MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Resolución 174/2018

Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017-31414312--APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y,

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 637 de fecha 1 de septiembre de 2011 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se creó el Sistema de Control de Frutas y Hortalizas (SICOFHOR), que es un sistema de identificación, monitoreo, vigilancia y diagnóstico en frutas y hortalizas.

Que la producción agropecuaria de la REPÚBLICA ARGENTINA enfrenta desafíos relacionados con el manejo y la conservación de los recursos naturales y la diversidad biológica que resultan imprescindibles para un desarrollo agropecuario sustentable.

Que por ello es necesario profundizar el trabajo con los productores de frutas y hortalizas de todo el país, para promover la calidad y la inocuidad de los alimentos que producen, acompañando los procesos de asistencia técnica y capacitación para promover su formalización.

Que la producción de frutas y hortalizas reviste carácter federal; generando fuentes de trabajo; permitiendo el crecimiento económico y social; y posibilitando el arraigo y el desarrollo territorial, por lo que resulta necesario potenciar su desarrollo y crecimiento.

Que para dar respuesta a los requerimientos de los mercados y los consumidores, los productores frutihortícolas del país deben adoptar diversos sistemas de gestión de calidad, siendo la adopción de sistemas de buenas prácticas la base para la inocuidad y calidad de los productos agroalimentarios.

Que ello representa una tendencia cada vez más extendida, reconocida y valorada en todo el mundo, como parte de los sistemas de gestión de calidad aplicados a los procesos productivos en general y agrícolas en particular.

Que para ello se requiere diseñar e implementar un programa de alcance nacional que estimule la difusión, la capacitación y la adopción de sistemas de producción sustentables con miras a propender a la inocuidad de los alimentos frutihortícolas que se consumen frescos, y a la preservación y manejo racional de los recursos suelo, agua y energía.

Que el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se encuentra desarrollando y ejecutando diversas herramientas y sistemas de diferenciación, que buscan promover la inocuidad de los productos alimentarios, favoreciendo la producción y competitividad de la agroindustria de nuestro país.

Que en forma conjunta con los actores productivos y distintos organismos públicos, se está llevando adelante una campaña de promoción del consumo de frutas y hortalizas, para promover una alimentación más saludable y contribuir al crecimiento de la frutihorticultura en el ámbito nacional.

Que a fin de identificar, planificar y ejecutar acciones en el marco de lo considerado resulta necesario crear un PROGRAMA NACIONAL DE BUENAS PRÁCTICAS AGRÍCOLAS SUSTENTABLES (BPAS) EN PRODUCTOS FRUTIHORTICOLAS en el ámbito del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, bajo un accionar conjunto y coordinado de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA, ambas dependientes del citado Ministerio, alcanzando a los actores del sistema de producción y comercialización frutihortícola en el ámbito nacional.

Que compete al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL y entender en la normatización, registro, control y fiscalización sanitaria de alimentos, en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida no generará costo fiscal alguno y se encuentra estrechamente ligada a las acciones que vienen llevándose a cabo por la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, tendientes al incremento del valor agregado, a la asistencia y capacitación permanente para mejorar la calidad, sanidad y productividad, a la integración entre eslabones y a la promoción de sus productos, entre los ejes de mayor relevancia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

Artículo 1º.- Créase en el ámbito del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA el PROGRAMA NACIONAL DE BUENAS PRÁCTICAS AGRÍCOLAS SUSTENTABLES (BPAS) EN PRODUCTOS FRUTIHORTÍCOLAS, con el objeto primordial de promover su difusión y adopción a efectos de propender a la inocuidad de los alimentos frutihortícolas. El presente Programa se orientará conforme a los lineamientos y ejes de trabajo establecidos en el Anexo que, registrado con el Nº IF-2018-26243727-APN-DNAYB#MA, forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2º.- Establécese como la Autoridad de Aplicación del Presente Programa, supervisando y coordinando sus acciones, a la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y a la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA de manera conjunta, ambas dependientes del citado Ministerio.

Artículo 3º.- Será responsabilidad de la Autoridad de Aplicación la planificación y ejecución de las actividades previstas en el Plan de Trabajo, además de la participación en aquellas acciones que se materialicen en el marco del presente programa.

