MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 71/2018

Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2018

VISTO las Leyes Nros. 25.506 y 27.446, los Decretos Nros. 434 del 1° de Marzo de 2016, 561 del 6 de Abril de 2016, 1063 del 4 de Octubre de 2016, 894 del 1° de Noviembre de 2017, la Resolución N° 90 E del 14 de Septiembre de 2017 (RESOL-2017-90-APN-SECMA#MM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA y el Expediente Electrónico N° EX-2018-29452494- -APN- SECMA#MM, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 estableció que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que la Ley N° 27.446 estableció que los documentos oficiales electrónicos firmados digitalmente, los expedientes electrónicos, las comunicaciones oficiales, las notificaciones electrónicas y el domicilio especial constituido electrónico de la plataforma de trámites a distancia y de los sistemas de gestión documental electrónica que utilizan el Sector Público Nacional, las provincias, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipios, Poderes Judiciales, entes públicos no estatales, sociedades del Estado, entes tripartitos, entes binacionales, Banco Central de la REPÚBLICA ARGENTINA, en procedimientos administrativos y procesos judiciales, tienen para el Sector Público Nacional idéntica eficacia y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel o cualquier otro soporte que se utilice a la fecha de entrada en vigencia de la presente medida, debido a su interoperabilidad que produce su reconocimiento automático en los sistemas de gestión documental electrónica, por lo que no se requerirá su legalización.

Que la citada Ley N° 27.446 asimismo dispuso que las jurisdicciones y entidades contempladas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 formularán, suscribirán y remitirán las respuestas a los oficios judiciales exclusivamente mediante el Sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA - GDE

Que el Decreto N° 434 del 1° de Marzo de 2016 aprobó el Plan de Modernización del Estado con el objetivo de alcanzar una Administración Pública al servicio del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios, contemplando como segundo eje el desarrollo, mejora continua e integración de sistemas de gestión.

Que el Decreto N° 561 del 6 de Abril de 2016 aprobó la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional, facultando en su artículo 6° a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación de dicho sistema y el funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que el Decreto N° 1063 del 4 de octubre de 2016 aprobó la implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) como medio de interacción del ciudadano con la administración, a través de la recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.

Que el mencionado Decreto N° 1063/2016 en su artículo 11 facultó a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas aclaratorias, operativas y complementarias necesarias para la implementación de las plataformas y módulos creados en dicha norma, así como también facultó a la citada SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA para aprobar la incorporación de trámites de gestión remota a dichas plataformas y módulos.

Que el Decreto N° 894 del 1° de Noviembre de 2017, que aprobó el “Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 T.O. 2017”, estableció que las autoridades administrativas actuarán de acuerdo con los principios de sencillez y eficacia, procurando la simplificación de los trámites, y facilitando el acceso de los ciudadanos a la administración a través de procedimientos directos y simples por medios electrónicos.

Que, en ese orden de ideas, el Anexo I del citado Decreto N° 894 del 1° de Noviembre de 2017, que aprobó el “Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 T.O. 2017”, estableció en el inciso h) de su artículo 41 la validez de las notificaciones realizadas por medio de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), que se realizarán en la cuenta de usuario que es la sede electrónica en la cual el particular ha constituido su domicilio especial electrónico.

Que en esta instancia del proceso de modernización de la Administración Pública Nacional, y a los fines de facilitar la tramitación electrónica, resulta oportuno disponibilizar un servicio de consulta automática de notificaciones NOTIFICAR, en dicha Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), al cual podrán adherir aquellas personas que por el volumen de notificaciones recibidas así lo requieran.

Que a tales efectos, resulta oportuno aprobar el Procedimiento de Consulta Automática de Notificaciones Masivas para la utilización del Servicio NOTIFICAR disponible en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE.

Que la Resolución N° 90 E del 14 de Septiembre de 2017 (RESOL2- 017-90-APN-SECMA#MM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprobó los “Términos y Condiciones de Uso del Módulo de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)”

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRAMITACIÓN E IDENTIFICACIÓN A DISTANCIA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA se han expedido en los ámbitos de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 561/2016 y por el artículo 11 del Decreto N° 1063/2016.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la implementación del Servicio de Consulta Automática de Notificaciones Masivas (NOTIFICAR) en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE a fin de facilitar el acceso, consulta y gestión automatizada de las notificaciones recibidas en la cuenta de usuario TAD.

ARTÍCULO 2°.- El servicio de Consulta Automática de Notificaciones Masivas (NOTIFICAR) permite el acceso, consulta y gestión automatizada de las notificaciones recibidas en la cuenta de usuario TAD, así como la presentación mediante dicho servicio de Presentaciones a Agregar por parte de los sistemas informáticos de los usuarios TAD que adhieran al servicio NOTIFICAR.

