.
9. Asistir en la dirección y la unificación de la representación de
todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA,
cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N°
24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del
sector privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.
10. Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión
empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO
NACIONAL, en lo que es materia de su competencia, y coordinar la
aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el
Sector Público Nacional y el sector privado, en el marco de las normas
vigentes.
11. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO
NACIONAL en empresas con participación estatal en el ámbito de la
Jurisdicción y la representación del MINISTERIO DE HACIENDAen aquellos
órganos societarios donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean
participación accionaria.
12. Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de
Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE
HACIENDAy la gestión en sede administrativa vinculada con la
cancelación de pasivos cuyo pago deba materializarse en bonos de
consolidación de deuda, en el marco de las competencias asignadas.
MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS NORMATIVOS
OBJETIVOS
1. Dirigir el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE HACIENDA,
en lo que respecta a la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos y
supervisar el accionar de los servicios jurídicos de los organismos
descentralizados y entes en liquidación.
2. Intervenir en los proyectos de leyes, decretos, decisiones
administrativas, resoluciones y disposiciones que creen nuevas normas,
o modifiquen normas vinculadas con la Jurisdicción.
3. Asesorar jurídicamente en materia impositiva, aduanera y
presupuestaria.
4. Asesoraren cuestiones vinculados con materias administrativas,
financieras y de empleo público.
5. Asesorar en relación con los contratos de obras y servicios públicos
de la Jurisdicción.
6. Asesorar respecto de la cancelación de pasivos mediante bonos de
consolidación de deuda y de los saldos de deudas a cargo de la
Administración Pública Nacional.
7. Asesorar en los programas vinculados con la administración y
liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las
empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen
de operar por cualquier causa.
8. Supervisar el despacho y gestión de la documentación administrativa.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
OBJETIVOS
1. Dirigir la defensa judicial del ESTADO NACIONAL en los asuntos
litigiosos concernientes a la Jurisdicción y la contestación de los
requerimientos del Poder Juridicial
2. Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de
créditos a favor delTesoro Nacional.
3. Dirigir la actividad sumarial administrativo-disciplinaria del
MINISTERIO DE HACIENDA.
4. Coordinar y asesorar en la representación y patrocinio del ESTADO
NACIONAL en asuntos prejudiciales, judiciales y arbitrales, en el
ámbito nacional, en lo que es materia de competencia del MINISTERIO DE
HACIENDA.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE REGULACIÓN
FINANCIERA
OBJETIVOS
1. Asesorar en los aspectos técnico-legales de las propuestas relativas
a la coordinación y regulación de los servicios financieros, mercados
de capitales, sistema de financiamiento colectivo e inclusión
financiera.
2. Asesorar en el análisis legal de los contratos que se suscriban con
los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y
multilaterales y con inversores.
3. Asesorar en el análisis legal de las políticas de administración de
los activos financieros del ESTADO NACIONAL.
4. Asistir en el análisis de los aspectos legales de las acciones
orientadas a preservar el crédito público.
5. Asesorar en el análisis de los aspectos legales, regulatorios y
contractuales de las cuestiones vinculadas al régimen de Participación
Público-Privada.
6. Asesorar en la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en
asuntos prejudiciales, judiciales y arbitrales internacionales del
ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, coordinando su accionar, cuando
correspondiere, con la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y otros organismos.
7. Coordinar el seguimiento de los asuntos litigiosos internacionales,
en lo que es materia de su competencia.
8. Participar y asesorar en los aspectos legales de las negociaciones
financieras y acuerdos de pago internacionales.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE HACIENDA
OBJETIVOS
1. Coordinar la aplicación de las políticas y la administración
presupuestaria y financiera del gasto público nacional.
2. Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y
Contabilidad, y ejercer con la SECRETARÍA DE FINANZAS las funciones de
Órgano Responsable de la Coordinación de los
Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.
3. Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del
ESTADO NACIONAL.
4. Intervenir en la definición de las necesidades de financi amiento
del Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o
empresas, por las que se originen, o puedan eventualmente originarse
obligaciones de pago.
5. Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos
fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través
de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública
Nacional.
6. Participar en el control y análisis presupuestario del gasto en
personal del Sector Público Nacional, en coordinación con las áreas
correspondientes de otras jurisdicciones del ESTADO NACIONAL con
competencia en la materia.
7. Participar en los procesos de modernización y transparencia del
Estado Nacional en el ámbito de su competencia.
