ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 4277
Impuestos a las Ganancias sobre los
Bienes Personales y a la Ganancia Mínima Presunta. Presentación de
declaraciones juradas y adhesión al plan. Nuevos plazos. Resolución
General N° 4.258-E. Su modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2018
VISTO la Resolución General N° 4.258-E, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la norma citada en el VISTO se extendieron los plazos para
la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos a las
ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta,
correspondientes al período fiscal 2017, y para la adhesión al plan de
facilidades de pago establecido por la Resolución General N° 4.057-E, a
fin de cancelar los saldos resultantes de las declaraciones juradas de
los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales de dicho
período fiscal.
Que a los fines de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de
sus obligaciones fiscales, este Organismo estima conveniente ampliar
nuevamente los plazos mencionados en el considerando anterior.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Recaudación y de Servicios al Contribuyente.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los Artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN
TÉCNICO INSTITUCIONAL A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase la Resolución General N° 4.258-E en la forma que se indica a continuación:
1. Sustitúyese el cuadro incorporado en el Artículo 2°, por el siguiente:
TERMINACIÓN C.U.I.T. | FECHA DE PAGO (*) | FECHA DE PRESENTACIÓN |
0, 1, 2 y 3 | Hasta el 12/06/2018, inclusive | Hasta el 25/07/2018, inclusive |
4, 5 y 6 | Hasta el 13/06/2018, inclusive | Hasta el 26/07/2018, inclusive |
7, 8 y 9 | Hasta el 14/06/2018, inclusive | Hasta el 27/07/2018, inclusive |
(*) Establecida mediante la Resolución General N° 4.172-E, su modificatoria y su complementaria.
2. Sustitúyese el cuadro incorporado en el Artículo 3°, por el siguiente:
TERMINACIÓN C.U.I.T. | FECHA DE PAGO (*) | FECHA DE PRESENTACIÓN |
0, 1, 2 y 3 | Hasta el 12/06/2018, inclusive | Hasta el 25/07/2018, inclusive |
4, 5 y 6 | Hasta el 13/06/2018, inclusive | Hasta el 26/07/2018, inclusive |
7, 8 y 9 | Hasta el 14/06/2018, inclusive | Hasta el 27/07/2018, inclusive |
(*) Establecida mediante la Resolución General N° 4.172-E, su modificatoria y su complementaria.
3. Sustitúyese en el Artículo 4°, la expresión “…30 de junio…” por la expresión “…31 de julio…”.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. María Isabel Jimena De La Torre, A/C
e. 13/07/2018 N° 50651/18 v. 13/07/2018