Artículo 4°.- Facúltese a la Autoridad de Aplicación a implementar, articular y/o suscribir convenios con otros organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros, provinciales y/o municipales y/o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y/o reparticiones dependientes de ellos, a lo largo del territorio nacional, para llevar a cabo los objetivos previstos en el presente programa.

Artículo 5º.- Autorízase a los señores Secretarios de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del citado Ministerio, a subdelegar en los funcionarios de sus dependencias que estimen procedente, las facultades conferidas por los Artículos 3° y 4° de la presente medida.

Artículo 6º.- Establécese que la medida dispuesta por el Artículo 1° de la presente resolución no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.

Artículo 7º.- Invítase a las jurisdicciones provinciales a adherir a la presente medida.

Artículo 8º.- Invítase a universidades, fundaciones y demás entidades públicas y privadas, entidades de productores, industrias vinculadas, canales de venta mayorista y minoristas, que desarrollen actividades vinculadas con la temática, a suscribir actas acuerdos específicos para participar de las actividades propuestas por el presente Programa Nacional.

Artículo 9º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Miguel Etchevehere

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/06/2018 N° 45519/18 v. 26/06/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)

ANEXO

PROGRAMA NACIONAL DE BUENAS PRÁCTICAS AGRÍCOLAS SUSTENTABLES (BPAS) EN PRODUCTOS FRUTIHORTÍCOLAS

DESTINATARIOS:

La implementación del Programa alcanzará a los actores del sistema de producción y comercialización frutihortícola en el ámbito de todo el territorio nacional.

OBJETIVOS:

Son objetivos del presente programa la promoción, difusión y adopción de las BUENAS PRACTICAS AGRÍCOLAS SUSTENTABLES en adelante BPAS, para propender a la inocuidad de los alimentos frutihortícolas, la adopción de tecnologías, prácticas de manejo integral de los recursos naturales y sistemas de producción, compatibles con el desarrollo sustentable en lo económico, social y ambiental, para contribuir a mejorar la calidad de los productos y procesos

ACCIONES:

El presente programa desarrollará las siguientes acciones:

a) Efectuar un sistema de capacitación y entrenamiento para adopción e implementación de buenas prácticas de manejo que contribuyan a una producción agrícola sustentable y a la comercialización de alimentos frutihortícolas frescos inocuos acompañado por un plan de comunicación, actualización y difusión permanente.

b) Apoyar la investigación, creando un espacio de articulación entre las diferentes instituciones públicas y privadas que trabajan en la transferencia de tecnología para el sector agrícola.

c) Promover la adopción de las buenas prácticas sustentables, en pos de la inocuidad de los alimentos frutihortícolas, la seguridad de los productores y la comunidad, la conservación de los suelos y mejoramiento de la calidad de los cultivos, incluidas la rotación y nutrición balanceada.

d) Promover la reducción en la generación de residuos de fitosanitarios mediante el uso racional, el manejo eficiente y responsable de éstos y de sus envases.

e) Promover los marcos regulatorios necesarios para incorporar las buenas prácticas y establecer las bases generales para su adopción en forma generalizada.

f) Centralizar y sistematizar los resultados obtenidos publicando la información generada.

g) Promover el desarrollo de medidas económico-financieras que faciliten la adopción de sistemas de producción frutihortícola sustentable.

h) Promover la educación del consumidor de frutas y hortalizas producidas bajo normas BPAS, en el marco de la campaña Más Frutas y Verduras en forma conjunta con la mesa de trabajo conformada a tal fin.

i) Trabajar articuladamente con el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (en adelante INTA), el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (en adelante SENASA), ambos organismos descentralizados en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y demás organismos involucrados en la temática para ejecutar el presente programa.

j) Generar convenios de colaboración con los Ministerios de Educación, Salud, Trabajo y Desarrollo Social, para establecer acciones que tiendan a incluir la temática en las escuelas agrotécnicas e institutos superiores de formación técnica y articular con los programas que permitan complementar acciones en el marco del desarrollo laboral y de comercialización de productores de frutas y hortalizas de menor escala.

EJES DE TRABAJO:

Las acciones establecidas en el marco de los objetivos planteados por el PROGRAMA NACIONAL DE BUENAS PRÁCTICAS AGRICOLAS SUSTENTABLES EN PRODUCTOS FRUTIHORTICOLAS se definen en cuatro ejes de trabajo, y a posteriori la evolución del impacto del mismo después del año de ejecución.