8. Entender en todo lo vinculado a los aspectos contables, fiscales y
económicos, en la relación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos
Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
elaborar propuestas respecto al perfil de la deuda pública de las
provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el ESTADO
NACIONAL.
9. Intervenir en el otorgamiento de asistencia transitoria a las
provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a través de anticipos
a cuenta de las respectivas participaciones en los impuestos nacionales
coparticipables y desarrollar en coordinación con el MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, políticas y programas de
asistencia a las mismas, en lo que es materia de su competencia.
10. Coordinar la participación del MINISTERIO DE HACIENDA y el accionar
de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los foros
financieros internacionales y en los organismos internacionales de
crédito, incluyendo al FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI).
11. Intervenir en la representación o representar, cuando corresponda,
al MINISTERIO DE HACIENDA en los grupos intergubernamentales o foros de
cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero
Internacional.
12. Entender en las relaciones, negociaciones y representación del país
con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la
Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales
y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de
los mismos.
13. Entender en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con
los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y
multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de
los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los
programas con dichos organismos.
14. Intervenir en la autorización del endeudamiento del Sector Público
No Financiero Provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
Municipal, así como en el análisis de propuestas respecto al perfil de
su endeudamiento con el ESTADO NACIONAL.
15. Entender en el seguimiento de la evolución fiscal del Sector
Público Argentino a través de la instrumentación de un sistema de
información del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal.
16. Coordinar las relaciones entre la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE
MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE
HACIENDA
SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
OBJETIVOS
1. Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los
organismos y entidades del Sector
Público Nacional.
2. Coordinar la implementación del sistema de contabilidad
gubernamental del Sector Público Nacional.
3. Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público
Nacional.
4. Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de
Información Financiera.
5. Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos
del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
6. Asistir a la Secretaría de Hacienda en los procesos de modernización
y transparencia del Estado Nacional en el ámbito de su competencia.
7. Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos
del ESTADO NACIONAL.
8. Realizar, en el ámbito de su competencia, el control y análisis
presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en
coordinación con las Jurisdicciones con competencia del Estado Nacional.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE HACIENDA
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES
FINANCIERAS INTERNACIONALES
OBJETIVOS
1. Asesorar en las negociaciones y en la representación del país ante
los organismos financieros internacionales de crédito de los que la
Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales
y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de
los mismos.
2. Coordinar todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con
los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y
multilaterales.
3. Entender en el desarrollo, actualización y mantenimiento de los
sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los
programas con los organismos financieros internacionales de crédito.
4. Entender en la programación, formulación, negociación y gestión de
la cartera de préstamos con los organismos internacionales,
multilaterales, bilaterales y regionales de crédito y la revisión de
las operaciones de cartera existentes.
5. Entender en la supervisión de la administración de programas y
proyectos con financiamiento externo del Sector Público Nacional y
efectuar su seguimiento, evaluación y control.
6. Intervenir, en coordinación con las áreas competentes de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, en el diligenciamiento de las actuaciones
correspondientes a la aprobación y suscripción de Convenios de Donación
y Cooperación Técnica no Reembolsable.
7. Participar en la programación presupuestaria en lo relativo a los
proyectos y/o programas financiados con los organismos internacionales
de crédito.
8. Intervenir en la programación de la cartera de préstamos con los
organismos financieros internacionales, proponiendo las asignaciones en
los programas y/o proyectos de inversión pública financiados con
recursos externos.
9. Intervenir en la identificación de fuentes y modalidades de
financiamiento externo de los programas y proyectos que conforman el
Plan Nacional de Inversión Pública en el marco de la Ley N° 24.354
-Inversión Pública-.
10. Informar a la SECRETARIA DE HACIENDA las desviaciones detectadas en
la ejecución de los proyectos y proponer medidas correctivas tendientes
a resolver los desvíos detectados.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
OBJETIVOS
1. Entender en el diseño de la política impositiva, aduanera y de los
recursos de la seguridad social.
2. Participar en el diseño de regímenes de promoción económica, en lo
atinente a los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales que
se persigan a través de ellos.
3. Intervenir en la negociación de acuerdos internacionales en materia
impositiva y aduanera, en coordinación con las unidades competentes del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
4. Efectuar el seguimiento sistemático de la recaudación y distribución
de los recursos tributarios nacionales.
5. Dirigir el desarrollo e instrumentación de mecanismos de
articulación y coordinación institucional con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL
DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), con las áreas pertinentes de los Gobiernos
Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencias
en materia tributaria.
