AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Decisión Administrativa 1274/2018

Estructura.

Ciudad de Buenos Aires, 04/07/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-22271623-APN-AAIP, las Leyes Nº 25.326, Nº 26.951 y Nº 27.275, los Decretos Nº 1558 de fecha 29 de noviembre de 2001 y modificatorios, Nº 746 de fecha 25 de septiembre de 2017 y Nº 899 de fecha 3 de noviembre de 2017, la Decisión Administrativa Nº 1002 de fecha 15 de noviembre de 2017, la Resolución de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Nº 1 de fecha 5 de diciembre de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 19 de la Ley Nº 27.275, modificado por el Decreto Nº 746 de fecha 25 de septiembre de 2017, creó la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA como ente autárquico con autonomía funcional en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para velar por el cumplimiento de los principios y procedimientos establecidos en dicha ley, garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover medidas de transparencia activa y actuar como Autoridad de Aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales Nº 25.326.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1002/17 se aprobó la estructura de primer nivel operativo de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

Que por la Resolución de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Nº 1/17 se aprobaron las aperturas de nivel inferior del citado organismo.

Que resulta menester modificar la estructura de primer nivel operativo de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA y, en consecuencia, incorporar cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la mencionada Agencia.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y el artículo 16, inciso 31, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Anexo I del artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 1002 de fecha 15 de noviembre de 2017, por el obrante en Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-22300769 -APNAAIP) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Incorpóranse al Anexo II del artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 1002 de fecha 15 de noviembre de 2017, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN TÉCNICO ADMINISTRATIVA, conforme al detalle obrante en Planilla anexa al presente artículo (IF-2018- 22304417-APN-AAIP) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Incorpórase al Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo perteneciente a la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, según el detalle obrante en Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018- 22304760-APN-AAIP), que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4º.- Facúltase al titular de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA a incorporar a la estructura organizativa de nivel inferior aprobada mediante la Resolución Nº 1 de fecha 5 de diciembre de 2017, la COORDINACIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS, que a través de dicho acto será incorporada en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel IV.

ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Rogelio Frigerio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/07/2018 N° 48407/18 v. 05/07/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

Anexo I

IF-2018-22300769-APN-AAIP




PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°

AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN TÉCNICO ADMINISTRATIVA


RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en la gestión presupuestaria, contable, económica, financiera y patrimonial de la Agencia, en el diligenciamiento de la documentación y en la prestación de servicios generales y administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo.

ACCIONES:

1. Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto de la Agencia.

2. Programar y controlar la ejecución de presupuesto aprobado y administrar los ingresos y egresos de fondos de origen presupuestario.

3. Supervisar las obras de mantenimiento y servicios de los edificios que ocupe la Agencia y gestionar las contrataciones que de ello se deriven.

4. Atender las necesidades de bienes, servicios y seguridad de la Agencia y supervisar las respectivas contrataciones.

5. Supervisar las registraciones contables y presupuestarias, de balances y patrimoniales de la Agencia.

6. Gestionar el despacho de la documentación administrativa de la Jurisdicción.

7. Mantener, actualizar y custodiar la base de datos del personal, generar la información y estadísticas pertinentes e informar periódicamente a las autoridades.

8. Coordinar y actualizar el sistema de relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo, como así también de los procesos, flujos y procedimientos de trabajo proponiendo modificaciones y simplificaciones operativas.

9. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de búsqueda, selección e integración del personal, como asimismo la evaluación de desempeño, asistiendo a las autoridades intervinientes y comités de Evaluación y entender en el desarrollo de carrera del personal.

10. Coordinar y asistir técnicamente al proceso de capacitación de la planta del personal de la Agencia.

11. Atender las relaciones con los representantes gremiales de la Jurisdicción e intervenir en la negociación de acuerdos o convenios con el personal.


PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°