Los CUATRO (4) ejes de trabajo son: Educación, Capacitación y Difusión; Asistencia Técnica y Transferencia de Tecnologías; Formalización (sanitaria y comercial) y Promoción del consumo

EJE 1: Educación, Capacitación y Difusión

- Conformación de una red de profesionales y técnicos agropecuarios en territorio que puedan asistir a los productores frutihortícolas en las buenas prácticas agrícolas sustentables (BPAS).

- Realización de cursos teóricos de capacitación específicos para estos profesionales y técnicos agropecuarios, modalidad presencial y virtual.

- Realización de diversas actividades como talleres y/o charlas técnicas en terreno.

- Evaluación de los manuales existentes sobre buenas prácticas agrícolas con el objeto de consensuar las publicaciones a utilizar en las capacitaciones.

- Desarrollo del material de difusión para capacitadores y productores frutihortícolas.

- Ejecución de actividades de promoción y difusión de buenas prácticas agrícolas en zona de producción frutihortícola.

- Desarrollo de actividades de comunicación sobre objetivos y mensajes institucionales del mencionado Programa Nacional.

- Construcción de una página web referida a las actividades desarrolladas en el marco del presente Programa Nacional.

EJE 2: Asistencia Técnica y Transferencia de Tecnologías

- Planificación de las acciones de sensibilización e implementación articuladamente con las delegaciones en territorio del Ministerio, con el INTA y con el SENASA.

- Para el sector hortícola, priorizar los cordones urbanos y periurbanos de las ciudades cabeceras del país en los cuales iniciar el proceso.

- Establecer acciones que tiendan a incluir la temática en las escuelas agrotécnicas e institutos superiores de formación técnica (terciarios).

- Articular con los programas que permitan complementar acciones en el marco del desarrollo laboral y de comercialización para los productores de menor escala.

- Relevamiento de proyectos de transferencia tecnológica en el campo de la producción agrícola sustentable aplicable en el marco del programa.

- Resolver aquellos problemas técnicos, o de orden tecnológico para el cumplimiento de las BPAS en los sectores involucrados.

EJE 3: Formalización (sanitaria y comercial)

- Facilitar los trámites inherentes al cumplimiento de la normativa sanitaria y comercial para los productos frutihortícolas.

- Incorporación de los productores alcanzados al Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA).

- Analizar diferentes opciones de beneficios, con el objetivo de facilitar las mejoras para la adopción de las BPAS.

- Controles de proceso y de productos finales, de acuerdo a normativas establecidas específicamente.

- Proponer distintas modalidades de financiamiento dirigido a productores de baja escala, para la implementación de las BPAS.

- Crear una red de laboratorios para la determinación de residuos de pesticidas y de contaminantes microbiológicos en los productos frutihortícolas frescos con el propósito de verificar el cumplimiento de la legislación vigente.

- Propiciar la oferta de Laboratorios para el análisis de las condiciones de salubridad del agua.

- Colaborar en la actualización de la legislación vigente en referencia a los límites máximos de residuos para determinados cultivos frutihortícolas, considerando los fitosanitarios de uso actual y la incorporación de productos para nuevos cultivos.

EJE 4: Promoción del consumo.

- Generar acciones que se articulen con el trabajo de la Mesa de Promoción de Consumo de Frutas y Hortalizas, cuyo objetivo es potenciar las cadenas de valor asociadas y los beneficios para la salud de los consumidores.

- Sumar a las acciones de difusión del citado Programa la importancia de la incorporación diversificada de frutas y verduras a la dieta diaria.

- Articular con las organizaciones públicas y privadas la difusión de las BPAS como acompañamiento integral de la campaña de promoción "Más frutas y verduras".

EVOLUCIÓN DEL IMPACTO DEL PROGRAMA

- Relevar la situación actual y la posterior a la ejecución del programa respecto del cumplimiento de las BPAS y la formalización del sector.

- Verificar la reducción de residuos fitosanitarios y de microorganismos patógenos en frutas y verduras.

- Evaluar el conocimiento del consumidor respecto de la importancia del cumplimiento de las BPAS en la inocuidad del producto, y la relevancia del consumo de los productos frutihortícolas en su alimentación.



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2018-26243727-APN-DNAYB#MA

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Viernes 1 de Junio de 2018

Referencia: EX-2017-31414312- -APN-DDYME#MA

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