ARTÍCULO 3°.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE TRAMITACIÓN E IDENTIFICACIÓN A DISTANCIA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA autorizará a los usuarios TAD que así lo soliciten a integrar sus sistemas informáticos con el Servicio NOTIFICAR, de acuerdo a los procedimientos detallados en el Anexo I.-

ARTÍCULO 4°.- Apruébase el “Procedimiento de Adhesión al Servicio de Consulta Automática de Notificaciones Masivas (NOTIFICAR) en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE” que como Anexo I (IF-2018-31389706-APN-DNTEID#MM) forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN – SIGEN.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Eduardo Nicolás Martelli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/07/2018 N° 48131/18 v. 05/07/2018


RESOLUCIÓN SECRETARA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del

MINISTERIO MODERNIZACIÓN

SERVICIO DE CONSULTA AUTOMÁTICA DE NOTIFICACIONES MASVAS -

NOTIFICAR

ANEXO I

PROCEDIMIENTO DE ADHESIÓN AL SERVICIO DE CONSULTA AUTOMÁTICA DE NOTIFICACIONES MASVAS EN LA PLATAFORMA TRÁMITES A DISTANCIA (TAD)

I.- Introducción

El presente documento tiene como objetivo definir el procedimiento de adhesión al Servicio de Consulta Automática de Notificaciones Masivas, en adelante Servicio NOTIFICAR, emitidas en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE hacia un determinado usuario TAD.

El presente servicio de consulta automática de notificaciones masivas NOTIFICAR fue desarrollado para facilitar la dinámica de trabajo entre usuarios TAD y la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, brindando celeridad a los procedimientos administrativos involucrados.

II.- Alcance

El servicio de CONSULTA AUTOMÁTICA DE NOTIFICACIONES MASIVAS EN LA PLATAFORMA TRÁMITES A DISTANCIA (TAD) comprende:

a) La Consulta Automática de Notificaciones Masivas de un usuario TAD.

b) La Consulta de Documentos Oficiales vinculados a los Expedientes Electrónicos correspondientes a las tramitaciones relacionadas con el usuario TAD.

c) La posibilidad de realizar Presentaciones a agregar en dichos Expedientes Electrónicos.

En el presente Anexo se detalla el procedimiento de solicitud de integración a los servicios externos y el tipo de autenticación requerido para su invocación.

III.- Breve descripción de los servicios

El Servicio NOTIFICAR permite realizar al usuario TAD que ha adherido al mismo, las siguientes acciones:

a) Consulta de Notificaciones

Dado un grupo de trámites y un rango de fecha/hora, permite obtener el listado de todas las notificaciones emitidas al usuario TAD invocador entre las fechas dadas, sus documentos oficiales vinculados y el número de expediente electrónico correspondiente.

b) Consulta de Documentos Oficiales

Permite obtener el contenido de los documentos oficiales que le fueron notificados al usuario TAD invocador.

c) Presentaciones a Agregar

Tomando como base la respuesta del primer servicio, el usuario TAD invocador podrá realizar una presentación a agregar para dar respuesta a cualquiera de sus notificaciones. Sólo basta con indicar el número de expediente electrónico de la notificación y agregar el documento de respuesta. De esta forma, el usuario TAD podrá vincular documentación al expediente electrónico correspondiente, previa aprobación del funcionario público asignado.

IV.- Glosario

A continuación se listan definiciones, abreviaturas y/o alias utilizados en el presente documento:

Archivo .json: Archivo con formato json. Json es el acrónimo de JavaScript Object Notation. Es un formato de texto ligero para el intercambio de datos.

Certifícate Signing Request (CSR): código que se genera en el servidor que se desea asegurar, el cual contiene información acerca del dominio a certificar.

Interfaces de programación de aplicaciones (APIs): permiten compartir información entre sistemas.

Json Web Token (JWT): estándar que define un método compacto, autónomo y seguro para transmitir información entre dos sistemas. Utiliza un objeto de tipo json.

Representational State Transfer (REST): tipo de arquitectura de desarrollo web que permite crear servicios y aplicaciones respetando el protocolo HTTP (Hypertext Transfer Protocol).

Uniform Resource Locator (URL): Identificador único de recursos en internet.

Usuario TAD invocador: usuario TAD que adhirió al presente servicio de consulta automática de notificaciones masivas.