6. Asistir al Ministro en la representación ante la Organización para
la Cooperación yel Desarrollo Económico (OCDE), y participar en los
Comités Técnicos vinculados con su competencia específica.
7. Participar en la Comisión Federal de Impuestos, la Comisión Arbitral
del Convenio Multilateral, en los distintos comités de la Organización
Mundial de las Aduanas (ex- Consejo de Cooperación Aduanera), la
Organización Mundial del Comercio (ex- GATT), la Asociación
Latinoamericana de Integración (ALADI), el Mercado Común del Sur
(MERCOSUR), la Organización de Estados Americanos (OEA) y en las
sesiones de otros organismos o grupos de trabajo nacionales e
internacionales de carácter técnico relacionados con los temas de su
competencia.
8. Supervisar el accionar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA
OBJETIVOS
1. Intervenir en el diseño y propuestas de modificación del sistema
impositivo aduanero y de los recursos de la seguridad social.
2. Intervenir en el diseño de regímenes de promoción económica, con
responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines
extra fiscales que se persigan a través de éstos.
3. Entender en el análisis e interpretación de las leyes, decretos y
otras normas que afectan la estructura de los impuestos, en el
seguimiento de su aplicación y en las propuestas de modificación de las
bases imponibles, las alícuotas, las exenciones y de cualquier otro
aspecto del sistema de determinación de los tributos.
4. Participar en la negociación de acuerdos internacionales en materia
impositiva y aduanera, aplicando las normas nacionales en relación con
las vigentes internacionalmente e intervenir en aquellos que afecten
recursos de la seguridad social.
5. Participar en los procesos de integración regional, sobre los
aspectos impositivos aduaneros referidos al equilibrio tributario.
6. Participar en los Comités Técnicos de la Organización para la
Cooperación yel Desarrollo Económico (OCDE), en los temas vinculados
con su competencia específica.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
1. Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos
estratégicos para la programación de la política económica y la
planificación del desarrollo.
2. Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos
institucionales que promuevan la sistematicidad, coherencia, unidad y
organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la
Jurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.
3. Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las
políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de su
competencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan un
adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación.
4. Entender en la determinación de los objetivos de política económica
y elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración y
negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional
en el ámbito de su competencia.
5. Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en
el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y otros espacios
económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia
específica.
6. Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial
y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el
desempeño de la economía, y el impacto sobre la economía local de los
cambios en el contexto internacional.
7. Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento
de los niveles de vida, de pobreza de la población, del empleo y la
distribución del ingreso y coordinar la elaboración, propuesta y
seguimiento de estrategias y políticas tendientes a promover el
crecimiento económico con inclusión social.
8. Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación
de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, desde el
punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos; y de
pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal
en el marco de la política económica vigente.
9. Entender en la programación regional y sectorial de la política
económica nacional, coordinando con las distintas jurisdicciones del
ESTADO NACIONAL a fin de establecer coherencia y complementariedad en
los lineamientos estratégicos de la política económica para el
desarrollo de largo plazo.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN
MACROECONÓMICA
OBJETIVOS
1. Programar, coordinar y dirigir las tareas correspondientes al
seguimiento de la economía nacional e internacional, y entender en el
análisis de evaluación del impacto de los cambios en el contexto
internacional sobre la economía nacional.
2. Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación
macroeconómica, efectuar el análisis de consistencia de las políticas
macroeconómicas y asistir en la elaboración y propuesta de pautas
macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el
marco de la política económica vigente.
3. Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la
elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar
el desempeño de la economía y efectuar el seguimiento de las pautas de
programación fiscal nacional vigentes, evaluando su impacto sobre la
economía real.
4. Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo
plazo basadas en experiencias internacionales o en acuerdos de
coordinación de políticas macroeconómicas.
5. Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de empleo,
pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, proponer vías de
acción para su mejoramiento, y asistir a la SECRETARIA DE POLÍTICA
ECONÓMICA en la coordinación del diseño de estrategias y políticas
tendientes a promover el crecimiento económico con inclusión social.
6. Asistir a la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA en la elaboración y
propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de
recursos y erogaciones fiscales desde el punto de vista de su finalidad
e impacto económico, así como en la determinación de los objetivos y
pautas generales de la política económica.
7. Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas del
balance de pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer el
desempeño del sector externo.
