AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 201/2018
RESFC-2018-201-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2018
VISTO el Expediente EX-2018-16554116-APN-DMEYD#AABE, la Ley Nº 27.431,
los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, Nº 1.416 de
fecha 18 de septiembre de 2013, Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre de
2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto tramita la presentación
efectuada por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC)
dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA DE LA NACIÓN, por medio de la
cual solicita la asignación en uso de un sector del inmueble propiedad
del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS
PÚBLICAS Y VIVIENDA – DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y DISEÑO DE
OBRA PÚBLICA, ubicado en la Avenida 3 de Abril Nº 998 con entrada por
la Calle Héroes Civiles Nº 1652, Nº Adrema A10959311 (parte), de la
Ciudad de CORRIENTES, Departamento CAPITAL, Provincia de CORRIENTES,
con una superficie total aproximada de CIENTO TREINTA METROS CUADRADOS
(130M2), CIE Nº: 18-0005049-5, individualizado en el croquis que como
ANEXO IF-2018-25512762-APN-DIYRI#AABE forma parte integrante de la
presente medida.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC) informa que
la fracción del inmueble se destinará a la creación de la Delegación
NEA – INDEC.
Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de
las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de verificar
las condiciones de ocupación del inmueble, surge que dicho sector es
ocupado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y DISEÑO DE OBRA
PÚBLICA como acopio de archivos y núcleos húmedos y por el SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) como depósitos y
sala de reunión.
Que conforme lo informado por la entonces SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA mediante
NO-2016-01037858-APN-SECOP#MI de fecha 30 de agosto de 2016, el
inmueble se encuentra en condiciones de ser desafectado por resultar
innecesario para las competencias, misiones y funciones de la
repartición.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12, conforme la
modificación introducida por Ley Nº 27.431, se creó la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en
el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que
será el órgano rector, centralizador de toda la actividad de
administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL,
ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles
del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos.
Que el inciso 19 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12 sustituido por
el artículo 4º del Decreto Nº 1.416/13 y los artículos 36 y 37 del
ANEXO del Decreto Nº 2.670/15 reglamentario del citado Decreto Nº
1.382/12, establecen que es función de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO desafectar aquellos bienes inmuebles propiedad del
ESTADO NACIONAL que se encontraren en uso y/o concesionados, cuando de
su previa fiscalización resultare la falta de afectación específica,
uso indebido, subutilización o estado de innecesariedad, teniendo en
consideración las competencias, misiones y funciones de la repartición
de origen, como así también, la efectiva utilización y/u ocupación de
los mismos.
Que el inciso 20 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12, conforme la
modificación introducida por la mencionada Ley Nº 27.431, determina que
la Agencia podrá asignar, y reasignar los bienes inmuebles que integran
el patrimonio del ESTADO NACIONAL, los cuales se considerarán
concedidos en uso gratuito a la respectiva jurisdicción, la que tendrá
su administración y custodia y que tan pronto cese dicho uso deberán
volver a la jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO.
Que la situación de ocupación del inmueble se encuentra enmarcada en el
inciso 2) del artículo 37 del Decreto Reglamentario Nº 2.670/15.
Que cabe señalar que la afectación prevista se enmarca en la necesidad
de cumplir de manera eficaz y eficiente con un mejor aprovechamiento y
utilización de los bienes del ESTADO NACIONAL, administrándolos de
forma integrada con los restantes recursos públicos y contemplando su
uso racional.
Que en consecuencia, resulta procedente desafectar de la jurisdicción
del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA – DIRECCIÓN
NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y DISEÑO DE OBRA PÚBLICA, el sector del
inmueble citado y asignarlo en uso al MINISTERIO DE HACIENDA DE LA
NACIÓN - INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC).
Que dicha medida se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL
de hacer prevalecer el proceso de preservación del patrimonio
inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico del mismo,
con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la
afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación,
desarrollo y ejecución de políticas públicas.
Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 23 del Anexo
del Decreto Nº 2.670/15, establecen que la asignación y transferencia
de uso de inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL a todo organismo
integrante del Sector Público Nacional en los términos del Artículo 8º
de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control
del Sector Público Nacional y sus modificaciones, así como a
Universidades Nacionales, serán dispuestas por Resolución de la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Desaféctase de la jurisdicción del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA – DIRECCIÓN NACIONAL DE
PLANIFICACIÓN Y DISEÑO DE OBRA PÚBLICA, el sector del inmueble ubicado
en la Avenida 3 de Abril Nº 998 con entrada por la Calle Héroes Civiles
Nº 1652, Nº Adrema A10959311 (parte), de la Ciudad de CORRIENTES,
Departamento CAPITAL, Provincia de CORRIENTES, con una superficie total
aproximada de CIENTO TREINTA METROS CUADRADOS (130 M2), CIE Nº:
18-0005049-5, individualizado en el croquis que como ANEXO
IF-2018-25512762-APN-DIYRI#AABE forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2º.- Asígnase en uso al MINISTERIO DE HACIENDA DE LA NACIÓN -
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC), el inmueble
mencionado en el Artículo 1º, a fin de ser destinado a la creación de
la Delegación NEA – INDEC de dicho Instituto.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 4º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
ARTÍCULO 5º.- Notifíquese al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA, a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y DISEÑO DE OBRA
PÚBLICA, al MINISTERIO DE HACIENDA DE LA NACIÓN y al INSTITUTO NACIONAL
DE ESTADISTICA Y CENSOS (INDEC).
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Ramon Maria Lanus - Pedro Villanueva
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/07/2018 N° 51680/18 v. 18/07/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)