V.- Procedimiento de solicitud de integración a servicios externos

El usuario TAD o su apoderado, debe ingresar a la plataforma Trámites a Distancia (www.tramitesadistancia.gob.ar) con CUIT y clave fiscal. Luego, debe iniciar el trámite "Solicitud de integración a servicios externos TAD" completando la siguiente documentación:

- Datos del sistema externo a integrar

- Archivo CSR

Esta información es requerida para asegurar la comunicación entre ambos sistemas a conectar. Para autenticar al sistema externo invocador, es necesario enviar sus datos de identificación a través del archivo CSR.

VI.- Generación de CSR

El usuario TAD solicitante o su apoderado, que ha iniciado el procedimiento de solicitud de integración a servicios externos, deberá generar un archivo de clave privada "privada.key" con 2048 bits de cifrado y conservarlo por cuestiones de seguridad del sistema.

Luego, deberá generar el código CSR con los siguientes datos del sistema que hará uso de los servicios:

- "CN": Nombre del sistema.

- "SerialNumber": Debe tener como valor la palabra "CUIT y seguido de un espacio, el número correspondiente al CUIT del dueño del sistema (Ej.: CUIT XXYYYYYYYYX)

- "C": Corresponde al país, Argentina (AR).

- "O": Nombre del dueño del sistema correspondiente al CUIT anterior.

- "OU": Unidad organizativa. Nombre y domicilio del área que administrará el sistema.

VII.- Autenticación del sistema externo

Como respuesta al pedido de integración a los servicios, el usuario TAD solicitante recibirá una clave única que lo identificará como usuario TAD invocador del Servicio NOTIFICAR de la Plataforma de TRÁMITES A DISTANCIA (TAD).

Con dicha información, el sistema externo podrá autenticarse a la hora de invocar el servicio de consulta automática de notificaciones masivas, consultando o respondiendo sólo a las notificaciones que le pertenecen. El servicio NOTIFICAR valida que las notificaciones correspondan al CUIT del usuario TAD invocador, permitiendo únicamente el acceso a las notificaciones o documentos electrónicos de dicho usuario TAD invocador.

VIII.- Generación de JWT

Una vez concluido el trámite de adhesión al Servicio NOTIFICAR, y en cada oportunidad que el usuario TAD invocador utilice dicho Servicio NOTIFICAR, debe generar previamente un JWT utilizando el algoritmo RS256. Su contenido debe poseer los siguientes campos de datos:

- "iss": clave única brindada por el Ministerio de Modernización.

- "nbf": comienzo tiempo de expiración.

- "exp": fin tiempo de expiración

Para su creación se requiere de la clave privada, generada previamente para el CSR.

IX.- Invocación a servicios de notificaciones

Una vez que el usuario TAD ha sido autorizado a integrar su sistema al Servicio NOTIFICAR, deberá realizar la siguiente configuración para invocar correctamente y operar el Servicio.

A continuación se detallan las consideraciones generales respecto a las tres APIs de tipo REST relacionados a notificaciones masivas.

i. Encabezado de autorización

Se debe incorporar el campo llamado "Authorization" en el header del servicio a invocar. Su valor debe contener el JWT generado previamente, con el cual se autentica el usuario.

ii. Servicios

a) Consulta de Notificaciones

El servicio de consulta de notificaciones retorna un listado de todas las notificaciones y documentos externos del usuario invocador entre un rango de fechas dadas.

Tipo: GET

Servicio: /notificacion/fechas/{idGrupoTramite}/{fecha Inicio}/{FechaFi n}

b) Consulta de Documentos Oficiales

Tomando como base la respuesta del servicio anterior se podrá consultar el contenido de los documentos oficiales a través de este servicio.

Tipo: GET

Servicio: /numero/{numeroSadeDocGedo}

c) Presentación a agregar

Tomando como base la respuesta del primer servicio, se podrá realizar una presentación a agregar sobre el expediente electrónico de una de las notificaciones del usuario invocador.

Tipo: POST

Servicio: /tramite/agregarPresentacion

iii. Tipo de respuesta

Todas las respuestas de los servicios devuelven un objeto Json bajo el siguiente formato: {"respuesta": ..., "error": ..., "mensaje": "..."}.

- Respuesta: Objeto con los datos que devuelve cada servicio.

- Error: Campo booleano que identifica si la respuesta es correcta o tiene un error. Informa true o false.

- Mensaje: En caso de un error de tipo "false", informa el motivo del mismo.

X.- Términos y Condiciones de uso de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD)

La adhesión al Servicio NOTIFICAR de CONSULTA AUTOMÁTICA DE NOTIFICACIONES MASIVAS EN LA PLATAFORMA TRÁMITES A DISTANCIA (TAD) implica la aceptación de los términos y condiciones para el uso de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE.

IF-2018-31389706-APN-DNTEID#MM