8. Asistir a la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA y a las áreas
correspondientes del MINISTERIO DE HACIENDAen la representación ante
los grupos y comisiones de trabajo en el marco del Mercado Común del
Sur (MERCOSUR) y otros espacios económicos integrados, en los temas
vinculados con su competencia específica.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN
MICROECONÓMICA
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario en el diseño y análisis de la política
económica, considerando el impacto de los componentes presupuestarios y
tributarios en el desarrollo productivo a nivel regional y sectorial.
2. Asistir al Secretario en el diseño de la programación microeconómica
regional y sectorial, coordinando su accionar con las Jurisdicciones
con competencia en la materia.
3. Intervenir en el diseño e implementación de instrumentos de
seguimiento y análisis del impacto presupuestario de las iniciativas
productivas a nivel regional y sectorial.
4. Evaluar los efectos de las iniciativas productivas a nivel regional
y sectorial sobre los resultados fiscales, en coordinación con las
áreas con competencia en la materia del ESTADO NACIONAL.
5. Entender en la elaboración de indicadores e informes periódicos y en
el análisis de impacto de las medidas presupuestarias y tributarias en
la microeconomía.
6. Realizar el análisis de rentabilidad, estructura de costos e
incidencia de los impuestos nacionales o locales en la actividad
microeconómica, como insumo para la definición de la política
tributaria.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE FINANZAS
OBJETIVOS
1. Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los
aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento
externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las
negociaciones inherentes al tema con entes financieros, nacionales,
extranjeros, públicos y privados y el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL
(FMI) y tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera
internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior.
2. Diseñar las acciones tendientes a la preservación del crédito
público.
3. Coordinar la elaboración de las proyecciones presupuestarias del
endeudamiento público y efectuar su seguimiento.
4. Dirigir y supervisar el Sistema de Crédito Público, coordinar la
administración de la deuda pública y
ejercer con la SECRETARIA DE HACIENDA las funciones de Órgano
Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración
Financiera del Sector Público Nacional.
5. Establecer las políticas de administración de los activos
financieros del ESTADO NACIONAL y coordinar el análisis de los aspectos
financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.
6. Intervenir, en coordinación con la SECRETARIA DE HACIENDA,en las
relaciones, negociaciones y representación del país con los organismos
financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma
parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y
particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de
los mismos.
7. Intervenir, en coordinación con la SECRETARIA DE HACIENDA, en todo
lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos
financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales,
para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de
información destinados a optimizar la ejecución de los programas con
dichos organismos.
8. Entender en el diseño e implementación de políticas públicas
vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas
tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras
oficiales nacionales.
9. Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los
servicios financieros, el desarrollo del mercado de capitales y al
financiamiento de la actividad productiva.
10. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que
involucre al crédito público de la Nación Argentina.
11. Entender en el análisis de la estructuración financiera del plan de
inversión pública con el fin de preservar el crédito público de la
Nación e intervenir en la definición de los requerimientos de
financiamiento del Sector Público Nacional por los que se originen o
puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.
12. Entender en el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones
por parte del Sector Público Nacional, con relación a la estructura
financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de
Participación Público-Privada, en la medida que involucre endeudamiento
público.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y
SERVICIOS FINANCIEROS
OBJETIVOS
1. Asesorar en la formulación de los aspectos crediticios de la
política financiera.
2. Asistir al Secretario en el diseño y ejecución de políticas y
medidas relativas al financiamiento externo e interno de la REPÚBLICA
ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con
entes financieros nacionales, extranjeros, públicos y privados.
3. Asistir al Secretario en la dirección y supervisión del Sistema de
Crédito Público y en la ejecución de las funciones de Órgano
Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración
Financiera del Sector Público Nacional.
4. Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del
servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.
5. Supervisar la organización de los sistemas de información sobre
mercados de capitales y el registro del endeudamiento público.
6. Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros
del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos
fiduciarios en los que éste sea parte.
7. Asesoraren el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los
servicios financieros del mercado de capitales y del financiamiento de
la actividad productiva.
8. Asesorar en el diseño e implementación de políticas públicas
vinculadas a la inclusión financiera y en la la elaboración de
propuestas tendientes a coordinar el accionar de las entidades
financieras oficiales nacionales.
9. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que
involucre tanto al mercado de capitales como al mercado asegurador.
10. Entender en la elaboración de propuestas que vinculen las normas
involucradas en los distintos servicios financieros y de aquellas
medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros y la
protección del consumidor en dicho ámbito.
11. Coordinar la participación del MINISTERIO DE HACIENDA y el accionar
de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los grupos
intergubernamentales, foros financieros internacionales, y foros de
cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero
Internacional.
