e. 02/07/2018 N° 47044/18 v. 02/07/2018
ANEXO I
DESARROLLO DE BAJA DEDICACION:
Podrá reconocerse el pago de una (1) hasta quince (15) horas cátedra
por el desarrollo de contenidos para actividades 100% virtuales
autogestionadas, tutoreadas o actividades virtuales de cursos
semi-presenciales, siempre y cuando se constate el cumplimiento de la o
las tareas siguientes:
a) Revisión, actualización y mejora de un curso virtual ya existente, con independencia de su duración.
b) Desarrollo de cursos breves de hasta (10) diez horas con bajo nivel de innovación didáctica.
c) Redacción de contenidos de hasta (10) diez carillas de texto, para ser utilizadas como archivos descargables en formato PDF.
DESARROLLO DE DEDICACION MEDIA:
Podrá reconocerse el pago de (11) once hasta (32) treinta y dos horas
cátedra por el desarrollo de contenidos para actividades 100% virtuales
autogestionadas, tutoreadas o actividades virtuales de cursos
semi-presenciales, siempre y cuando se constate el cumplimiento de la o
las tareas siguientes:
a) Desarrollo de un nuevo curso que requiera innovaciones pedagógicas
cuyo diseño exija interacciones ocasionales con equipos de
especialistas, con independencia de su duración.
b) Desarrollo de cursos inéditos de (11) once horas hasta (32) treinta
horas, con independencia de su grado de innovación pedagógica.
c) Redacción de hasta (20) veinte carillas de texto, para ser utilizadas como archivos descargables en formato PDF.
DESARROLLO DE ALTA DEDICACION:
Podrá reconocerse el pago de (33) treinta y tres hasta (48) cuarenta y
ocho horas por el desarrollo de contenidos para actividades 100%
virtuales autogestionadas, tutoreadas o actividades virtuales de cursos
semi-presenciales, siempre y cuando se constate el cumplimiento de la o
las tareas siguientes:
a) Desarrollo de un nuevo curso requiera un alto nivel de innovación
pedagógica, requiriéndose como contrapartida una disponibilidad para
interacciones regulares y sistemáticas con especialistas, con
independencia de su duración.
b) Desarrollo de cursos inéditos de (33) treinta y tres horas hasta
(48) cuarenta y ocho horas, con independencia de su grado de innovación.
c) Redacción de hasta (40) cuarenta carillas de texto, para ser utilizadas como archivos descargables en formato PDF.
En todos los supuestos, la dedicación señalada para los prestadores de
modo alguno se identificará con la dedicación que el curso tendrá para
el alumno.
ANEXO II
(Anexo sustituido por art. 1° de la Disposición N° 208/2021 del Instituto Nacional de la Administración Pública B.O. 17/06/2021)
TÍTULO I
Los criterios del pago de horas cátedra en la prestación presencial, semipresencial y/o tutorial serán los siguientes:
PRESTACION PRESENCIAL O SEMI-PRESENCIAL:
Para el desarrollo de una actividad presencial, o el componente
presencial de un curso semipresencial, se reconocerá el pago de UNA (1)
hora cátedra por cada hora impartida.
Las actividades de los alumnos tendrán una carga horaria máxima de CUARENTA Y OCHO (48) horas.
La sumatoria de las cargas horarias del componente presencial y el
componente no presencial de las actividades no presenciales se regirá
también por este tope.
Cuando el componente no presencial de una actividad semipresencial se
desarrolle en plataforma virtual y/o refiera a actividades de
transferencia al entorno laboral, podrá comprometerse una renta en
modalidad de tutoría, debiéndose aplicar los criterios de pago que
rigen para dicha modalidad.
La certificación de la actividad presencial será desarrollada por la
Dirección Nacional correspondiente, y tendrá en cuenta las
especificaciones y responsabilidades acordadas en el programa del curso
en lo referente a la asistencia del docente, el desarrollo de las
actividades y evaluaciones previstas en el programa de la actividad, la
elaboración de los materiales y actividades requeridos, el control de
la asistencia de los alumnos, así como el registro de los resultados de
las evaluaciones y de los intercambios.
La presentación del acta de cierre final del curso se realizará dentro
del plazo del mes, contado a partir de la fecha de finalización del
curso.
PRESTACIÓN TUTORIAL TUTORÍA DE TRANSFERENCIA:
Se reconocerá una dedicación de hasta DOS (2) horas de tutoría de
transferencia por UNA (1) hora de actividad prevista para el alumno.
La dedicación horaria del prestador estará afectada a:
• La mediación pedagógica del proceso de aprendizaje de todos los
alumnos, mediante la orientación para la comprensión de pautas de
trabajo, la moderación de foros, la atención de consultas, la
devolución individualizada en tiempo y forma de los trabajos o
actividades desarrolladas por el alumno, y de toda otra necesidad de
acompañamiento que se presente a efectos de garantizar el adecuado
aprendizaje.
• La orientación y supervisión del desarrollo de una actividad de
transferencia al entorno laboral (proyecto o propuesta de mejora,
modificación o diseño de procedimientos, etcétera), constatada a través
de un adecuado diseño, comunicación de pautas de trabajo,
acompañamiento virtual, informe de resultados presentado por el alumno
(con su correspondiente devolución por parte de docente), y
certificación por parte del superior inmediato a su cargo, quien deberá
haber validado el desarrollo de la transferencia al momento de la
inscripción al curso y certificar su cumplimiento al cierre del proceso.
• La generación de instrumentos de evaluación acordes con la transferencia deseada y su adecuada aplicación.
