SERVICIO EXTERIOR
Decreto 609/2018
Establécese Representación Diplomática.
Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2018
VISTO el Expediente N° EX-2017-09528310-APN-DDMEAPYA#MRE, y
CONSIDERANDO:
Que por la Declaración Conjunta de fecha 6 de julio de 2004 se
establecieron relaciones diplomáticas entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la
REPÚBLICA DE PALAU.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, luego de realizadas
las evaluaciones pertinentes, considera conveniente establecer la
concurrencia diplomática y la circunscripción consular ante la
REPÚBLICA DE PALAU, en la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE
FILIPINAS.
Que la asignación propuesta redundará en una mejor atención de las
relaciones bilaterales entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA DE
PALAU, facilitando la promoción de los vínculos políticos, económicos y
culturales.
Que por el Decreto N° 496 de fecha 2 mayo de 2011 se designó al
entonces Embajador de la República en la REPÚBLICA DE FILIPINAS, D.
Joaquín Daniel OTERO, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la
República ante la REPÚBLICA DE PALAU.
Que no se ha dictado el acto administrativo correspondiente asignando
la concurrencia diplomática y la circunscripción consular de la
REPÚBLICA DE PALAU a la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE
FILIPINAS.
Que la REPÚBLICA DE PALAU y la REPÚBLICA DE FILIPINAS han sido
debidamente notificadas de la intención de la REPÚBLICA ARGENTINA de
ejercer la concurrencia diplomática y la circunscripción consular con
la REPÚBLICA DE PALAU desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA
DE FILIPINAS, conforme lo establecido en la CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE
RELACIONES DIPLOMÁTICAS de fecha 18 de abril de 1961 y la CONVENCIÓN DE
VIENA SOBRE RELACIONES CONSULARES de fecha 24 de abril de 1963,
aprobadas por el Decreto Ley Nº 7672 de fecha 13 de septiembre de 1963
y la Ley Nº 17.081, respectivamente.
Que la REPÚBLICA DE PALAU ha expresado su conformidad para que la
concurrencia diplomática de la REPÚBLICA ARGENTINA con la REPÚBLICA DE
PALAU sea ejercida desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE
FILIPINAS y la circunscripción consular con la REPÚBLICA DE PALAU sea
ejercida desde la Sección Consular de la Embajada de la República en la
REPÚBLICA DE FILIPINAS.
Que la REPÚBLICA DE FILIPINAS, luego de haber sido notificada en debida
forma de acuerdo con lo establecido en los artículos 5° de la
CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES DIPLOMÁTICAS de fecha 18 de abril
de 1961 y 7° de la CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES CONSULARES de
fecha 24 de abril de 1963, no se ha opuesto expresamente.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO han tomado intervención en el ámbito de sus
respectivas competencias.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Establécese la Representación Diplomática de la REPÚBLICA
ARGENTINA ante la REPÚBLICA DE PALAU, asignándose tal función a la
Embajada de la República en la REPÚBLICA DE FILIPINAS.
ARTÍCULO 2°.- Modifíquese la circunscripción consular de la Sección
Consular de la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE FILIPINAS,
la cual incorporará el territorio de la REPÚBLICA DE PALAU.
ARTÍCULO 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente
decreto se imputarán a las respectivas partidas del presupuesto de la
Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Jorge Marcelo Faurie
e. 03/07/2018 N° 47568/18 v. 03/07/2018