12. Coordinar las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL,
como así también los aspectos administrativos de las relaciones del
BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA
con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO
PRIVADA
OBJETIVOS
1. Ejercer las funciones asignadas por la Ley N° 27.328 y su Decreto
Reglamentario N° 118/17.
2. Participar en la elaboración de programas y planes de desarrollo de
proyectos de participación público-privada y promover propuestas
tendientes a optimizar el funcionamiento general del régimen de
participación público privada.
3. Entender en el establecimiento de criterios y parámetros para
justificar la satisfacción del interés público, mediante el recurso a
la modalidad de participación público-privada frente a otras
alternativas contractuales disponibles.
4. Intervenir con relación a la factibilidad y justificación de cada
contratación, mediante el régimen de participación público-privada.
5. Coordinar las intervenciones de los distintos integrantes del Sector
Público Nacional que se requieran en las diferentes etapas del
desarrollo de un proyecto de participación público-privada.
6. Entender en la implementación y administración de un registro que
centralice toda la documentación relativa a cada uno de los proyectos
de participación público-privada.
7. Intervenir en forma previa a la cesión, total o parcial, de un
contrato de participación público-privada.
8. Elaborar informes sobre el estado de ejecución y cumplimiento de los
contratos de participación público-privada en curso y de los proyectos
que se considere conveniente desarrollar bajo dicha modalidad.
9. Entender en la selección de profesionales habilitados para integrar
los Paneles Técnicos y efectuar el listado respectivo.
10. Intervenir en la identificación de las mejores prácticas de ética y
transparencia para el desarrollo de proyectos de participación
público-privada en coordinación con la OFICINA ANTICORRUPCIÓN
dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
11. Ejercer las competencias y funciones que la Ley N° 24.354 y sus
normas reglamentarias atribuyen a la Autoridad de Aplicación del
SISTEMA NACIONAL DE INVERSIONES PÚBLICAS (SNIP) en relación a los
proyectos de inversión pública ejecutados a través de contratos de
participación público privada en los términos de la Ley N° 27.328.
12. Entender en el control de la formulación y evaluación de los
proyectos de inversión realizados en las jurisdicciones, en
cumplimiento de lo establecido en el inciso b) del artículo 5° de la
Ley N° 24.354, cuando se trate de proyectos de inversión pública
ejecutados a través de contratos de participación público privada en
los términos de la Ley N° 27.328.
PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 7°
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
OBJETIVOS
1. Asistir al Ministro en el diseño e implementación de las políticas
mineras, en lo referido a la interacción con las provincias, los
municipios y la comunidad en su conjunto, procurando optimizar el
impacto positivo de la minería para el desarrollo sostenible y
minimizar sus riesgos.
2. Asistir al Ministro en el diseño e implementación de las políticas
mineras, en lo referido a la interacción con los inversores y las
empresas del sector, y en todas las acciones destinadas a promover el
desarrollo de la minería en el país.
3. Formular el planeamiento estratégico del sector minero con objetivos
de corto, mediano y largo plazo, apuntando al aprovechamiento racional
de los recursos geológico-mineros en beneficio del desarrollo
socio-económico integral de la Nación.
4. Proponer, ejecutar y controlar la política minera de la Nación
tendiendo a la consecución de los objetivos de corto, mediano y largo
plazo implícitos en la visión global.
5. Coordinar con las Provincias la aplicación de la política minera
nacional, buscando consenso y participación a través de la ORGANIZACIÓN
FEDERAL DE ESTADOS MINEROS (OFEMI) y el CONSEJO FEDERAL DE MINERÍA
(COFEMIN).
6. Supervisar el accionar del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO
(SEGEMAR).
7. Coordinar los programas de cooperación bilateral y multilateral,
nacionales e internacionales, en apoyo al sector minero, informando
sobre las mejores prácticas industriales, ambientales y sociales
practicadas internacionalmente y fomentado su aplicación.
8. Entender en la elaboración, estructuración, administración,
actualización y operación de un sistema nacional único de información
minera.
9. Participar en las relaciones con los organismos internacionales y
multilaterales en materia de su competencia.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
OBJETIVOS
1. Diseñar e implementar acciones y políticas que, en el marco de la
planificación estratégica de mediano y largo plazo, promuevan las
inversiones nacionales e internacionales en todas las etapas de la
actividad minera.
2. Interactuar con los potenciales inversores y propiciar la concreción
de sus inversiones facilitando y proveyendo información suministrada
por el sistema nacional único de información minera, referida a los
aspectos legales, geológicos, catastrales, de proyectos mineros y de
actores de la industria minera argentina.