La certificación de la actividad virtual será desarrollada por la
Dirección Nacional correspondiente, y tendrá en cuenta las
especificaciones y responsabilidades acordadas en el programa del curso
en lo referente a las actividades antes mencionadas. La presentación
del acta de cierre final del curso se realizará dentro del plazo del
mes, contado a partir de la fecha de finalización del curso.
La base de la certificación de la actividad del prestador será la
plataforma del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (INAP)
(salvo que se indique otro entorno de registro explícitamente). En el
caso de incumplimiento de alguna de las responsabilidades por parte del
prestador, podrá reconocerse una cantidad menor de horas. El pago podrá
ser fraccionado en caso de que se requieran períodos de transferencia
por fuera del tiempo asignado a la actividad virtual
La comisión deberá tener entre VEINTE (20) y TREINTA (30) inscriptos.
Las actividades de los alumnos tendrán un máximo de carga horaria de TREINTA Y DOS (32) horas.
TUTORÍA INTENSIVA:
Se reconocerá una dedicación de hasta UNA (1) hora de tutoría intensiva por UNA (1) hora de actividad prevista para el alumno.
La dedicación horaria del prestador estará afectada la mediación
pedagógica del proceso de aprendizaje de todos los alumnos, mediante la
orientación para la comprensión de pautas de trabajo, la moderación de
foros, la atención de consultas, la devolución individualizada en
tiempo y forma de los trabajos o actividades desarrolladas por el
alumno en las que se promueva una aplicación práctica en entorno
pedagógico, y de toda otra necesidad de acompañamiento que se presente
a efectos de garantizar el adecuado aprendizaje.
La comisión deberá tener entre TREINTA (30) y CINCUENTA (50) inscriptos.
La certificación de la actividad virtual será desarrollada por la
Dirección Nacional correspondiente, y tendrá en cuenta las
especificaciones y responsabilidades acordadas en el programa del curso
en lo referente a las actividades antes mencionadas. La presentación
del acta de cierre final del curso se realizará dentro del plazo del
mes, contado a partir de la fecha de finalización del curso.
La base de la certificación de la actividad del prestador se realizará
en la plataforma correspondiente (salvo que se indique otro entorno de
registro explícitamente). En el caso de incumplimiento de alguna de las
responsabilidades por parte del prestador o de que la cantidad de
alumnos sea menor a la indicada, podrá reconocerse una cantidad menor
de horas al prestador.
Las actividades de los alumnos tendrán una carga horaria máxima de hasta TREINTA Y DOS (32) horas.
TUTORÍA DE SOPORTE:
Tutoría de soporte para cursos virtuales a cargo de prestador con conocimiento de la disciplina:
Se reconocerá una dedicación de hasta UNA (1) hora de tutoría de soporte por DOS (2) horas de actividad prevista para el alumno.
La dedicación horaria del prestador estará afectada a la mediación
pedagógica del proceso de aprendizaje de todos los alumnos inscriptos,
mediante la orientación para la comprensión de pautas de trabajo, la
moderación de foros, la atención de consultas, la supervisión de
instancias de evaluación autoadministradas o de resolución y devolución
sencilla y de toda otra necesidad de acompañamiento que se presente a
efectos de garantizar el adecuado aprendizaje del alumno.
La comisión deberá tener un mínimo de TREINTA (30) alumnos.
La certificación de la actividad virtual será desarrollada por la
Dirección Nacional correspondiente, y tendrá en cuenta las
especificaciones y responsabilidades acordadas en el programa del curso
en lo referente a las actividades antes mencionadas. La presentación
del acta de cierre final del curso se realizará dentro del plazo del
mes, contado a partir de la fecha de finalización del curso.
La base de la certificación de la actividad del prestador se realizará
en la plataforma correspondiente (salvo que se indique otro entorno de
registro explícitamente). En el caso de incumplimiento de alguna de las
responsabilidades por parte del prestador o que la cantidad de alumnos
sea menor a la indicada, podrá reconocerse una cantidad menor de horas
por la tarea del prestador.
Las actividades de los alumnos tendrán una carga horaria máxima de TREINTA Y DOS (32) horas.
Tutoría de soporte para cursos virtuales autogestionados:
Se reconocerá una dedicación de UNA (1) hora de tutoría de soporte por
UNA (1) hora de actividad prevista para el alumno en comisiones en las
que se registren CIEN (100) alumnos.
La dedicación se multiplicará proporcionalmente cada CIEN (100)
inscriptos incrementales, reconociéndose DOS (2) horas de dedicación
por cada hora asignada a la actividad si se registrasen DOSCIENTOS
(200) inscriptos, TRES (3) horas si se registrasen TRESCIENTOS (300)
inscriptos, y así sucesivamente.
En aquellos casos en que se abra una comisión con menos de CIEN (100)
alumnos inscriptos, se reconocerá el pago por el monto proporcional a
la cantidad efectiva de alumnos inscriptos.
Sin perjuicio de lo antedicho, el total final de horas a pagar abarcará
un mínimo de CINCO (5) horas y un máximo de VEINTE (20) horas por
comisión.
NOTA ACLARATORIA
INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Disposición 308/2018
En la edición del Boletín Oficial N° 33.902 del lunes 2 de julio de
2018, página 93, Aviso N° 47044/18, donde se publicó la citada norma,
se deslizó el siguiente error involuntario de parte del organismo
emisor:
Donde dice:
EL DIRECTOR INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA
Debe decir:
EL DIRECTOR INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA
DISPONE:
e. 03/07/2018 N° 47403/18 v. 03/07/2018