3. Entender en la instrumentación y administración de las acciones que
surjan de la aplicación de las leyes nacionales referidas a la
actividad minera y su normativa conexa, y ejercer los controles
pertinentes.
4. Asistir a la Secretaríaen la relación con los inversores, las
empresas mineras, organizaciones y cámaras del sector, actuando como
enlace entre ellas y las distintas áreas del Gobierno Nacional.
5. Asistir a la Secretaría en las relaciones con los organismos
internacionales y multilaterales en materia de su competencia.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
SUBSECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD MINERA
OBJETIVOS
1. Promover, en acuerdo con las provincias, el desarrollo de mejores
prácticas ambientales y sociales para la sustentabilidad de la
actividad minera, con arreglo a los estándares internacionales
aplicables.
2. Promover, en acuerdo con las provincias, el desarrollo de la ciencia
y la innovación aplicadas a la actividad minera.
3. Diseñar, elaborar e implementar herramientas de gestión que, junto
con el sector privado y los gobiernos provinciales y municipales,
maximicen los beneficios y minimicen los riesgos del impacto de los
proyectos mineros en las comunidades aledañas, promoviendo para ello
una adecuada participación de la comunidad.
4. Impulsar, en el ámbito de su competencia, programas de
fortalecimiento institucional en coordinación con organismos
nacionales, provinciales y municipales.
5. Coordinar con las autoridades nacionales y provinciales competentes,
la identificación y el desarrollo de obras de infraestructura y
logística que puedan potenciar el desarrollo de regiones mineras.
6. Elaborar herramientas y programas que incentiven, en un marco de
competitividad, el desarrollo de proveedores de bienes y servicios a la
actividad minera, promoviendo su interrelación con la ciencia y la
innovación, para generar una potente cadena de valor que integre a la
minería con el resto de los sectores productivos.
7. Asistir a la Secretaría en las relaciones con los organismos
internacionales y multilaterales con competencia en áreas de gestión de
la Secretaría.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8°
VIII. MINISTERIO DE HACIENDA
Organismos Descentralizados
TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Organismos Desconcentrados
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
Entes del Sector Público Nacional
SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA
BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
X. MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Organismos Descentralizados
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI)
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)
Organismos Desconcentrados
SECRETARÍA DE COMERCIO
COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN NACIONAL DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO
EXTERIOR ARGENTINO
COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
Entes del Sector Público Nacional
BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR
CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES
XXIV. MINISTERIO DE ENERGÍA
Organismos Descentralizados
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)
UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN YACYRETÁ (UESTY)
COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CONEA)
Entes del Sector Público Nacional
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE
COMISIÓN ARGENTINO- PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ
NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA
EMPRENDIMIENTOS ENERGÉTICOS BINACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA (EBISA)
ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA)
ENTE BINACIONAL YACYRETA
DIOXITEK SOCIEDAD ANÓNIMA
YPF SOCIEDAD ANÓNIMA
YPF GAS SOCIEDAD ANÓNIMA
APARTADO VIII
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
- TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN -ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS
- UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA
- COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
- SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
ORGANISMOS DESCONCENTRADOS
-INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS ENTES DEL SECTOR PÚBLICO
NACIONAL
- SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA
- BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
- BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA
- BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
IF-2018-3 0223 5 71 -APN-DNDO# JGM
APARTADO X
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
- INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI)
- INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI)
- SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)
ORGANISMOS DESCONCENTRADOS
- COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
- UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN NACIONAL DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO
EXTERIOR ARGENTINO
- COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR ENTES DEL SECTOR PÚBLICO
NACIONAL
- BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR
- CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES
IF-2018-30224291 -APN-DNDO#JGM
APARTADO XXIV
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
- ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
- ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)
- UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN YACYRETÁ (UESTY)
- COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CONEA)
ENTES DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL
- COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE
- COMISIÓN ARGENTINO-PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ
- ENTE BINACIONAL YACYRETÁ
- NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA S.A
- EMPRENDIMIENTOS ENERGÉTICOS BINACIONALES S.A. (EBISA)
- ENERGÍA ARGENTINA S.A. (ENARSA)
- DIOXITEK S.A.
- YPF SOCIEDAD ANÓNIMA
- YPF GAS SOCIEDAD ANÓNIMA
IF-2018-30225144-APN-DNDO#JGM